Resolución N° 3468/00
Nro de Expediente:
3000-002149-00
 
DESCENTRALIZACION
Fecha de Aprobación:
25/9/2000


Tema:
MODIFICACION DE RESOLUCION

Resumen:
Modifico cláusula del Convenio con la Comisión Vecinal del Barrio La Comercial, por concepto de pago de aguinaldos y salarios vacacional

Montevideo, 25 de Setiembre de 2000.-
 
        VISTO: que por Resolución No. 3581/99, de fecha 21 de setiembre de 1999, se dispuso modificar la cláusula segunda de la ampliación del Convenio suscrito con la Comisión Vecinal del Barrio La Comercial, autorizada por Resolución No. 239/99, de fecha 22 de enero de 1999;
        RESULTANDO: 1o.) que por Resolución No. 3.581/99, de fecha 21 de setiembre de 1999, se estableció que la Intendencia se obliga a transferir a dicha Comisión, la suma de $ 33.000,oo en forma mensual para cubrir sueldos, aguinaldos y salario vacacional de cuatro profesores de Educación Física;
        2o) que el 26 de mayo de 2000, la Junta Local de la Zona No. 2, eleva actuaciones solicitando se transfiera la suma de $ 24.628,32 (pesos uruguayos veinticuatro mil seiscientos veintiocho con treinta y dos centésimos) a la mencionada Comisión, a los efectos de hacer efectivo el pago por concepto de aguinaldos y salario vacacional;
        3o.) que el 8 de setiembre de 2000, la Unidad de Gestión Presupuestal informa que considera oportuno modificar nuevamente dicha cláusula estableciendo que la cantidad de $ 33.000,oo ( pesos uruguayos treinta y tres mil), corresponde exclusivamente al pago de sueldos de los profesores de Educación Física del Complejo Deportivo " La Comercial";
        4o.) que asimismo entiende que deberá convalidarse lo actuado respecto del pago de $ 24.628,32 (pesos uruguayos veinticuatro mil seiscientos veintiocho con treinta y dos centésimos);
        5o.) que se efectuó solicitud SEFI 39965;
        CONSIDERANDO: 1o) que la Dirección General del Departamento de Descentralización entiende que se puede proceder de conformidad;
        2o) que a los efectos de dotar de mayor agilidad al sistema asegurando su ejercicio eficiente, se entiende conveniente hacer uso del mecanismo previsto en el Art. 280o. de la Constitución de la República;
        EL INTENDENTE DE MONTEVIDEO
        RESUELVE:
        1o. Modificar la Cláusula Segunda del Convenio suscrito con la Comisión Vecinal del Barrio La Comercial, cuyo texto fuera autorizado por Resolución No. 239/99, de fecha 22 de enero de 1999, en la redacción dada por el numeral 2o.) de la Resolución No. 3.581/99, de fecha 21 de setiembre de 1999, la que quedará redactada de la siguiente forma: CONVENIO: "Objetivo: La Intendencia se obliga a transferir: a) la suma de $ 33.000,oo (pesos uruguayos treinta y tres mil) mensuales desde el mes de agosto de 1999 y hasta la culminación del plazo del convenio, exclusivamente para el pago de los sueldos de los cuatro Profesores de Educación Física con que cuenta la Comisión; b) la suma necesaria para cubrir el pago de los aguinaldos y salario vacacional devengados por dichos docentes, por igual período de tiempo", manteniendo incambiados los restantes términos del convenio de referencia.-
        2o. Convalidar el gasto por la suma de $ 24.628,32 ( pesos uruguayos veinticuatro mil seiscientos veintiocho con treinta y dos centésimos) correspondiente al pago de los aguinaldos y salario vacacional de los profesores involucrados, no abonados en el primer semestre de 2000.-
        3o. Comuníquese al Departamento de Recursos Financieros; a la División Centro; Servicios de Relaciones Públicas; Centro Comunal Zonal No. 2; Prensa y Comunicación, Junta Local de la Zona No. 2, Unidad de Gestión Presupuestal del Departamento de Descentralización y pase -por su orden - al Servicio de Contabilidad General y al Departamento de Descentralización.-
ARQ. MARIANO ARANA, Intendente Municipal.-
ING. QUIMICO PABLO BUONOMO, Secretario General (I).-