Resolución N° 1804/14
Nro de Expediente:
5220-011014-14
 
SECRETARIA GENERAL
Fecha de Aprobación:
12/5/2014


Tema:
PROYECTO DE DECRETO

Resumen:
Se remite a consideración de la Junta Departamental de Montevideo Proyecto de Decreto para aplicar una multa de U.R. 108 a la Sra. Graciela Marjorie Rodríguez Lango, propietaria de la obra ubicada en Av. Luis Batlle Berres 7855 por violación de paralización de obras (segunda reincidencia).-

Montevideo, 12 de Mayo de 2014.-
 
        VISTO: estas actuaciones iniciadas por el Servicio Central de Inspección General expresando que ha comprobado la ejecución de obras de construcción sin permiso en el padrón No. 43.473, ubicado en Av. Luis Batlle Berres 7855, propiedad de la Sra. Graciela Marjorie Rodríguez Lango, C.I. 1.545.886-0;
        RESULTANDO: 1o.) que por Resolución No. 173/14/1000 de 19/3/14 y su modificativa No. 265/14/1000 de 21/4/14, se aplicó una multa de U.R. 54 por infringir lo dispuesto en el Art. 24 del Decreto No. 21.626 (violación de paralización de obras);
        2o.) que por Resolución Nº 1606/14 de 5/5/14 se solicitó a la Junta Departamental de Montevideo anuencia para la aplicación de multa de U.R. 81 en carácter de primera reincidencia, Expediente Nº 5220-008645-14;
        3o.) que el Servicio Central de Inspección General informa que en inspección realizada por Orden de Servicio Nº 298685, nuevamente se constató que continúan desarrollándose actividades pese a mantenerse la paralización dispuesta, razón por la cual solicita el dictado de resolución para aplicar una multa de U.R. 108 en concepto de segunda reincidencia, de acuerdo con lo establecido en el Art. 22 del Decreto No. 21.626, promulgado el 23/4/1984;
        4o.) que la Prosecretaría General propicia el dictado de Resolución;
        CONSIDERANDO: 1o.) que de acuerdo con los términos de la Resolución No. 477/87 del 22/1/87 y la Ley Orgánica No. 9.515 del 28/10/35 en su Art. 19, numeral 30, por las multas comprendidas entre 70 U.R. y 350 U.R. corresponde, previo a su aplicación, solicitar anuencia al Deliberativo Departamental;
        2o.) que el Decreto N° 23.708, de la Junta Departamental de Montevideo, promulgado por Resolución N° 8752/87, de 28/9/87, fija en Unidades Reajustables los montos de las multas que se aplican por transgredir las ordenanzas departamentales, hasta los máximos autorizados por las disposiciones vigentes en la materia;
        LA INTENDENTA DE MONTEVIDEO
        RESUELVE:
        1.- Remitir a consideración de la Junta Departamental de Montevideo, el siguiente:
        PROYECTO DE DECRETO:
        Artículo 1o. Facúltase a la Intendencia de Montevideo para aplicar una multa de U.R. 108 (UNIDADES REAJUSTABLES CIENTO OCHO) a la Sra. Graciela Marjorie Rodríguez Lango, C.I. 1.545.886-0, propietaria de la obra ubicada en Av. Luis Batlle Berres 7855, padrón No. 43.473 por violación de paralización de obras (segunda reincidencia) de acuerdo con lo establecido en el Art. 22 del Decreto Nº 21.626, de 23 de abril de 1984.-
        Artículo 2o. Comuníquese.-
        2.- Comuníquese al Servicio Central de Inspección General y cúmplase lo dispuesto en el numeral 1o.-
PROF. MARIA SARA RIBERO, Intendenta de Montevideo (I).-
RICARDO PRATO, Secretario General.-