Resolución N° 559/02
Nro de Expediente:
0001-012970-00
 
ACONDICIONAMIENTO URBANO
Fecha de Aprobación:
18/2/2002


Tema:
CONVENIO-CONTRATO

Resumen:
Convenio IMM-Sociedad Francesa de Enseñanza, ordenamiento circulatorio y acondicionamiento entorno, Liceo Francés Sede Buceo.-

Montevideo, 18 de Febrero de 2002.-
 
        VISTO: las obras realizadas por la Sociedad Francesa de Enseñanza, en el predio empadronado con el Nº 418.303, que conforma la manzana comprendida por las calles Benigno Paiva, Miguel Grau, Gral. Roberto Riverós y rambla Armenia;
        RESULTANDO: 1º) que del estudio realizado por el Servicio de Ingeniería de Tránsito surge la necesidad de realizar un ordenamiento circulatorio de modo de mitigar el impacto que genera el centro de estudios en el tránsito vehicular;
        2º) que la referida sociedad deberá tomar a su cargo la construcción de las obras civiles necesarias (instalación de semáforos, dársena de giro etc.);
        3º) que dado la urgencia de las obras a realizar, con motivo del inicio de las clases, se realizaron las mismas unas por parte de la Intendencia y otras por parte del Instituto;
        4º) que en tal sentido se promueve la suscripción de un Acta, conforme al proyecto que luce de fs. 61 a fs. 63 de estas actuaciones, el cual cuenta con la conformidad de la contraparte;
        CONSIDERANDO: que el Departamento de Acondicionamiento Urbano entiende que la propuesta presentada contempla adecuadamente los objetivos de esta Administración, de posibilitar la concreción de obras mediante el apoyo privado, por lo que corresponde la


