Resolución N° 3679/13
Nro de Expediente:
4001-004448-11
 
ACONDICIONAMIENTO URBANO
Fecha de Aprobación:
19/8/2013


Tema:
CUIDADO DE PREDIO

Resumen:
Se concede con carácter precario y revocable el cuidado del Lote Nº 2, predio de propiedad de esta Intendencia empadronado con el Nº 426.830, al Instituto Gerardo Cuesta - León Duarte del PIT-CNT, hasta tanto no sea adjudicado para la construcción de viviendas.-

Montevideo, 19 de Agosto de 2013.-
 
        VISTO: estos obrados relacionados con el predio propiedad de esta Intendencia empadronado con el Nº 50.549, perteneciente a la Cartera de Tierras para Vivienda, ubicado en la calle Islas Canarias entre las de Yugoeslavia y Héctor Vigil, según plano de Mensura - Fraccionamiento inscripto en la Dirección Nacional de Catastro con el Nº 45.869;
        RESULTANDO: 1º) que la Cooperativa de Vivienda COVITRA - PVS ha solicitado el Lote Nº 2 del padrón matriz, predio empadronado con el Nº 426.830, en el marco del Programa de Vivienda Sindical del PIT-CNT;
        2º) que el Servicio de Tierras y Viviendas informa que: a) esta Intendencia adquirió el predio por compraventa el 7/VI/12, según escritura del Esc. Miguel Sturla; b) por nota del 4/I/13 el PIT-CNT ha designado a la referida cooperativa para la adjudicación del mencionado predio; c) COVITRA - PVS ha presentado la documentación actualizada que acredita la vigencia de la personería jurídica y el contrato de asistencia técnica, resumen del padrón socio-económico, que le confiere calidad de beneficiaria de la Cartera de Tierras y d) previo a su adjudicación y al amparo del convenio suscrito con el Instituto Gerardo Cuesta - León Duarte del PIT-CNT, propicia conceder el cuidado del referido bien inmueble;
        3º) que la División Tierras y Hábitat comparte el criterio sustentado por el Servicio competente;
        CONSIDERANDO: que el Departamento de Acondicionamiento Urbano entiende que corresponde conceder el cuidado con carácter precario y revocable;
        LA INTENDENTA DE MONTEVIDEO
        RESUELVE:
        1º.- Conceder, con carácter precario y revocable, el cuidado del predio de propiedad de esta Intendencia empadronado con el Nº 426.830, al Instituto Gerardo Cuesta - León Duarte del PIT-CNT hasta tanto no sea adjudicado para la construcción de viviendas.-
        2º.- Establecer que el referido Instituto deberá hacerse responsable de mantener el predio en perfecto estado de higiene y libre de intrusos.-
        3º.- Comuníquese a la Secretaría General, para su transcripción a la Jefatura de Policía de Montevideo, al Municipio G y pase al Servicio de Tierras y Viviendas.-
ANA OLIVERA, Intendenta de Montevideo.-
RICARDO PRATO, Secretario General.-