Resolución N° 4743/14
Nro de Expediente:
4009-005602-11
 
MOVILIDAD
Fecha de Aprobación:
31/10/2014


Tema:
REITERAR GASTO

Resumen:
Reiterar el pago por un monto de $ 18:261.039,00 a favor de Teyma S.A., correspondiente a la ampliación de la Licitación Pública Internacional Nº PMU 035/2011, caratulada "Suministro y Colocación de Refugios Peatonales para Usuarios del Sistema de Transporte Metropolitano (STM)”.

Montevideo, 31 de Octubre de 2014.-
 
        VISTO: que por Resolución Nº 3859/14 del 2 de setiembre de 2014, se amplió al amparo del Art. 74º del T.O.C.A.F., el LOTE 1 (Suministro y Colocación de refugios nuevos Modelo Básico según diseño proporcionado por la Intendencia de Montevideo) adjudicado a la empresa Teyma S.A. de la Licitación Pública Internacional Nº PMU 035/2011, caratulada "Suministro y Colocación de Refugios Peatonales para Usuarios del Sistema de Transporte Metropolitano (STM)”, por un monto de $ 18:261.039,00;
        RESULTANDO: 1º) que el Tribunal de Cuentas de la República, por resolución adoptada en sesión del 1º de octubre de 2014 (E. E. Nº 2014-17-1-0006874, Ent. Nº 5356/14) observó el gasto por incumplimiento de causales de carácter insubsanables, que afectan la ampliación; 2º) que la Asesoría Legal del Departamento de Movilidad informa que: i) en referencia a los literales a) y c) (fs.760 a 762) de las observaciones realizadas, debe decirse que el presente contrato es financiado con los fondos provistos por el Banco Interamericano de Desarrollo (BID), en el contrato de préstamo BID 2040/ OC-UR. Tanto el BID como la Intendencia de Montevideo suscribieron el mismo, expresando su conformidad con lo dispuesto en el pliego de condiciones generales y particulares de dicho contrato. En este sentido, el procedimiento alternativo al rechazo de todas las ofertas establecido en el ítem 2,63 de las Políticas para la Adquisición de Bienes y Obras Financiadas por el BID (que fuere debidamente solicitado por la Unidad Ejecutiva del Plan de Movilida Urbana y aceptado por el BID), fue efectuado bajo los procedimientos propuestos por el propio pliego de Condiciones Generales y Particulares al que las partes han decidido ajustarse. Dicho Pliego tiene como antecedente la voluntad expresa por el Estado uruguayo de contratar bajo los procedimientos propuestos por el BID, quedando sujeto a las condiciones y mecanismos procesales allí propuestos, y los cuales no pueden ser desconocidos en esta instancia; ii) en este sentido, el Pliego de Condiciones Especiales, que recoge además los términos resultantes del contrato de Préstamo BID, prevé mecanismos alternativos de aceptación de ofertas, y dispone que los pagos quedan condicionados al cumplimiento de los términos que el mismo establece, aun cuando estos se aparten, en alguna medida, de lo que dispone el Texto Ordenado de Contabilidad y Administración Financiera; iii) en relación a la observación realizada en el literal b) (fs.760 a 762), la misma fue oportunamente cumplida, tal como luce a fs. 363 del expediente 4009-005602-11; iv) la Intendencia con su proceder, no hace más que ajustarse a las condiciones establecidas por la entidad financiante, lo que en caso contrario, implicaría la frustración del contrato;
        3º) que se entiende oportuno realizar la reiteración del gasto, en el entendido que tal como expresara el Dr. Álvaro Richino a fs. 365 y 366, de atenderse a las observaciones del Tribunal de Cuentas, se correría el riesgo de que no se continuaran habilitando los pagos de la ejecución del contrato, por medio de la entidad internacional financiante;
        CONSIDERANDO: lo previsto en los Artículos 211, inciso B) de la Constitución de la República y 114º del texto Ordenado de la Ley de Contabilidad y Administración Financiera del Estado;
        LA INTENDENTA DE MONTEVIDEO
        RESUELVE:
        1.- Reiterar el gasto por un monto de $ 18:261.039,00 (pesos uruguayos dieciocho millones doscientos sesenta y un mil treinta y nueve) a favor de Teyma S.A., correspondiente a la ampliación de la Licitación Pública Internacional Nº PMU 035/2011, caratulada "Suministro y Colocación de Refugios Peatonales para Usuarios del Sistema de Transporte Metropolitano (STM)”.
        2.- Comuníquese a Secretaría General, al Departamento de Recursos Financieros, a la División Tránsito y Transporte, a la Unidad Ejecutiva del Plan de
        Movilidad Urbana y pase a la Contaduría General.
ANA OLIVERA, Intendenta de Montevideo.-
RICARDO PRATO, Secretario General.-