Resolución N° 1582/16
Nro de Expediente:
4130-000839-16
 
SECRETARIA GENERAL
Fecha de Aprobación:
25/4/2016


Tema:
VARIOS

Resumen:
Se autoriza a la Sra. Patricia Churi representante de la empresa Beatriz Soulier el uso de la Plaza Zabala el 14 de mayo de 2016, con fechas alternativas ante adversidad meteorológica para los días 21 y 28 de dicho mes, con motivo de realizar una nueva edición del evento cultural "Ronda de Mujeres".-

Montevideo, 25 de Abril de 2016.-
 
        VISTO: la nota de 29 de marzo de 2016 de la Sra. Patricia Churi representante de la empresa Beatriz Soulier, por la cual solicita autorización para el uso de la Plaza Zabala, el 14 de mayo del corriente año, con fechas alternativas ante adversidad meteorológica para los días 21 y 28 de dicho mes, con motivo de realizar una nueva edición del evento cultural "Ronda de Mujeres";
        RESULTANDO: 1o.) que el 31 de marzo ppdo. el Servicio de Planificación, Gestión y Diseño expresa que estando en conocimiento el Servicio Central de Inspección General - Espectáculos Públicos y el Municipio B y atento al interés público y cultural de la actividad propuesta, no presenta objeciones para su autorización condicionando a:
        1. el cumplimiento de la normativa nacional e internacional en materia de igualdad, no discriminación y respeto de los derechos de todas las personas que viven en el territorio, por lo cual las actividades que se realicen en el espacio público cuyo uso se solicita, deberán ser accesibles e inclusivas para todas las personas;
        2. acatar las disposiciones departamentales vigentes en cuanto a la utilización del espacio público solicitado y dar cumplimiento a los aspectos presentados mediante los que se otorga la autorización;
        3. tomar las medidas necesarias para que no se ponga en riesgo la seguridad de las personas que intervengan en la actividad y de los allí presentes, siendo los únicos responsables de todo daño, perjuicio o accidente que se pudiera ocasionar, quedando esta Intendencia exonerada de todas responsabilidad;
        4. el espacio deberá ser devuelto una vez culminada la actividad en perfecto estado, responsabilizándose por cualquier deterioro que se produzca, tomando todas las medidas necesarias para el cuidado ambiental, instalando recipientes para residuos en cantidad y dimensiones adecuadas al evento a ser mantenidos por el propio interesado;
        5. no afectar los pavimentos existentes, elementos vegetales y todo otro equipamiento de la zona. De existir estructuras, la fijación de las mismas no podrá en ningún momento realizarse en base a perforación, pegamentos y/o roturas del pavimento y se prohíbe terminantemente hacer uso de árboles, columnas del alumbrado público u ornamentos para la colocación de amplificadores, luminarias o carteles de cualquier tipo;
        6. no se permite en ningún momento acceder con vehículos cualesquiera sea su tipo sobre las veredas y espacios verdes, ni para el montaje y retiro de las estructuras del evento si las hubiese;
        7. instalar gabinetes higiénicos químicos para ambos sexos en cantidad apropiada para el público previsto;
        8. la publicidad que se proyecte instalar deberá cumplir con la normativa vigente (Decreto Nº 33.071 y modificativos 34.623 y 34.925) debiendo ser acotada, reducida y circunscrita al área donde se realice la actividad;
        9. de utilizarse equipos de amplificación sonora, los decibeles producidos deberán ajustarse a la normativa vigente (no superar los 70db tomando como referencia una distancia máxima de 5 metros del amplificador) y ser comunicado al SIME;
        10. cumplir con las condiciones que establezcan todas las reparticiones involucradas en el estudio del evento propuesto;
        11. quince días corridos previos a la realización del evento, deberán presentar una solicitud de autorización en la División Limpieza mediante Declaración Jurada de Gestión de Residuos Sólidos No Domiciliarios;
        12. queda expresamente prohibida la venta de bebidas alcohólicas en el desarrollo de cualquier actividad llevada a cabo en un espacio público;
        13. en caso de existir manipulación de alimentos, deberá cumplir con las condiciones establecidas por parte del Servicio de Regulación Alimentaria, así como poseer carné de salud y tenerlo en el lugar al momento del evento;
        Se establece que:
        • el incumplimiento de las condiciones en que se otorga la autorización, así como las molestias que puedan provocarse hacia el vecindario y que den lugar a denuncias, motivará la inmediata suspensión de la actividad;
        • el otorgamiento de este permiso no supone apoyos materiales específicos, ni la exoneración de las obligaciones legales y reglamentarias de cualquier naturaleza;
        • en caso de entenderse por esta Intendencia que otra actividad iniciada con posterioridad a la presente deba realizarse en el espacio solicitado, los organizadores se comprometerán a coordinar para convivir en el espacio o cancelar la actividad, tras previo aviso por parte de esta dependencia;
        • el contralor de los aspectos indicados o los que dieran lugar a la autorización, serán llevados a cabo por la Coordinación Operativa de la División Espacios Públicos y Edificaciones;
        2o.) que en informes de 31 de marzo y 7 de abril de 2016 la División Espacios Públicos y Edificaciones expresa que atento al informe del precitado Servicio que luce de fs. 10 a 12 de las presentes actuaciones, no encuentra objeciones que formular a que se autorice el uso de la Plaza Zabala por parte de la empresa Beatriz Coulier representada por la Sra. Patricia Churi, el día 14 de mayo del corriente año, con alternativas ante adversidad meteorológica para los días 21 y 28 de dicho mes, previendo una ocupación del espacio entre las 7:00 y las 23:00 horas (desarrollándose la propuesta entre las 12:00 y las 19 horas) y requiriendo el apoyo de esta Intendencia para la limpieza del espacio así como el préstamo de contenedores para residuos, esta dependencia toma conocimiento sin presentar observaciones;
        3o.) que el 11 de abril de 2016 el Departamento de Acondicionamiento Urbano de conformidad remite las actuaciones para su consideración;
        CONSIDERANDO: que procede proveer de acuerdo a lo solicitado;
        EL INTENDENTE DE MONTEVIDEO
        RESUELVE:
        1.- Autorizar a la Sra. Patricia Churi representante de la empresa Beatriz Soulier el uso de la Plaza Zabala el 14 de mayo de 2016, con fechas alternativas ante adversidad meteorológica para los días 21 y 28 de dicho mes, con motivo de realizar una nueva edición del evento cultural "Ronda de Mujeres".-
        2.- Establecer que el interesado deberá cumplir con las normas vigentes en cuanto a la utilización del espacio público solicitado, de acuerdo al informe que se indica en el Resultando 1o., del Servicio de Planificación, Gestión y Diseño.-
        3.- Comuníquese a la Jefatura de Policía de Montevideo, al Municipio B, al Departamento de Acondicionamiento Urbano, a las Divisiones Espacios Públicos y Edificaciones, Tránsito, Transporte, al Servicio Centro Comunal Zonal Nº 1, Central de Inspección General y pase al Servicio de Planificación, Gestión y Diseño para notificar al interesado y demás efectos.-
ING. DANIEL MARTINEZ, Intendente de Montevideo.-
FERNANDO NOPITSCH, Secretario General.-