Resolución N° 2125/01
Nro de Expediente:
6302-002897-98
 
SECRETARIA GENERAL
Fecha de Aprobación:
11/6/2001


Tema:
REITERACIONES DE GASTOS

Resumen:
Se reitera el gasto de la suma de $ 445.000,oo dispuesto por Resolución No. 1836/01 a favor de la Organización San Vicente (Obra Padre Cacho).-

Montevideo, 11 de Junio de 2001.-
 
          VISTO: estas actuaciones relacionadas con la Resolución No. 1836/01, de 28 de mayo de 2001;

          RESULTANDO: 1o.) que por dicha Resolución se dispuso renovar a partir del 17 de mayo y hasta el 31 de octubre del presente año, el Convenio celebrado entre esta Intendencia Municipal y la Organización San Vicente (Obra Padre Cacho), aprobado por
          Resolución No. 515/98, de 16/2/98, con el objeto de mejorar las condiciones de higiene de la zona del Arroyo Miguelete, evitando el volcado de residuos;
          2o.) que el 7 de junio del año en curso, la Contadora Delegada del Tribunal de Cuentas de la República observó el gasto de la suma de $ 445.000,oo, emergente de aquella disposición, al configurarse principio de ejecución, lo cual contraviene lo dispuesto en el artículo 211, inciso B) de la Constitución de la República y también, por haberse imputado en contravención al artículo 15o. del T.O.C.A.F. (Solicitud 47119);
          3o.) que el 7/6/01, la Sub Contadora General Municipal eleva estas actuaciones para su consideración;

          CONSIDERANDO: lo previsto en los artículos 211, inciso B) de la Constitución de la República y 97o. del Texto Ordenado de la Ley de Contabilidad y Administración Financiera del Estado;
          EL INTENDENTE MUNICIPAL DE MONTEVIDEO
          RESUELVE:
          1. Reiterar el gasto de la suma de $ 445.000,oo (PESOS URUGUAYOS CUATROCIENTOS CUARENTA Y CINCO MIL) dispuesto por Resolución No. 1836/01, de 28 de mayo de 2001, a favor de la Organización San Vicente.-
          2. Advertir del Director General del Departamento a cargo de la tramitación de los presentes obrados, que deberá adoptar las medidas pertinentes para evitar incurrir en principio de ejecución, observando estrictamente lo dispuesto en el artículo 211, inciso B) de la Constitución de la República. Se dispone la reiteración del gasto ante la obligación de cumplir con los compromisos asumidos contractualmente con una institución carente de recursos que desarrolla una obra de altísimo contenido social.-
          3. Comuníquese al Tribunal de Cuentas de la República, a los Departamentos de Desarrollo Ambiental y de Recursos Financieros y pase al Servicio de Contabilidad General.-
ARQ. MARIANO ARANA, Intendente Municipal.-
DRA. MARIA JULIA MUÑOZ, Secretaria General.-