Resolución N° 14/00/6300
Nro de Expediente:
6361-019756-98
 
DESARROLLO AMBIENTAL
Fecha de Aprobación:
14/1/2000


Tema:
MULTAS

Resumen:
Se aplica una multa de 30 U.R. a la empresa Casa Quinta sita en la calle Av. Brasil No. 2540 que gira en el ramo de avícola por incumplimiento de los Decretos 16.556 y 16018.

Montevideo, 14 de Enero de 2000.-
 
        VISTO: las presentes actuaciones relacionadas con la firma comercial CASA QUINTA S.A., con domicilio en Av. Brasil No. 2540, dentro de los límites del Servicio Centro Comunal Zonal No. 5, que gira en el ramo de avícola;
        RESULTANDO: 1o) que por Resolución No. 186/99/6300 de fecha 20 de abril de 1999, se le aplicó una multa de 30 U.R. por incumplimiento al Decreto No. 16.556 (Maquinarias y Malos Olores) de la Ordenanza Municipal vigente;
        2o) que el Servicio de Instalaciones Mecánicas y Eléctricas, con fechas 29 de noviembre, 2 y 20 de diciembre de 1999 y según consta en Actas Nos. 05692 06361 y 06363, respectivamente, realizarón inspecciones en el local de referencia, constatándose la continuidad de los ruidos y de los malos olores, procediéndose al precintaje de los equipos de ventilación sin otorgr más plazos;
        3o) que el mencionado Servicio, culmina su informe indicando que ante las irregularidades antedichas se sugiere la aplicación de la sanción correspondiente;
        CONSIDERANDO: 1o) que la Dirección del Servicio de Instalaciones Mecánicas y Eléctricas, con fecha 5 de enero de 2000, sugiere la aplicación de una multa de 30 U.R., a la firma CASA QUINTA S.A., por incumplimiento a los Decretos Nos. 16.556 (Maquinarias y Malos Olores) y

        16.081 (Ruidos Molestos), de la Ordenanza Municipal vigente;
        2o) que según Resolución No. 581/95 de fecha 20 de febrero de 1995, el Intendente Municipal de Montevideo, delegó en el Director General del Departamento de Desarrollo Ambiental, la facultad de aplicar multas hasta 55 U.R.;
        EL DIRECTOR GENERAL DEL DEPARTAMENTO
        DE DESARROLLO AMBIENTAL
        EN EJERCICIO DE FACULTADES DELEGADAS
        RESUELVE:
        1o.-Aplicar una multa de TREINTA UNIDADES REAJUSTABLES (30 U.R.), a la firma CASA QUINTA S.A., sita en Av. Brasil No. 2540, por las razones indicadas en la parte expositiva de la presente Resolución.
        2o.-Comuníquese al Departamento de Descentralización, al Servicio Centro Comunal Zonal No. 5, a la Unidad de Control de Morosos al Cobro y pase al Servicio de Instalaciones Mecánicas y Eléctricas para la notificación de la empresa infractora, a la que se le hará saber en dicho acto, que dispone de un plazo de 30 (treinta) días a partir de la notificación, para el pago de la sanción impuesta, bajo apercibimiento que en caso de incumplimiento se ejecutará el cobro mediante acción judicial.

Ing. LUIS LAZO VAZQUEZ, Director General del Departamento de Desarrollo Ambiental.-