Resolución N° 443/01
Nro de Expediente:
4540-000016-99
 
SECRETARIA GENERAL
Fecha de Aprobación:
5/2/2001


Tema:
REITERACIONES DE GASTOS

Resumen:
Se reitera el gasto a favor de Consorcio Idalar S.A. - Grinor S.A. V.-

Montevideo, 5 de Febrero de 2001.-
 
          VISTO: que por Resolución No. 1941/00, de 5 de junio de 2000, se autorizó la ampliación en un 100% de la Licitación Pública para la contratación de equipos de bacheo con suministro de mezcla asfáltica, a cargo de Consorcio Idalar S.A.- Grinor S.A. V, por la suma total de $ 6.632.261,89 incluidos IVA, imprevistos y leyes sociales;
          RESULTANDO: 1o.) que el Tribunal de Cuentas de la República, por resolución de 10/1/01 (Carpeta No. 185239), consideró que previamente a disponer de una ampliación debió constar la intervención del gasto original y en este caso la misma no se configura y atento a lo establecido en el Art. 211, literal B) de la Constitución de la República, acordó observar el gasto y devolver estas actuaciones;
          2o.) que el Contador Delegado del Tribunal de Cuentas señala que el complemento de imputación definitiva del contrato original se realizó en forma automática, como consecuencia del corrimiento de determinados procesos, a comienzo del ejercicio; la intervención del complemento de imputación, expresado anteriormente, se realizó en forma manual, en listado que, al respecto, suministró el Proyecto SEFI, y que se omitió remitir información precedente al Tribunal de Cuentas en oportunidad de enviar, para su intervención, la ampliación que trata este expediente;
          3o.) que el 24/1/01, la Sub Contadora General Municipal eleva estas actuaciones para su consideración;
          CONSIDERANDO: lo previsto en los artículos 211, inciso B) de la Constitución de la República y 97o. del Texto Ordenado de la Ley de Contabilidad y Administración Financiera del Estado;
          EL INTENDENTE MUNICIPAL DE MONTEVIDEO
          RESUELVE:
          1. Reiterar el gasto emergente de estas actuaciones, a favor del Consorcio Idalar S.A. - Grinor S.A. V.-
          2. Se dispone la reiteración del gasto ante la obligación de hacer efectivo el pago de servicios ya prestados.-
          3. Comuníquese al Tribunal de Cuentas de la República, a los Departamentos de Recursos Financieros y de Acondicionamiento Urbano y pase al Servicio de Contabilidad General a sus efectos.-
ARQ. MARIANO ARANA, Intendente Municipal.-
ING. QUIMICO PABLO BUONOMO, Secretario General (I).-