Resolución N° 5600/08
Nro de Expediente:
6323-001178-08
 
SECRETARIA GENERAL
Fecha de Aprobación:
22/12/2008


Tema:
PROMULGACION DE DECRETOS

Resumen:
Decreto Nº 32.763, se faculta a este Ejecutivo a aplicar una multa de 350 U.R., a la empresa URUGESTION S.R.L.-

Montevideo, 22 de Diciembre de 2008.-
 
        VISTO: el Decreto Nº 32.763 sancionado por la Junta Departamental de Montevideo el 4 de diciembre del año en curso, por el cual, de conformidad con la Resolución Nº 4977/08, de 17/11/08, se faculta a este Ejecutivo a aplicar una multa de trescientas cincuenta Unidades Reajustables (350 U.R.), a la empresa URUGESTION S.R.L., RUT 214689570018, sita en la calle Haití Nº 1500 (PTI - CERRO), dentro de los límites del Servicio Centro Comunal Zonal Nº 17, por infringir el Artículo 4º (Condiciones de las aguas efluentes vertidas al colector), del Decreto Nº 13.982 (Ordenanza sobre Disposición de Aguas Residuales Industriales) y en concordancia con el Artículo 11º (Penalidades por incumplimiento) del mencionado Decreto;
        EL INTENDENTE MUNICIPAL DE MONTEVIDEO
        RESUELVE:
        Promúlgase el Decreto Nº 32.763, sancionado el 4 de diciembre de 2008; comuníquese a la Junta Departamental de Montevideo, a la Junta Local de la Zona Nº 17, a la Asesoría Jurídica, al Equipo Técnico, Digesto y Normas Municipales, al Servicio Centro Comunal Zonal Nº 17 y pase, por su orden, al Sector Despacho -para su desglose e incorporación al Registro correspondiente- y al Departamento de Desarrollo Ambiental a sus efectos a sus efectos.-
RICARDO EHRLICH, Intendente Municipal.-
ALEJANDRO ZAVALA, Secretario General.-