Resolución N° 4761/08
Nro de Expediente:
4112-011567-07
 
ACONDICIONAMIENTO URBANO
Fecha de Aprobación:
3/11/2008


Tema:
VIABILIDAD DE USO

Resumen:
Admitir, con carácter temporal, la viabilidad de uso para la regularización del establecimiento destinado a supermercado de autoservicio, ubicado en los predios empadronados con los Nos. 418.752, 421.438 y 30.291 , sitos con frentes a las calles Obligado Nos. 968/70/74 y Carlos Berg Nos. 2467/71 y 2478, propiedad de Supermercados Disco del Uruguay S.A.-

Montevideo, 3 de Noviembre de 2008.-
 
        VISTO: que Supermercados Disco del Uruguay S.A., solicita regularizar el establecimiento destinado a supermercado de autoservicio, ubicado en los predios empadronados con los Nos. 418.752, 421.438 y 30.291 , sitos con frentes a las calles Obligado Nos. 968/70/74 y Carlos Berg Nos. 2467/71 y 2478;
        RESULTANDO: 1º) que se declara un área edificada autorizada de 1.056 m2, a regularizar de 206,12 m2., contando el predio con un área de 1.288,30 m2;
        2º) que conforme al área útil del establecimiento corresponde preverse 15 lugares para estacionamiento vehicular, entendiéndose que los graficados no son reglamentarios ya que no cumplen el ancho mínimo de la calle, no cuenta con lugar para discapacitados (Art. R.1864 del Volumen XV "Planeamiento de la Edificación) y no se encuentra incluido dentro del predio del establecimiento ni en el lindero (Art. D.352 del POT);
        3º) que la interesada a los efectos de cumplir con lo solicitado presenta nueva propuesta con ancho de calle de 4 m., 10 lugares (una para discapacitado) y solicita tolerancia por contar con solo 10 sitios, alegando que se trata de un supermercado de escala esencialmente barrial donde los clientes acceden a pie;
        4º) que el Servicio de Ingeniería de Tránsito entiende que se debería conceder la tolerancia solicitada, dado los argumentos planteados, destacando que las actividades de carga y descarga de mercadería se deberán efectuar en el sector interno sobre la calle Carlos Berg;
        5º) que el Servicio de Contralor de la Edificación propicia condicionar su autorización de acuerdo con lo informado a fs. 20 de estas actuaciones;
        6º) que la División Espacios Públicos, Hábitat y Edificaciones presta su conformidad;
        CONSIDERANDO: que el Departamento de Acondicionamiento Urbano entiende que, en atención a los informes favorables, puede accederse a lo solicitado;
        EL INTENDENTE MUNICIPAL DE MONTEVIDEO
        RESUELVE:
        1º.- Admitir, con carácter temporal, la viabilidad de uso para la regularización del establecimiento destinado a supermercado de autoservicio, ubicado en los predios empadronados con los Nos. 418.752, 421.438 y 30.291 , sitos con frentes a las calles Obligado Nos. 968/70/74 y Carlos Berg Nos. 2467/71 y 2478, propiedad de Supermercados Disco del Uruguay S.A. condicionado a que:
        a) todos los inconvenientes provenientes de las operaciones o procesos que se realicen dentro del predio, deberán eliminarse o limitarse al propio local;
        b) todas las operaciones de carga y descarga de mercaderías deberán efectuar en el sector interno sobre la calle Carlos Berg;
        c) se obtengan los certificados de la Dirección Nacional de Bomberos y de los Servicios de Instalaciones Mecánicas y Eléctricas y de Regulación Alimentaria;
        d) no se trabaje fuera de la jornada de labor declarada de lunes a domingos de 8:00 a 22:30 horas;
        e) deberá ajustarse a lo dispuesto por el Art. D.218 del Decreto Departamental Nº 28.242 (POT) en cuanto a los usos del suelo se refiere;
        f) la interesada dentro de un plazo de tres meses, presente la correspondiente habilitación y retire el duplicado de este trámite y
        g) se dará cumplimiento de la normativa vigente a nivel nacional (Decreto 253/79 y modificativos) y departamental (Decreto Nº 13.982 y Res. Nos. 761/96, 117/97 y 162/97).-
        2º.- Comuníquese al Departamento de Descentralización, para conocimiento de la Junta Local de la Zona Nº 5 y pase al Servicio de Contralor de la Edificación.-
RICARDO EHRLICH, Intendente Municipal.-
ALEJANDRO ZAVALA, Secretario General.-