Resolución N° 5777/05
Nro de Expediente:
4401-001427-05
 
DESARROLLO AMBIENTAL
Fecha de Aprobación:
26/12/2005


Tema:
CONVENIOS

Resumen:
Se aprueba el proyecto de Convenio a suscribirse entre la Intendencia Municipal de Montevideo y el Ministerio de Vivienda, Ordenamiento Territorial y Medio Ambiente.

Montevideo, 26 de Diciembre de 2005.-
 
      VISTO: las presentes actuaciones relacionadas con el Convenio a suscribirse entre la Intendencia Municipal de Montevideo y el Ministerio de Vivienda, Ordenamiento Territorial y Medio Ambiente;
      RESULTANDO: 1o.) que el mencionado Convenio tiene como objetivo principal el profundizar la coordinación entre los gobiernos del área metropolitana, generando herramientas y experiencias que signifiquen avances para desarrollar una gestión ambiental en común;
      2o.) que en el marco convenido, se ejecutarán acciones en dos áreas claves, como ser la formación del Grupo Ambiental del Area Metropolitana y el desarrollo de un Programa de Educación Ambiental en escuelas vinculadas a los Humedales del Bajo Santa Lucía, en los departamentos de Montevideo, San José y Canelones;
      CONSIDERANDO: 1o.) que la Asesoría Jurídica, con fecha 19 de diciembre del año en curso, informa que habiendo estudiado el texto del Convenio y estando de acuerdo las partes en las modificaciones sugeridas por el Servicio de Escribanía de esta Comuna, no existen impedimentos para su autorización;
      2o.) que la Directora General del Departamento de Desarrollo Ambiental, entiende que la firma de este Convenio será beneficioso en el proceso de sensibilización y educación ambiental del Area Metropolitana;
      EL INTENDENTE MUNICIPAL DE MONTEVIDEO
      RESUELVE:
      1o.-Aprobar el siguiente Proyecto de Convenio, a suscribirse entre la Intendencia Municipal de Montevideo y el Ministerio de Vivienda, Ordenamiento Territorial y Medio Ambiente (MVTOMA): CONVENIO: En la ciudad de Montevideo, a los días ** del mes de ** de dos mil **, se reúnen, POR UNA PARTE: el Ministerio de Vivienda, Ordenamiento Territorial y Medio Ambiente (en adelante MVOTMA), RUC 214136810015, representado en este acto por *** con domicilio en la calle Zabala No. 1432 de esta ciudad, y POR OTRA PARTE: la Intendencia Municipal de Montevideo (en adelante IMM), RUC 211763350018, representada en este acto por **, con domicilio en la Av. 18 de Julio No. 1360, quienes acuerdan la celebración del siguiente Convenio: PRIMERO - ANTECEDENTES: 1. En Junio de 2000, cientos de montevideanos de los más diversos ámbitos, aprueban la Agenda Ambiental de Montevideo, primer experiencia de Agenda 21 Local de nuestro país. 2. Paralelamente, el Señor Intendente Municipal, convoca el Grupo Ambiental de Montevideo (GAM), un ámbito abierto y plural, con amplia participación social e institucional, que tiene como tarea central asegurar el seguimiento de los compromisos plasmados en la Agenda. 3. Desde el año 2000 a la fecha, 24 (veinticuatro) instituciones y organizaciones participan activamente en el GAM, ampliándose además la participación a vecinos de diversas zonas a través de 6 (seis) talleres temáticos (Agua, Aire, Residuos, Dimensiones Sociales y Económicas, Educación Ambiental, Areas Rurales y Naturales). 4. A partir de una iniciativa de la Intendencia Municipal de Montevideo, uno de los avances más importantes del GAM, tiene que ver con la publicación anual de Informes Ambientales, con datos sobre la situación ambiental del departamento y la gestión realizada por los actores que allí participan; el último de estos Informes fue realizado con la Metodología GEO, que promueve el Programa de Naciones Unidas para el Medio Ambiente (PNUMA). 5. Una de las coincidencias más importantes que marca con claridad la Agenda, y que posteriormente se reafirma en cada Informe Ambiental así como en el trabajo de los diversos ámbitos del GAM, tiene que ver con la impostergable necesidad de asumir una visión metropolitana de los temas ambientales, ya que los problemas y sus soluciones no tienen límites político administrativos y requieren políticas articuladas entre departamentos vecinos y ámbitos del gobierno nacional, con amplia participación de nuestra ciudadanía. 6. En este marco una de las áreas de trabajo más importantes en los últimos años, que ha contado con la expresa voluntad de coordinación de los gobiernos de Montevideo, Canelones y San José, tiene que ver con la gestión de los Humedales del Bajo Santa Lucía. El Humedal del Bajo Santa Lucía constituye un ecosistema compartido por los tres departamentos, que abarca un total de más de 20 mil hectáreas, de las cuales 2.500 están en Montevideo. La zona conserva al día de hoy buena parte de sus atributos naturales y tiene valores destacados desde el punto de vista de su biodiversidad, de la regulación hídrica, paisajísticos, de oportunidades para la investigación científica y la recreación. Con un fuerte aval de los Intendentes y con importante participación de técnicos de las tres comunas se elaboró un proyecto GEF (Fondo para el Medio Ambiente Mundial), una de las bases para la propuesta que se está implementando en el marco del Sistema Nacional de Areas Protegidas (SNAP). 