Resolución N° 1156/12
Nro de Expediente:
3180-000081-12
 
DESARROLLO SOCIAL
Fecha de Aprobación:
19/3/2012


Tema:
DONACIÓN MODAL

Resumen:
Se aprueba el texto del contrato de donación modal a suscribirse con el Centro Interdisciplinario de Estudios sobre Desarrollo-Uruguay (CIEDUR), para continuar con el Programa Barrido Otoñal.-

Montevideo, 19 de Marzo de 2012.-
 
        VISTO: estas actuaciones tendientes a lograr un acuerdo promoviendo una donación modal a favor de la Asociación Civil "Centro Interdisciplinario de Estudios sobre Desarrollo Uruguay" por la suma de $ 5:009.106,oo;
        RESULTANDO: 1o.) que a través de dicho instrumento se persigue la continuación del Programa "Barrido Otoñal" que se lleva adelante desde el año 2002 y por el cual se brinda una experiencia socio-laboral alternativa, de carácter transitorio, a mujeres jefas de familia en situación de pobreza, que promueva el desarrollo de sus condiciones personales y sociales, la inclusión en el mercado laboral y/o la promoción de emprendimientos para la generación de ingresos propios;
        2o.) que se efectuó la solicitud SEFI No. 144269, por la suma de $ 2:046.922,oo;
        CONSIDERANDO: 1o.) que la Asociación referida fue oportunamente seleccionada por la Comisión Asesora que actuó en el llamado abierto convocado a esos efectos en el mes de noviembre de 2011;
        2o.) que la División Asesoría Jurídica realizó modificaciones al texto originalmente propuesto y que son recogidas en el presente;
        3o.) que a los efectos de dotar de mayor agilidad al sistema asegurando su ejercicio eficiente se entiende conveniente hacer uso del mecanismo previsto en el art. 280o. de la Constitución de la República;
        4o.) que la División Políticas Sociales se expresa de conformidad y la Dirección General del Departamento de Desarrollo Social estima oportuno y conveniente el dictado de Resolución que apruebe el texto del acuerdo a firmarse con la referida Asociación;
        LA INTENDENTA DE MONTEVIDEO
        RESUELVE:
        1.-Aprobar la realización de un contrato de donación modal con la Asociación Civil Centro Interdisciplinario de Estudios sobre Desarrollo-Uruguay, que se regirá por los siguientes términos: DONACIÓN MODAL: En la ciudad de Montevideo, el ................ del año dos mil doce comparecen: POR UNA PARTE: La Intendencia de Montevideo, en adelante, la IdeM, representada en este acto por ......................................, en su calidad de ............................., RUT 211763350018, con domicilio en esta ciudad en Av. 18 de Julio No. 1360, y POR OTRA PARTE: El Centro Interdisciplinario de Estudios sobre Desarrollo-Uruguay (CIEDUR), (en adelante, la Institución), representada por ................., C.I. ....... , en su calidad de .................................., RUT No. ........................... constituyendo domicilio en ................. quienes acuerdan lo siguiente: PRIMERO: ANTECEDENTES: I.- La presente donación se enmarca en las políticas sociales que la IdeM desarrolla, con el objetivo de colaborar con aquellos sectores que presentan dificultades para su inclusión social e inserción laboral. Dicha política brinda una experiencia socio-laboral alternativa, de carácter transitorio, dirigida a mujeres jefas de familia en condiciones de pobreza. II.- La Institución es una asociación no gubernamental, sin fines de lucro, que tiene como objetivo contribuir a la construcción de alternativas para el desarrollo, promueve la participación responsable -en igualdad de oportunidades- del conjunto de los sujetos sociales, en la adquisición de los conocimientos y en el ejercicio de la práctica social. III.- Por el llamado público realizado en noviembre de 2011 por la Secretaría de la Mujer de la División Políticas Sociales a Organizaciones No Gubernamentales interesadas en la suscripción de convenios con la IdeM para realizar tareas de barrido en centros comerciales y principales avenidas de Montevideo, las que consistirán en barrido de cordones, veredas, entorno de los árboles y limpieza de papeleras en diferentes zonas de la ciudad, la Institución resultó seleccionada para la realización de estas tareas en la Zona 2 que comprende parte de las zonas de los Municipios C y CH, con el objetivo primordial de potenciar el crecimiento individual y colectivo de las mujeres jefas de hogar en condiciones de pobreza a través del trabajo realizado por esta modalidad de convenios educativo-laborales, propendiendo de este modo a promover el desarrollo de las condiciones personales y sociales de la población objetivo, su inclusión en el mercado laboral y/o a la promoción de emprendimientos para la generación de ingresos propios.