Resolución N° 3945/99
Nro de Expediente:
4113-023081-98
 
ACONDICIONAMIENTO URBANO
Fecha de Aprobación:
18/10/1999


Tema:
PERMISOS DE CONSTRUCCION

Resumen:
Admitir condicionado obras Cno. Al Bajo de la Petisa N° 5218.-

Montevideo, 18 de Octubre de 1999.-
 
        VISTO: que por Permiso de Construcción Nº 4113-023081-98, se solicita regularizar las construcciones existentes en el predio empadronado con el Nº 42.441, sito con frente al Cno. al Bajo de la Petisa N° 5218, según gráficos del Arq. Ricardo Feijoo;
        RESULTANDO: 1º) que el Servicio de Estudios y Regulación Territorial informa que a: a) el predio se encuentra ubicado en área rural y rige para el mismo un ensanche de 30 mts. del camino que enfrenta, retiro frontal del 15 mts. y retiro lateral de 3 mts. de todas las divisorias; b) se solicita regularizar un depósito de autos que ocupa parcialmente la zona de retiro frontal con un muro de 2,5 mts. de altura perpendicular a la vía pública y c) teniendo en cuenta que dicha invasión no ocasiona molestias a linderos ni desajustes generales en el entorno puede admitirse con carácter precario y revocable;
        2°) que la Unidad de Montevideo Rural informa que: a) el predio se localiza en Suelo Suburbano o Potencialmente Urbanizable, Sector 3 - Rincón del Cerro; b) actualmente no existen normas para el suelo rural de usos mixtos; c) el área total edificada representa un F.O.S. del 5,8% por tanto no merece observaciones y d) en cuanto a la ocupación del retiro frontal propicia su autorización precaria teniendo en cuenta la declaración expresa de los interesados de no realizar reclamos de ningún tipo cuando esta Intendencia Municipal solicite adecuación a la normativa vigente;
        3°) que el Servicio de Contralor de Edificaciones no tiene otras observaciones que formular;
        4º) que la División Espacios Públicos y Edificaciones comparte lo aconsejado;
        CONSIDERANDO: que el Departamento de Acondicionamiento Urbano entiende que corresponde proceder de conformidad;
        EL INTENDENTE MUNICIPAL DE MONTEVIDEO
        RESUELVE:
        1º.- No hacer lugar a la regularización de las construcciones existentes en el predio empadronado con el Nº 42.441, sito con frente al Cno. al Bajo de la Petisa N° 5218, según gráficos del Arq. Ricardo Feijoo del Permiso de Construcción N° 4113-023081-98.-
        2º.- Tolerar su mantenimiento con carácter precario y revocable, condicionado a que se tendrá en cuenta el compromiso asumido por los interesados de no realizar reclamo alguno en caso de que esta Intendencia Municipal entienda pertinente el retiro de las construcciones que ocupan zona de retiro frontal.-
        3º.- Disponer que el Servicio de Contralor de Edificaciones deje constancia en forma destacada en los gráficos y junto al sello de aprobación del mencionado Permiso de Construcción de lo resuelto en los numerales 1º y 2º del presente acto administrativo.-
        4º.- Comuníquese a los Departamentos de Descentralización, para conocimiento de la autoridad local competente, de Recursos Financieros y pase al Servicio de Contralor de Edificaciones.-
ARQ. MARIANO ARANA, Intendente Municipal.-
DR. ALVARO RICHINO, Secretario General (I).-