Resolución N° 5345/06
Nro de Expediente:
4001-001766-06
 
SECRETARIA GENERAL
Fecha de Aprobación:
18/12/2006


Tema:
REITERACIONES DE GASTOS

Resumen:
Se reitera el gasto de la suma de U.R. 1.484,44 por la expropiación parcial del inmueble empadronado con el No. 50.213, con destino al ensanche del Br. José Batlle y Ordóñez en el tramo comprendido entre las Avdas. Gral. Eugenio Garzón y el Camino Lecocq.-

Montevideo, 18 de Diciembre de 2006.-
 
        VISTO: estas actuaciones relacionadas con la expropiación parcial del inmueble empadronado con el No. 50.213, con destino al ensanche del Br. José Batlle y Ordóñez, en el tramo comprendido entre las Avdas. Gral. Eugenio Garzón y el Camino Lecocq;
        RESULTANDO: que el 5/12/06, la Contadora Delegada del Tribunal de Cuentas de la República, observó el gasto de U.R. 1.484,44, por haberse imputado en contravención de lo dispuesto en el artículo 15o. del T.O.C.A.F. (Sol. 94612);
        CONSIDERANDO: lo previsto en los artículos 211, inciso B) de la Constitución de la República y 97o. del Texto Ordenado de la Ley de Contabilidad y Administración Financiera del Estado;
        EL INTENDENTE MUNICIPAL DE MONTEVIDEO
        RESUELVE:
        1. Reiterar el gasto de la suma de U.R. 1.484,44 (UNIDADES REAJUSTABLES MIL CUATROCIENTOS OCHENTA Y CUATRO CON CUARENTA Y CUATRO DIEZMILÉSIMAS), por la expropiación parcial del inmueble empadronado con el No. 50.213, con destino al ensanche del Br. José Batlle y Ordóñez, en el tramo comprendido entre las Avdas. Gral. Eugenio Garzón y el Camino Lecocq.-
        2. La imputación realizada para atender el gasto de que se trata fue autorizada por la Unidad Central de Presupuesto, habiéndose adoptado las medidas necesarias para mantener el equilibrio presupuestal, en virtud de lo cual se dispone la reiteración del gasto.-
        3. Comuníquese al Tribunal de Cuentas de la República, al Departamento de Recursos Financieros y pase a la Contaduría General.-
RICARDO EHRLICH, Intendente Municipal.-
ARQ. HERBERT ICHUSTI, Secretario General.-