Resolución N° 4862/00
Nro de Expediente:
4201-023731-00
 
CULTURA
Fecha de Aprobación:
26/12/2000


Tema:
CONVENIO DE PATROCINIO

Resumen:
Aprobar las cláusulas de convenio de patrocinio a suscribirse entre la IMM y la empresa "Montevideo Refrescos S.A.", referente a las actividades a desarrollarse en la próxima Temporada de Playas 2000 - 2001.

Montevideo, 26 de Diciembre de 2000.-
 
        VISTO: estos obrados relacionados con el convenio de patrocinio a suscribirse entre la Intendencia Municipal de Montevideo y la empresa "Montevideo Refrescos S.A.";
        RESULTANDO: 1o.) que a través del mismo se patrocinarán las actividades a desarrollarse en las playas de Montevideo, en la Temporada 2000 - 2001, combinando así, una vez más, esfuerzos público - privados para el logro de objetivos comunes en beneficio de la comunidad;
        2o.) que en tal sentido, se eleva para su aprobación, un proyecto de convenio de patrocinio en el cual se pactan las obligaciones que contraerán ambas partes, el cual luce agregado a fs. 3 de estas actuaciones;
        CONSIDERANDO: que la Dirección General del Departamento de Cultura entiende que procede aprobar las cláusulas del convenio de patrocinio de referencia;
        EL INTENDENTE MUNICIPAL DE MONTEVIDEO
        RESUELVE:
        1o.-Aprobar las cláusulas del convenio de patrocinio a suscribirse entre la Intendencia Municipal de Montevideo y la empresa "Montevideo Refrescos S.A.", en los siguientes términos: CONVENIO DE PATROCINIO: En Montevideo, a los días del mes de de dos mil, comparecen: POR UNA PARTE: la Intendencia Municipal de Montevideo, en adelante denominada IMM, representada por , en su calidad de , con domicilio en Avda. 18 de Julio Nº 1360 y POR OTRA PARTE: la empresa "Montevideo Refrescos S.A.", en adelante denominada la patrocinadora, representada por el Sr. Alejandro Otero, C.I. Nº 1.576.944-3, en calidad de , con domicilio en la calle Cno. Carrasco Nº 6173, quienes acuerdan lo siguiente: ANTECEDENTES: En el marco del Decreto Nº 25.398 y conforme a lo dispuesto en el Contrato con la empresa BLANCO MARKETING, aprobado por Resolución No. 4.502/00 de fecha 4/XII/00, para la gestión de espacios de patrocinio para actividades en las playas montevideanas, las partes intervinientes acuerdan suscribir el siguiente Convenio de Patrocinio. CLAUSULA PRIMERA - OBLIGACIONES DE LA PATROCINADORA: La patrocinadora aportará la suma de U$S 8.000,oo (dólares americanos ocho mil), para financiar las actividades a desarrollarse en las playas de Montevideo, la que deberá ser depositada en la Tesorería Municipal, en la Cuenta Extrapresupuestal 3070101.98 del Departamento de Cultura, creada para "Servicios y Actividades en las Playas" a los 5 (cinco) días hábiles siguientes a la firma del presente convenio. CLAUSULA SEGUNDA: La Patrocinadora autoriza a descontar de la referida suma el importe correspondiente a BLANCO MARKETING, de acuerdo con lo previsto en la Cláusula Cuarta, literal a) de la Resolución No. 4.502/00 del 4/XII/00 para la gestión de espacios de patrocinio en las playas montevideanas. CLAUSULA TERCERA - OBLIGACIONES DE LA IMM: La IMM se compromete a autorizar a la patrocinadora a:
        a) colocar 3 (tres) banderas en cada una de las playas de Montevideo
        b) realizar actividades promocionales en las playas de Montevideo, durante 10 (diez) días, según se coordine con la Comisión de Educación Física, Deportes y Recreación
        CLAUSULA CUARTA- SEGUIMIENTO Y CONTRALOR: La Comisión de Educación Física, Deportes y Recreación y la División Espacios Públicos y Edificaciones se encargarán del control del cumplimiento de lo acordado.-
        CLAUSULA QUINTA: El presente convenio tiene vigencia hasta el 31 de marzo de 2001.-
        De conformidad y para constancia se firman dos ejemplares de igual tenor en el lugar y fecha indicados en el acápite.-
        2o.-Delegar la firma del presente convenio en el Director General del Departamento de Cultura.-
        3o.-Comuníquese a la Secretaría General para su transcripción a la Junta Departamental de Montevideo, a los Departamentos de Recursos Financieros y Acondicionamiento Urbano, a la División Espacios Públicos y Edificaciones, al Servicio de Prensa y Comunicación, a la Comisión de Educación Física, Deportes y Recreación, a las Unidades de Gestión Presupuestal del Departamento de Cultura y de Convenios y pase - por su orden - al citado Departamento para la suscripción del convenio de referencia y al Servicio de Tesorería Municipal.-
ARQ. MARIANO ARANA, Intendente Municipal.-
DRA. MARIA JULIA MUÑOZ, Secretaria General.-