Resolución N° 1315/01
Nro de Expediente:
4201-022743-00
 
CULTURA
Fecha de Aprobación:
16/4/2001


Tema:
CONVENIOS

Resumen:
Aprobar las cláusulas del convenio a suscribirse entre la IMM y la cantante Laura Canoura.-

Montevideo, 16 de Abril de 2001.-
 
      VISTO: estos obrados relacionados con el convenio a suscribirse entre la Intendencia Municipal de Montevideo y la cantante Laura Canoura;
      RESULTANDO: 1o.) que la citada artista emprenderá una gira a nivel nacional, "Primera Gira Nacional del Siglo", que servirá de plataforma para el lanzamiento discográfico en todo el Cono Sur, titulando "Esencia" al espectáculo y al disco compacto registrado en vivo;
      2o.) que en tal sentido, solicita el uso sin cargo del Teatro de Verano "Ramón Collazo" para el 6/IV/2001, con opción al sábado 7/IV/2001, en caso de suspensión por razones climáticas;
      3º) que como contrapartida la artista se obliga a presentar el espectáculo como una coproducción con la IMM;
      CONSIDERANDO: que la Dirección General del Departamento de Cultura entiende que procede aprobar las cláusulas del convenio de referencia;
      EL INTENDENTE MUNICIPAL DE MONTEVIDEO
      RESUELVE:

      1.- Convalidar lo actuado y aprobar las cláusulas del convenio a suscribirse entre la Intendencia Municipal de Montevideo y la cantante uruguaya Laura Canoura, en los siguientes términos: CONVENIO: En Montevideo, a los días del mes de de dos mil uno, comparecen: POR UNA PARTE: la Intendencia Municipal de Montevideo, en adelante denominada IMM, representada por , en su calidad de , con domicilio en la Avda. 18 de Julio No. 1360 y POR OTRA PARTE: la cantante Laura Canoura, representada por el Sr. Gerardo Grieco, C.I. Nº , con domicilio en -----------------, quienes acuerdan lo siguiente: ANTECEDENTES: La cantante uruguaya de referencia emprenderá su "Primera Gira Nacional del Siglo", siendo el evento central de dicha gira el espectáculo titulado "Esencia", para lo cual la IMM ha concedido auspicio. Se ha propuesto a la Comuna la co-producción del mismo, estableciéndose a través de este convenio las condiciones de la misma.
      CLAUSULA PRIMERA: La IMM se compromete a ceder el uso del Teatro de Verano "Ramón Collazo, sin cargo alguno, para el día viernes 6 (seis) de abril del año en curso, con opción al sábado 7 (siete) del mismo mes y año, como fecha optativa, en el caso de que por razones climáticas debiera postergarse la función. Regirán en lo aplicable las disposiciones del Reglamento de Arrendamiento respectivo.
      CLAUSULA SEGUNDA: Como contrapartida la cantante, por su parte, se obliga a presentar el espectáculo como una co-producción con la IMM, figurando así en toda la promoción del mismo, como se indica a continuación:
      -Incorporar en los créditos del programa especial de televisión con grabación en vivo, a ser distribuido en todos los canales cables del Cono Sur.
      - En la publicidad del evento en los medios auspiciantes: El Espectador, Azul FM. el Observador.
      - Pauta en Canal 10 en Montevideo, durante 15 (quince) días previos al espectáculo.
      - Estática en el Teatro de Verano "Ramón Collazo".
      - Folletería, afiches, carteles y recuerdos alusivos del evento.
      - Mención e la artista en declaraciones y funciones.
      CLAUSULA TERCERA: Asimismo, la cantante entregará a la IMM 500 (quinientas) entradas para distribuir donde disponga el Departamento de Cultura.
      De conformidad y para constancia se firman dos ejemplares de igual tenor en el lugar y fecha indicados en el acápite.-
      2.- Delegar la firma del presente convenio en el Director General del Departamento de Cultura.-
      3.- Comuníquese a la Secretaría General, a la División Turismo y Recreación, al Servicio de Prensa y Comunicación, y pase al Departamento de Cultura para la suscripción del convenio de referencia.-
SR. ERNESTO DE LOS CAMPOS, Intendente Municipal (I).-
DRA. MARIA JULIA MUÑOZ, Secretaria General.-