        aprobación del Acta de referencia;
        EL INTENDENTE MUNICIPAL DE MONTEVIDEO
        RESUELVE:
        1º.- Aprobar el siguiente texto del Acta de Mitigación de Impacto:
        PROYECTO DE CONVENIO
        ACTA.- En la ciudad de Montevideo a los ............ días del mes de ................. de ......................., comparece La Sociedad Francesa de Enseñanza, con domicilio en ........, representada por ...................: PRIMERO: ANTECEDENTES.- I) La Sociedad Francesa de Enseñanza es propietaria del predio empadronado con el Nº 418.303, que conforma la manzana comprendida por las calles Benigno Paiva, Miguel Grau, Gral. Roberto Riverós y Rambla Armenia. II) La referida Institución solicitó Permiso de Construcción, según expediente Nº 4113-008185-00. III) Por Resolución Nº 1.562/00 (Expediente Nº 4102-002602-00) se autorizó la iniciación anticipada de las obras. IV) El Servicio de Ingeniería de Tránsito analizó el "Estudio de Impacto de Tránsito", presentado por el Arq. Miguel Canale, que se gestiona en el expediente Nº 0001-012970-00, donde surge la necesidad de realizar las siguientes medidas para mitigar el impacto en el tránsito vehicular de la rambla y el barrio, así como mejorar las condiciones de seguridad para peatones, en particular los alumnos: a) colocar un semáforo peatonal sincronizado, en Rambla Armenia próximo a Benigno Paiva; b) eliminación de la apertura del cantero central de la rambla frente a la calle Gral. Roberto Riverós, para evitar el giro a la izquierda; c) colocar un semáforo sincronizado y apertura de cantero central con dársena para giro a la izquierda, frente a la calle Nicolás Piaggio; d) flechamiento de tramos de las calles del entorno, según proyecto que deberá aprobar la Intendencia Municipal de Montevideo; e) señalización horizontal y vertical para vehículos y peatones (carteles de contramano, de reserva de espacio de estacionamiento y para ascenso y descenso de alumnos, de prohibición de estacionar, flecha de sentido vehicular, pintura de cruces peatonales y de flechas de sentido vehicular, de cordones, etc.). V) Para hacer posible la culminación de esas obras en las vías públicas aledañas al Padrón Nº 418.303 para la fecha de inicio de las clases, las partes entendieron que: a) la obra civil para la instalación de semáforos y para las canalizaciones de tránsito las ejecutara la empresa constructora contratada por la Sociedad Francesa de Enseñanza y b) el proyecto ejecutivo de canalización y semaforización, el suministro de materiales y la conexión de los semáforos, así como la señalización vertical y horizontal, las ejecutaría la Intendencia Municipal de Montevideo y posteriormente se resarciría de los gastos correspondientes.- SEGUNDO: OBJETO.- Atendiendo a lo expuesto anteriormente, el objeto de la presente acta consiste en convalidar lo actuado por las partes respecto a las medidas de mitigación de los impactos en la zona, a consecuencia del funcionamiento del Liceo Francés Jules Supervielle, detallando las obras ya realizadas con la supervisión del Servicio de Ingeniería de Tránsito y las obligaciones pendientes que asume la Sociedad Francesa de Enseñanza.- TERCERO.- La Sociedad Francesa de Enseñanza ha realizado a su costo la obra civil para: 1) la instalación de semáforos en Rambla y Benigno Paiva; 2) la instalación de semáforos en rambla y Nicolás Piaggio, con dársena; 3) la canalización para la línea de sincronismo entre los semáforos de la rambla y las calles 26 de Marzo (existente), Nicolás Piaggio y Benigno Paiva; 4) cierre de la apertura del cantero central frente a la calle Riverós, ellas se ejecutaron de acuerdo a la memoria descriptiva y metrajes agregados a fs. 33 y fs. 34 del expediente Nº 0001-012970-00 por el Servicio de Ingeniería de Tránsito y bajo su supervisión.- CUARTO.- Por Resolución Nº 476/01/4000 ha sido prohibido el estacionamiento en tramos de las calles Riverós, Benigno Paiva y Rambla Armenia y autorizada la reserva de espacio para estacionamiento, ascenso y descenso de alumnos, en la acera Este de la calle Benigno Paiva y de la acera Oeste de la calle Riverós, entre la calle Miguel Grau y Rambla Armenia.- QUINTO.- La Sociedad Francesa de Enseñanza deberá resarcir a la Intendencia Municipal de Montevideo por los gastos devengados en las obras realizadas por el Servicio de Ingeniería de Tránsito, que fueron avaluados en un total de U$S 18.269 (dieciocho mil doscientos sesenta y nueve dólares americanos) según el detalle de los costos que consta en la planilla agregada a fs. 34 del mencionado expediente y refieren a: a) la señalización vertical y horizontal, por un valor de U$S 5.020 (cinco mil veinte dólares americanos); b) equipamiento eléctrico y electrónico y la mano de obra municipal asignada a la instalación de los semáforos referidos por el valor de U$S 11.749 (once mil setecientos cuarenta y nueve dólares americanos) y c) el proyecto de las obras de canalización y semaforización, por el valor de U$S 1.500 (mil quinientos dólares americanos).- SEXTO.- Las obligaciones a que refiere la cláusula Quinta será abonadas en 12 (doce) cuetos mensuales , iguales y consecutivas de U$S 1.728 (mil setecientos veintiocho dólares americanos) comenzando la primera a los 30 (treinta) días de la firma de esta Acta.- SEPTIMO.- La Sociedad se compromete a que, en caso de que le sea solicitado, colaborar con la Intendencia Municipal de Montevideo en realizar un monitoreo del funcionamiento del Liceo Francés, en cuanto a los problemas de fluidez y seguridad del tránsito vehicular y peatonal en la zona y a que, en caso de ser necesarias otras medidas de mitigación, la Sociedad Francesa de Enseñanza coordinará con la Intendencia Municipal de Montevideo su ejecución.- OCTAVO.- Se aplicarán las multas y recargos que correspondan a los montos detallados, en caso de incumplimiento de lo establecido en esta Acta. Para constancia y en señal de conformidad se suscriben tres ejemplares del mismo tenor en el lugar y fecha indicados en el acápite.-
        2º.- Comuníquese a los Departamentos de Recursos Financieros y de Descentralización para conocimiento de la autoridad local competente y pase por su orden a la Contaduría General y al Departamento de Acondicionamiento Urbano.-
ARQ. MARIANO ARANA, Intendente Municipal.-
DRA. MARIA JULIA MUÑOZ, Secretaria General.-