Resolución N° 2649/99
Nro de Expediente:
4112-000349-99
 
ACONDICIONAMIENTO URBANO
Fecha de Aprobación:
19/7/1999


Tema:
TRAMITE PREVIO

Resumen:
Admitir condicionado ampliación depósito de fideos y afines, Eduardo Víctor Haedo Nos. 2220/34, La Nueva Cerro S.A.-

Montevideo, 19 de Julio de 1999.-
 
        VISTO: que La Nueva Cerro S.A. solicita regularizar el establecimiento destinado a depósito de fideos y afines, ubicado en el predio empadronado con los Nos. 21.237 y 21.238, sito con frente a la calle Eduardo Víctor Haedo Nos. 2220/34;
        RESULTANDO: 1º) que el referido establecimiento cuenta con trámite previo autorizado por Resolución N° 206.160 del 14/I/85, con un área edificada de 3.800 m2, contando el predio con un área de 2.852 m2;
        2º) que en el trámite de habilitación se observa un incremento del área inferior al 10%;
        3º) que el Servicio de Ingeniería de Tránsito informa que el predio se encuentra implantado en una zona de mucho flujo vehicular, constatándose la utilización de camiones de gran envergadura, por lo que propicia su autorización con carácter precario y revocable supeditando su funcionamiento a la utilización exclusivamente de vehículos de menor porte;
        4º) que la Comisión Técnica Asesora creada por Decreto Departamental N° 26.388 informa que: a) el establecimiento se encuentra implantado en un sector de la ciudad en el cual se procura la revitalización urbana del mismo; b) la empresa ocupa actualmente una superficie de 2.885 m2, siendo la superficie a habilitar de 3.990 m2, lo que la constituye en un comercio de gran envergadura y c) propicia tolerar su mantenimiento condicionado a que para el transporte de mercadería no se utilicen vehículos que superen los 4.000 kg., siendo su habilitación final por un plazo no mayor al 30/IX/2002;
        5º) que el Servicio de Contralor de Edificaciones propicia condicionar su autorización de acuerdo con lo informado a fs. 41 de estas actuaciones;
        6º) que la División Espacios Públicos y Edificaciones presta su conformidad;
        CONSIDERANDO: que el Departamento de Acondicionamiento Urbano entiende que, en atención a los informes favorables, puede accederse a lo solicitado;
        EL INTENDENTE MUNICIPAL DE MONTEVIDEO
        RESUELVE:
        1º.- Admitir, con carácter precario y revocable, la ampliación del establecimiento destinado a depósito de fideos y afines, ubicado en el predio empadronado con los Nos. 21.237 y 21.238, sito con frente a la calle Eduardo Víctor Haedo Nos. 2220/34, propiedad de La Nueva Cerro S.A.-
        2º.- Autorizar la prosecución del trámite administrativo condicionado a que:
        a) todos los inconvenientes provenientes de las operaciones o procesos que se realicen dentro del predio, deberán eliminarse o limitarse al propio local;
        b) todas las operaciones de carga y descarga de mercaderías deberán realizarse dentro del predio, admitiéndose solamente la utilización de vehículos que no superen los 4.000 kgs.;
        c) no se trabaje fuera de la jornada legal diurna de ocho horas de labor;
        d) se cumplan las medidas de prevención contra el fuego aconsejadas por la Dirección Nacional de Bomberos;
        e) no se produzcan en el futuro ampliaciones de ningún tipo que modifiquen las actuales características del establecimiento;
        f) se obtenga el certificado de higiene ambiental del Ministerio de Salud Pública y
        g) la habilitación correspondiente será por un plazo no mayor al 30/IX/2002.-
        3º.- Comuníquese al Departamento de Descentralización, para conocimiento de la Junta Local Zona Nº 2 y pase al Servicio de Contralor de Edificaciones.-
ARQ. MARIANO ARANA, Intendente Municipal.-
DRA. MARIA JULIA MUÑOZ, Secretaria General.-