- SEGUNDO: OBJETO: La IdeM dona a la Institución, la suma de $ 5:009.106,oo (pesos uruguayos cinco millones nueve mil ciento seis), que se entregará de la siguiente forma: a) una partida inicial de $ 2:046.922,oo (pesos uruguayos dos millones cuarenta y seis mil novecientos veintidós) la que se hará efectiva a la firma del presente y que comprenderá una partida única correspondiente al pago de uniformes y materiales por un monto de $ 565.830,oo (pesos uruguayos quinientos sesenta y cinco mil ochocientos treinta) y el pago de la primera cuota de $ 1:481.092,oo (pesos uruguayos un millón cuatrocientos ochenta y un mil noventa y dos); y b) dos partidas iguales de 1:481.092,oo (pesos uruguayos un millón cuatrocientos ochenta y un mil noventa y dos), que se pagarán la primera en el mes de agosto y la segunda en diciembre de 2012. Las sumas donadas se ajustarán semestralmente por el IPC del período excepto en lo que corresponde a la coordinación y supervisión que se ajustará por el Consejo de Salarios. TERCERO: MODO.- A efectos de dar cumplimiento a los fines perseguidos por la presente donación, detallados en la cláusula PRIMERO, la IdeM impone a la Institución el cumplimiento del siguiente modo: I) Contratar por diez meses a treinta mujeres jefas de hogar, desempleadas y en condiciones de pobreza con familiares a su cargo (hijas/os, adultos mayores, discapacitados) para el barrido de cordones, veredas, entorno de los árboles y limpieza de papeleras, así como a tres supervisoras y una coordinadora para el barrido de la Avda. San Martín desde Avda. Agraciada hasta Regimiento Nueve, Avda. Agraciada desde la Avda. Gral. Flores hasta el Viaducto; Avda. Rivera entre Bvar. Gral. Artigas y Presidente Oribe, Gabriel Pereira entre Avda. Rivera y la calle Juan Benito Blanco, Avda. Luis Alberto de Herrera entre las calles Demóstenes y Echeverriarza, debiendo la Institución comunicar a la IdeM el nombre de las personas contratadas para llevar a cabo las tareas mencionadas. II) Asegurar la presencia diaria del total de las mujeres, por el período que va desde el 1º de mayo de 2012 hasta el 28 de febrero de 2013 inclusive, y expresarlo en los contratos a término pertinentes. III) Hacerse cargo de la gestión de las tareas, incluida la compra de insumos, herramientas, de la vestimenta, así como la contratación de vehículos correspondientes para la carga, tareas y supervisión. IV) Realizar el seguimiento de la totalidad del proceso educacional, según lo expresado en el proyecto de propuesta educativa presentada y en cumplimiento de las pautas señaladas en el pliego de condiciones del presente llamado, que se consideran ambos parte integrante del presente contrato. V) Promover actividades de recreación y de esparcimiento acompañando en el uso del tiempo libre a las mujeres como parte del proceso educativo. VI) Llevar los registros contables y presentar rendición de cuentas a la IdeM respecto de las partidas vertidas con suficiente antelación a la entrega de cada partida sucesiva; las mismas deberán ser rendidas mediante certificado contable con informe de revisión limitada de los gastos efectuados conforme al texto aprobado por resolución No. 5375/08 de la IdeM. Las rendiciones deberán estas provistas de la documentación correspondiente que deje constancia del cumplimiento con los diferentes aportes a los organismos públicos y demás obligaciones legales que correspondan, con detalle de la utilización del dinero donado de acuerdo con los destinos previstos por esta donación, en la forma y condiciones que determine la Unidad Central de Auditoría Interna de la IdeM. VII) Exhibir los siguientes documentos: A) Declaración nominada de historia laboral (artículo 87 de la Ley Nº 16.713 de 3 de setiembre de 1995) y recibo de pago cotizaciones al organismo previsional. La historia laboral se excusará en relación a las mujeres beneficiarias ya que se trata de una primera experiencia laboral formal. B) Certificado que acredite situación regular de pago de las contribuciones a la seguridad social a la entidad previsional que corresponda (artículo 663 de la Ley Nº 16.170 de 28 de setiembre de 1990). C) Constancia del Banco de Seguros del Estado que acredite la existencia del seguro de accidentes de trabajo y enfermedades profesionales. D) Planilla de Control de Trabajo, recibo de haberes salariales y en su caso, convenio colectivo aplicable. E) Datos personales de los participantes comprendidos en la ejecución del modo impuesto por la IdeM. VIII) Presentar informe de evaluación a los dos meses del inicio de las actividades y uno al finalizar las mismas a la Secretaría de la Mujer de la IdeM. IX) Cumplir con la propuesta educativa presentada por la Institución, así como con lo previsto a su respecto en las bases del llamado (que se consideran parte integrante de este contrato) en el capítulo de Información Requerida, Punto 2 "Propuesta Pedagógica" y con la agenda pedagógica ofrecida, enviando calendario de la misma. X) Asistir a las reuniones a que es convocada por la Secretaría de la Mujer. CUARTO: ACEPTACIÓN Y PLAZO: La Institución acepta la donación y se obliga a cumplir puntualmente el modo establecido en la cláusula anterior a partir del 1º de abril de 2012 y hasta el 31 de marzo de 2013. El presente contrato podrá ser renovado por única vez por un plazo igual si existiera al efecto informe favorable por parte del equipo técnico de la Secretaría de la Mujer acerca del cumplimiento del modo por parte de la Institución, se tendrá presente al respecto que para la eventual renovación deberán seleccionarse nuevamente las mujeres beneficiarias, las que no podrán ser las del primer período del contrato a efectos de brindarle esta oportunidad a mayor número de participantes.