Resolución N° 824/12
Nro de Expediente:
4600-000371-11
 
DESARROLLO ECONOMICO E INTEGRACION REGIONAL
Fecha de Aprobación:
27/2/2012


Tema:
CONVENIOS

Resumen:
Modificar la Cláusula QUINTO "Plazo", del Convenio suscrito entre la Intendencia de Montevideo y la Asociación de Hoteles y Restaurantes del Uruguay; la Cámara de la Industria Hotelera Turística del Uruguay y la Asociación Turística de Montevideo.-

Montevideo, 27 de Febrero de 2012.-
 
          VISTO: la Resolución No. 3979/11 de 29 de agosto de 2011;
          RESULTANDO: 1º) que por la misma se aprobó el texto del Convenio a suscribir entre la Intendencia de Montevideo y la Asociación de Hoteles y Restaurantes del Uruguay; la Cámara de la Industria Hotelera Turística del Uruguay y la Asociación Turística de Montevideo;
          2o.) que en la Cláusula QUINTO "Plazo", se establece que: " El plazo de este convenio será de un año a partir de su firma, renovándose automáticamente por período similar, salvo que cualquiera de las partes manifieste su voluntad en contrario con una antelación mínima de 60 días al vencimiento del plazo original o de su prórroga";
          3o.) que la División Asesoría Jurídica sugiere a efectos de una mejor instrumentación del convenio de que se trata, y para no alterar su normal ejecución, se establezca que dichas renovaciones no superarán el período del Gobierno Departamental;
          CONSIDERANDO: la Dirección General del Departamento de Desarrollo Económico e Integración Regional eleva actuaciones solicitando el dictado de resolución en el sentido indicado;
          LA INTENDENTA DE MONTEVIDEO
          RESUELVE:
          1. Modificar la Cláusula QUINTO "Plazo", del Convenio suscrito entre la Intendencia de Montevideo y la Asociación de Hoteles y Restaurantes del Uruguay; la Cámara de la Industria Hotelera Turística del Uruguay y la Asociación Turística de Montevideo, aprobado por Resolución Nº 3979/11 de 29 de agosto de 2011, estableciendo que las renovaciones del mismo no superarán el período del Gobierno Departamental (30 de junio de 2015).
          2. Comuníquese a la Secretaría General; a la División Asesoría Jurídica y pase a la División Turismo para conocimiento de la Asociación de Hoteles y Restaurantes del Uruguay; la Cámara de la Industria Hotelera Turística del Uruguay y la Asociación Turística de Montevideo.
ANA OLIVERA, Intendenta de Montevideo.-
RICARDO PRATO, Secretario General.-