Resolución N° 73/06/5400
Nro de Expediente:
1001-016045-06
 
ASESORIA JURIDICA
Fecha de Aprobación:
11/7/2006


Tema:
CESION DE CREDITOS

Resumen:
Se aprueba la cesión de Derechos de Crédito de "ROOFING S.R.LL.", a favor de "BANCO SANTANDER S.A.", por la totalidad del crédito emergente de la orden de compra en la Licitación Abreviada 168689/1, por la suma de $ 513.945

Montevideo, 11 de Julio de 2006.-
 
          VISTO: las presentes actuaciones relacionadas con la empresa "ROOFING S.R.L.", RUC No. 21.516212.0010;
          RESULTANDO: que se comunica que la precitada firma otorgó Cesión de Crédito por la totalidad del crédito emergente de la orden de compra en la Licitación Abreviada 168689/1, por la suma de $ 513.945 (pesos uruguayos quinientos trece mil novecientos cuarenta y cinco), a "BANCO SANTANDER S.A.", según documento de Cesión de Crédito suscrito el 15 de junio del presente año, con firmas certificadas;
          CONSIDERANDO: 1o.) que de fs. 44 a 45, la Asesoría Jurídica informa que en la especie se han cumplido con los requisitos exigidos por el Numeral 37 del artículo R.991 del Volumen VIII del Digesto Municipal, y la Resolución No. 1916/94, por lo que aconseja el dictado de resolución aceptando la cesión de referencia, y comunicar la misma a la Contaduría General, para que las facturas cedidas sean pagadas al cesionario "BANCO SANTANDER S.A.";
          2o.) las facultades delegadas por Resolución No. 109/05/1000, de 15 de julio de 2005, del Sr. Secretario General;
          LA DIRECTORA (I) DE LA ASESORIA JURIDICA
          EN EJERCICIO DE FACULTADES DELEGADAS
          RESUELVE:
          1.- Aprobar la cesión de Derechos de Crédito de "ROOFING S.R.L", RUC No. 21.516212.0010, a favor de "BANCO SANTANDER S.A.", por la totalidad del crédito emergente de la orden de compra en la Licitación Abreviada 168689/1, por la suma de $ 513.945 (pesos uruguayos quinientos trece mil novecientos cuarenta y cinco), de acuerdo a lo dispuesto en el artículo R.991, Numeral 37, del Volumen VIII del Digesto Municipal.-
          2.- La aprobación de la presente cesión no importa reconocimiento de la existencia del crédito cedido, sino que en caso de corresponder su pago, el mismo se verificará al cesionario, pudiéndose tener presente la forma de pago convenida por las partes en la Cláusula Séptima, Numeral 4) del documento de Cesión de Crédito, de fecha 15 de junio del presente año "en la cuenta Caja de Ahorro-Servicios Centrales-Banco Santander cuenta en dólares 101940 y/o cuenta en moneda nacional 101980", no siendo ello preceptivo.-
          3.- Comuníquese al Departamento de Recursos Financieros, y pase, por su orden, al Servicio Central de Inspección General, -para notificación de los interesados-, y a la Contaduría General, a sus efectos.-

DRA. CESIRA LANZANI, Directora (I) de la Asesoría Jurídica.-