VISTO: la gestión presentada por el ex-permisario de los Juegos del Parque Rodó: Tiro Fotográfico; Video Juego y Shooting, Sr. José Alejandro Maglieri, C.I. Nº 3.415.611-2;
RESULTANDO: 1o.) que por Resolución Nº 3118/06, de 21 de agosto de 2006, se revocaron los permisos de las mencionadas atracciones, estableciéndose en el numeral 2º de la misma que las sumas adeudadas por el Sr. Maglieri se devengarían de la garantía de fiel cumplimiento de sus obligaciones y el saldo se gestionaría ante el Servicio Gestión de Contribuyentes;
2o.) que con fecha 25 de febrero de 2009 y luego de varias negociaciones entre el deudor y la Administración, el Sr. Maglieri presenta una fórmula de pago, ajustada a sus reales posibilidades de cumplimiento, tomando para el calculo las tarifas de "Baja Temporada";
CONSIDERANDO: 1o.) que estudiada la propuesta por la División Promoción Económica, y tomando en cuenta los elementos de juicio aportados por el deudor (recibos de UTE donde se destaca el no uso de energía eléctrica en el local necesaria para el normal funcionamiento de las máquinas, falta de certeza en el monto de la deuda, por no liquidarse conforme a la temporada baja correspondiente de acuerdo a las resoluciones dictadas, etc.) entiende razonable y dentro de la normativa vigente, aceptar la oferta del ex-permisario;
2o.) que en mérito a ello y según el cálculo realizado por la Unidad Gestión Comercial, en función de lo recomendado por la Defensoría del Vecino, de fecha 22/09/2008, le correspondería abonar: la suma de U.R 278, por deuda, más U.R. 129, por deuda anterior de su fallecido padre, menos U.R. 84 del depósito de garantía, con lo cual quedaría un saldo a eximir de U.R. 45;
3o.) que consultado el Abogado Asesor del Departamento de Desarrollo Económico e Integración Regional manifiesta que la situación está claramente amparada desde el punto de vista legal y coincide con la concertación de la Defensoría del Vecino;
4o.) que por lo expuesto la Dirección General del aludido Departamento eleva actuaciones solicitando el dictado de resolución en el sentido indicado;
EL INTENDENTE MUNICIPAL DE MONTEVIDEO
RESUELVE:
1.- Aceptar la cifra ofertada de U.R. 278 (Unidades Reajustables doscientos setenta y ocho) calculada la misma en base a las tarifas de "Temporada Baja" como cancelación de la deuda mantenida por el Sr. Alejandro Maglieri, C.I. Nº 3.415.611-2, por los permisos de funcionamiento de las atracciones mecánicas Tiro Fotográfico; Video Juego y Shooting, de las que era permisario en la zona de juegos del Parque Rodó.
2.- A la suma referida de U.R. 278 (Unidades Reajustables doscientos setenta y ocho) corresponde agregar U.R. 129 (Unidades Reajustables ciento veintinueve) provenientes de la deuda anterior originada por el padre del ex-permisario.
3.- De la suma expuesta precedentemente deberá disminuirse U.R. 84 (Unidades Reajustables ochenta y cuatro) provenientes del depósito de garantía.
4.- En definitiva y como resultado del cálculo previamente expuesto, corresponde eximir al Sr. Alejandro Maglieri de la suma de U.R. 45 (Unidades Reajustables cuarenta y cinco) del total de la suma adeudada.
5.- Establécese que el pago de la deuda pendiente disminuido por la exoneración dispuesta precedentemente deberá hacerse efectivo en su totalidad al contado. De no concretarse el pago en la forma estipulada deberá darse curso a las acciones judiciales correspondientes.
6.- Comuníquese a la Secretaría General para conocimiento de la Defensoría del Vecino; al Departamento de Recursos Financieros; a la División Promoción Económica; al Servicio Central de Inspección General para su notificación y pase a la Unidad Gestión Comercial.