Resolución N° 16/08/3000
Nro de Expediente:
3330-010960-06
 
DESCENTRALIZACION
Fecha de Aprobación:
29/2/2008


Tema:
MULTAS HUMEDADES

Resumen:
Aplicar una multa de U.R. 19,7880 a la Sra. Carolina Dotta Branco, propietaria de la finca sita en Avda. Gral. Flores No. 4141, dado que no se realizó trabajo alguno de impermeabilización en la azotea de la vivienda, a los efectos de solucionar el pasaje de humedades a la finca lindera que afectan gravemente sus condiciones de habitabilidad por dicha causa.-

Montevideo, 29 de Febrero de 2008.-
 
        VISTO: las presentes actuaciones relacionadas con la finca sita en Avda. Gral. Flores No. 4141, propiedad de la Sra. Carolina Dotta Branco, C.I. 1.462.455-1, con domicilio a los efectos legales en la calle José A. Possolo No. 4157;
        RESULTANDO: 1o.) que el Servicio Centro Comunal Zonal No. 11, en reiteradas oportunidades intimó a la titular de obrados, a reparar la impermeabilización de la azotea de la finca de que se trata, a los efectos de solucionar el pasaje de humedades a la finca lindera que afectan gravemente sus condiciones de habitabilidad por dicha causa, bajo apercibimiento que en caso de omisión se aplicaría una multa de U.R. 19,7880, según lo establece la Sección II, Artículo 3o. Numeral 12, Inciso A) del Decreto No. 21626;
        2o.) que en inspección profesional se constató que no se realizó trabajo alguno para solucionar la situación, por lo que se sugiere se aplique la multa de referencia;
        3o.) que la Dirección Profesional de este Departamento se manifiesta de conformidad;
        CONSIDERANDO: las facultades oportunamente delegadas;
        LA DIRECCION GENERAL DEL DEPARTAMENTO
        DE DESCENTRALIZACION
        RESUELVE:
        1.- Aplicar una multa de U.R. 19,7880 (Unidades Reajustables diecinueve con siete mil ochocientas ochenta diezmilésimas) a la Sra. Carolina Dotta Branco, C.I. 1.462.455-1, propietaria de la finca sita en Avda. Gral. Flores No. 4141, con domicilio a los efectos legales en la calle José A. Possolo No. 4157, por las razones mencionadas en la parte expositiva de la presente resolución.-
        2.- Intimar el cumplimiento de lo exigido como asimismo el pago de la suma adeudada dentro de un plazo de 30 (treinta) días a contar de la fecha de notificación de la presente resolución, la que deberá ser abonada en la Unidad Multas del Servicio Gestión de Contribuyentes bajo apercibimiento de que en caso de omisión se iniciará acción judicial para el cobro de la multa.-
        3.- Comuníquese a la División Región Este y pase -por su orden- al Sector Despacho de este Departamento para notificar a la infractora y librar testimonio correspondiente y al Servicio Centro Comunal Zonal No. 11.-

ARQ. NELSON TRIAS, Director General (I) del Departamento de Descentralización.-