Resolución N° 5365/09
Nro de Expediente:
4009-003672-09
 
SECRETARIA GENERAL
Fecha de Aprobación:
15/12/2009


Tema:
CONVENIO

Resumen:
Se aprueba el texto del Acuerdo Interinstitucional a suscribir con el Ministerio de Transporte y Obras Públicas, por la entrega de dos padrones en la zona de Colón, para la construcción de una Terminal de Omnibuses.-

Montevideo, 15 de Diciembre de 2009.-
 
        VISTO: el acuerdo a suscribir entre esta Intendencia Municipal y el Ministerio de Transporte y Obras Públicas, por el cual la citada Secretaría de Estado entrega en uso precario y revocable a esta Administración Municipal, parte del área de los inmuebles de su propiedad, empadronados con los Nos. 44.726 y 96.805, en la zona de Colón, para la construcción de una nueva terminal de omnibuses y la adecuación vial de la Avenida Garzón;
        RESULTANDO: 1o.) que en informe de 14/12/09, el Director de la División Tránsito y Transporte informa que la entrega de los referidos inmuebles fue convenida el 29/08/2009, como cambio de áreas entre ambos organismos, determinándose oportunamente la contrapartida que asume esta Comuna;
        2o.) que, en tal sentido, la citada División propicia el dictado de la correspondiente resolución para aprobar el texto del Acuerdo Interinstitucional, cuyo texto se adjunta a fs. 1 y 2 de obrados, a suscribir, a fin de concretar el intercambio de las áreas y disponer lo antes posible de éstas para el inicio de las obras en la zona;
        CONSIDERANDO: que procede proveer de conformidad con lo solicitado;
        EL INTENDENTE MUNICIPAL DE MONTEVIDEO
        RESUELVE:
        1.- Aprobar el texto del Acuerdo Interinstitucional a suscribir entre esta Intendencia Municipal y el Ministerio de Transporte y Obras Públicas, de acuerdo con las siguientes cláusulas:
        ACUERDO INTERINSTITUCIONAL: En la ciudad de Montevideo, el de diciembre de dos mil nueve, entre POR UNA PARTE: la Intendencia Municipal de Montevideo (IMM), representada por , asistido por , con domicilio en la Av. 18 de Julio 1360 de esta ciudad,
        y POR OTRA PARTE: el Ministerio de Transporte y Obras Públicas, (M.T.O.P.) representado en este acto por , con domicilio en Rincón 561, Piso 8, de esta ciudad, convienen que: PRIMERO: Antecedentes. I) El Ministerio de Transporte y Obras Públicas es titular de los inmuebles empadronados con los números 44.726 y 96.805, que consta de una superficie total de 7 Há. 3146 m2, 69 dm2 ubicado en el Departamento de Montevideo II) La Intendencia Municipal de Montevideo en el marco de la implementación del Sistema de Transporte de Montevideo, se dispone a iniciar las obras relacionadas con la construcción de una nueva terminal de ómnibuses y la adecuación vial de la Avenida Garzón para lo cual requiere contar con un predio con la superficie adecuada a ese destino en la zona de Colón, reuniendo los inmuebles señalados las características apropiadas a tal fin. SEGUNDO: Objeto. Por el presente convenio el Ministerio de Transporte y Obras Públicas entrega en uso precario y revocable a la Intendencia Municipal de Montevideo, quien en tal concepto recibe, parte del área de los inmuebles empadronados con los números 44.726 y 96.805, individualizada como solar 4 y con un área equivalente a 4 Há 4783 m2 y 56 dm2 de acuerdo al plano de mensura del Ingeniero Eduardo D'Alessandro de la Dirección Nacional de Topografía , del mes de abril del 2009 a efectos de habilitar la realización de las obras descriptas en la cláusula anterior. Una vez que se modifique el convenio suscrito el 29 de agosto de 2008 entre las partes, determinando la nueva contrapartida que asuma la IMM y que sea aceptada por el MTOP, los inmuebles objeto de este acuerdo se enajenarán a favor de la IMM. TERCERO: Obligaciones : La Intendencia Municipal de Montevideo se obliga a: A)



        recibir el inmueble exclusivamente para darle el destino indicado; B) asumir a su entero costo los posibles trámites de desalojo de ocupantes cualquiera fuere su título,. CUARTO: Toda responsabilidad emergente del uso de los predios de que se trata será de cargo del usuario, quien se ocupará de la vigilancia y administración del bien, quedando legitimado para la desocupación judicial o extrajudicial del mismo en caso que existieran ocupantes cualquiera fuere su título.-QUINTO: Gastos. Todos los gastos generados por el uso del bien inmueble de que se trata (consumos de agua, luz, teléfono, etc.) serán de cargo de la Intendencia Municipal de Montevideo. SEXTO : Todo lo no expresamente previsto en este convenio se regirá por los artículos 2216 a 2238 del Código Civil.- SÉPTIMO: Las partes fijan como domicilios especiales a todos los efectos legales de este Acuerdo, los declarados como suyos en la comparecencia.- OCTAVO: Este contrato se firma al amparo de lo establecido en el artículo 33 literal A) del decreto 194/1997 de 10 de junio de 1997 (TOCAF). NOVENO :Las partes acuerdan la validez de la carta con aviso de retorno, telegrama colacionado y/o fax, u otro medio idóneo que diera certeza de su realización, en los domicilios constituidos en este documento, como medio fehaciente de practicar cualquier notificación. Para constancia y en prueba de conformidad las partes otorgan y firman dos ejemplares de un mismo tenor en el lugar y fecha arriba indicados.-
        2.- Comuníquese al Ministerio de Transporte y Obras Públicas, a los Departamentos de Acondicionamiento Urbano, de Recursos Financieros, a










        la Asesoría Jurídica, a la División Tránsito y Transporte, al Servicio de Escribanía y pase al de Relaciones Públicas para la formalización del presente documento.-
RICARDO EHRLICH, Intendente Municipal.-
ALEJANDRO ZAVALA, Secretario General.-