7. El SNAP prevé que una de las áreas demostrativas a implementar dentro del sistema sea el Humedal del Bajo Santa Lucía, poniendo especial énfasis en los procesos de sensibilización y educación ambiental, dada la fuerte relación y la gran cercanía con más de la mitad de la población de nuestro país. SEGUNDO - OBJETO: Este proyecto apunta a profundizar la coordinación entre los gobiernos del área metropolitana, generando herramientas y experiencias que signifiquen avances para desarrollar una gestión ambiental metropolitana. En este marco se profundizarán acciones en dos áreas claves: la formación del Grupo Ambiental del Area Metropolitana (a partir de la experiencia del Grupo Ambiental de Montevideo) y el desarrollo de un Programa de Educación Ambiental en escuelas vinculadas a los Humedales del Bajo Santa Lucía, en los departamentos de Montevideo, San José y Canelones (a partir de la experiencia de Montevideo en escuelas de Melilla, Santiago Vázquez y Rincón del Cerro). TERCERO - PLAZO: El presente Convenio tendrá una duración de 12 (doce) meses, de enero a diciembre del año 2006. CUARTO - OBLIGACIONES: I) La IMM se compromete a: 1. Generar un ámbito de coordinación, con participación de la Mesa Ejecutiva del Grupo Ambiental de Montevideo (integrada por la DINAMA, IMM y Redes Amigos de la Tierra), las Intendencias Municipales de San José y Canelones y el Programa Agenda Metropolitana que funciona en la órbita de Presidencia de la República, para impulsar la concreción, en junio de 2006, del Grupo Ambiental del Area Metropolitana, con participación de instituciones y organizaciones vinculadas a la gestión ambiental en esta importante zona del país. 2. Fundar el Grupo Ambiental del Area Metropolitana, en Junio de 2006, en el marco de los festejos del Día Mundial del Medio Ambiente, quien deberá en los primeros 6 meses definir una agenda de trabajo tomando como base los acuerdos de la Agenda Ambiental de Montevideo y el Informe GEO Montevideo 3. Generar un ámbito de coordinación con la Red Nacional de Educación Ambiental (coordinada por la Dirección de Educación del MEC y la DINAMA del MVOTMA), las Intendencias Municipales de San José y Canelones, el SNAP y el Programa Agenda Metropolitana, que nos permita acordar las bases para el desarrollo de un programa de Educación Ambiental con escuelas vinculadas al Humedal del Santa Lucía en los tres departamentos. 4. Desarrollar una primer etapa del programa de Educación Ambiental con escuelas vinculadas al Humedal del Santa Lucía, trabajando con docentes, padres y niños. 5. Apoyar a recursos humanos de las Intendencias Municipales de San José y Canelones, para que puedan seguir el programa en ambos departamentos. II) El MVOTMA se compromete a transferir a la IMM, en el marco de la implementación y ejecución de las actividades prevista en este convenio, la cantidad de $ 400.000,oo (pesos uruguayos cuatrocientos mil). QUINTO - EVALUACIONES: Cada una de las actividades programadas serán evaluadas trimestralmente en forma conjunta por el Grupo de Educación Ambiental de la Intendencia Municipal de Montevideo y DINAMA/MVOTMA, sin perjuicio de la evaluación final del proyecto. SEXTO: El MVOTMA, se reserva el derecho de solicitar a la IMM, todos los informes que entienda conveniente, relacionados con la marcha del Proyecto “Gestión Ambiental Metropolitana” y su financiamiento, pudiendo proponer al respecto las medidas que estime adecuadas. SEPTIMO – INCUMPLIMIENTO: El incumplimiento de las partes, a cualquiera de las obligaciones que por este convenio asumen, dará derecho a la otra a rescindir el mismo, previa comunicación de los motivos que fundamentan la decisión. OCTAVO – DOMICILIOS ESPECIALES: Las partes constituyen domicilios especiales a todos los efectos de este convenio, en los indicados como respectivamente suyos en la comparecencia. NOVENO – COMUNICACIONES: Cualquier notificación que deban realizarse las partes, se tendrá por válidamente efectuada, si la misma es hecha a los domicilios constituidos en este documento por medio de carta con aviso de retorno, fax, telegrama colacionado o cualquier otro medio que diera certeza a su realización. DECIMO - COORDINACION: Las partes acordarán mecanismos de coordinación permanente a los efectos de facilitar la ejecución del presente Convenio. Y en prueba de conformidad se firman tres ejemplares de un mismo tenor, en el día, lugar y fecha indicados en el acápite.
      2o.-Comuníquese a Secretaría General, quien cursará notificación al Ministerio de Vivienda, Ordenamiento Territorial y Medio Ambiente, a todos los Departamentos, al Servicio de Prensa, Comunicación y Relaciones Públicas, al Equipo Técnico de Educación Ambiental y pase al Departamento de Desarrollo Ambiental.
RICARDO EHRLICH, Intendente Municipal.-
ARQ. HERBERT ICHUSTI, Secretario General.-