Resolución N° 594/02
Nro de Expediente:
3000-007339-01
 
JURIDICO
Fecha de Aprobación:
18/2/2002


Tema:
RECURSOS

Resumen:
No se hace lugar al recurso de reposición interpuesto por la Sra. Vicenta Cruppi, contra la Resolución Nº 1337/01/3000 de fecha 23 de noviembre de 2001.-

Montevideo, 18 de Febrero de 2002.-
 
        VISTO: el recurso de reposición, interpuesto por la Sra. Vicenta Cruppi, C.I. Nº 1.088.094-5, contra la Resolución Nº 1337/01/3000 de fecha 23 de noviembre de 2001, dictada por la Dirección General del Departamento de Descentralización, en ejercicio de facultades delegadas;
        RESULTANDO: 1o.) que por la misma se dispuso aplicar a la recurrente una multa de U.R. 16,3569 (Unidades Reajustables dieciséis con tres mil quinientas sesenta y nueve diezmilésimas), por infringir lo dispuesto en el Art. D. 1899 del Volumen VI "De la Higiene y Asistencia Social" del Digesto Municipal, dado que no dio cumplimiento a las intimaciones efectuadas con el fin de que procediera en forma inmediata al suministro de agua potable a la vivienda ubicada en el fondo de la finca de su propiedad, sita en la calle Pablo Pérez Nº 4334;
        2o.) que la compareciente interpone su recurrencia expresando que la vivienda de que se trata es ocupada por una persona que no paga el alquiler, desde hace aproximadamente un año, ni el suministro de agua corriente, encontrándose en el momento en etapa de lanzamiento, dado su carácter de mala pagadora;
        3o.) que por lo expuesto solicita se deje sin efecto la multa impuesta;
        CONSIDERANDO: 1o.) que en informe de fecha 4 de enero de 2002, se expresa que la peticionante no prueba haber iniciado el desalojo por mal pagador que menciona en su escrito;
        2o.) que según la descripción del inmueble mencionado en las presentes actuaciones, el mismo no reúne las condiciones para ser arrendado con destino a casa habitación, de conformidad con la reglamentación vigente en la materia;
        3o.) que en consecuencia, el Departamento Jurídico estima procedente confirmar la resolución recurrida;
        EL INTENDENTE MUNICIPAL DE MONTEVIDEO
        RESUELVE:
        1º.- No hacer lugar al recurso de reposición interpuesto por la Sra. Vicenta Cruppi, C.I. Nº 1.088.094-5, contra la Resolución Nº 1337/01/3000 de fecha 23 de noviembre de 2001, dictada por la Dirección General del Departamento de Descentralización, en ejercicio de facultades delegadas.-
        2º.- El Departamento de Descentralización remitirá testimonio de la referida resolución, con la constancia de que se trata de un acto administrativo firme, al Departamento de Recursos Financieros, para gestionar el cobro ejecutivo de la multa impuesta.-
        3º.- Pase, por su orden, al Servicio Central de Inspección General, para la notificación correspondiente y al Departamento de Descentralización, a los fines previstos en el numeral anterior.-
ARQ. MARIANO ARANA, Intendente Municipal.-
DRA. MARIA JULIA MUÑOZ, Secretaria General.-