- QUINTO: CONTRALOR DEL CUMPLIMIENTO DEL MODO: La IdeM controlará: I) el cumplimiento de la ejecución del modo, seguimiento y evaluación del proceso educativo por parte del Equipo Técnico de la Secretaría de la Mujer, que coordinará instancias conjuntas con la Institución y realizará informes periódicos. La evaluación de la tarea de barrido la realizará el Servicio Centro Comunal Zonal y la División Limpieza dependiente del Departamento de Desarrollo Ambiental de la IdeM, realizará controles periódicos a esos efectos; II) que las rendiciones de cuentas sean presentadas de acuerdo a lo estipulado en numeral VI) de la cláusula tercera; III) que la Institución cumpla con toda la legislación nacional vigente en lo que tiene que ver con la relación que ella trabe con los individuos seleccionados para realizar la experiencia de reinserción educativo-laboral, por lo cual la constatación de su incumplimiento en cualquier aspecto habilita a la IdeM a la inmediata rescisión del contrato; y IV) que la Institución exhiba la documentación referida en el numeral VII de la cláusula tercera.- SEXTO: RESPONSABILIDAD DE LA INSTITUCIÓN: La Institución asume la totalidad de las responsabilidades emergentes de la relación trabada entre ella y las beneficiarias del programa, así como las obligaciones que por la misma pudieran generarse con otros organismos estatales, respecto de las cuales la IdeM es por completo ajena. Asimismo la Institución indemnizará en caso de daños materiales ó personales causados a funcionarios departamentales o a terceros, cuando se constatare la responsabilidad de las participantes del programa, por acción, omisión o negligencia en el desempeño de las tareas desarrolladas en cumplimiento del modo.- SÉPTIMO: MORA AUTOMÁTICA: La mora se producirá de pleno derecho, sin necesidad de acto judicial ó extrajudicial alguno, por el solo vencimiento de los términos establecidos, así como por la realización u omisión de cualquier acto ó hecho que se traduzca en hacer o no hacer algo contrario a lo estipulado.- OCTAVO: RESCISIÓN: El incumplimiento de todas o cualesquiera de las obligaciones a cargo de la Institución dará lugar al inicio, previa constatación del mismo, de los trámites tendientes a la rescisión de esta donación por parte de la IdeM, quedando ésta facultada a suspender en forma inmediata el pago de las sumas previstas en la cláusula SEGUNDO del presente contrato. Se considerará que la Institución ha incurrido en incumplimiento que amerite la rescisión, cuando notificada por escrito de la constatación del mismo, dentro del plazo de 10 (diez) días siguientes no lo rectificara a satisfacción de la IdeM, salvo que la conducta verificada implique una acción u omisión no susceptible de rectificación. Serán de aplicación las normas que regulan la sustanciación del procedimiento administrativo en la IdeM, que la Institución declara conocer y aceptar.- NOVENO: INDIVISIBILIDAD: Las partes acuerdan la indivisibilidad del objeto de las obligaciones contraídas en el presente contrato hasta la total extinción de las mismas.- DOMICILIOS ESPECIALES: Las partes constituyen domicilios especiales a todos los efectos de este contrato, en los indicados como respectivamente suyos en la comparecencia.- DÉCIMO: COMUNICACIONES: Cualquier notificación ó intimación que deban realizarse las partes, se tendrá por válidamente efectuada si es hecha a los domicilios constituidos en este documento, por medio de telegrama colacionado o cualquier otro medio que diera certeza de su realización.- DÉCIMO PRIMERA: REPRESENTACIÓN: La Institución acredita la representación invocada según certificado notarial expedido el día .......... por la/el Escribana/o exhibido en este acto. En prueba de conformidad, se firman tres ejemplares del mismo tenor en el lugar y fecha indicados en el acápite.-
        2.- Delegar en la Dirección General del Departamento de Desarrollo Social la facultad de firmar la donación modal que por el numeral anterior se aprueba.-
        3.- Establecer que la erogación resultante se atienda con cargo a la solicitud SEFI No. 144269.-
        4.- Comuníquese a los Departamentos de Gestión Humana y Recursos Materiales, de Desarrollo Ambiental y de Recursos Financieros, a las Divisiones Limpieza, Información y Comunicación, Políticas Sociales, Asesoría Jurídica y Asesoría de Desarrollo Municipal y Participación, a los Municipios C y CH, a la Unidad Central de Auditoría Interna, a los Servicios de Escribanía y Unidad Central de Presupuesto, a la Secretaría de la Mujer y pase a la Contaduría General.-
ANA OLIVERA, Intendenta de Montevideo.-
RICARDO PRATO, Secretario General.-