Resolución N° 3645/24
Nro de Expediente:
2024-5502-98-000176
 
DESARROLLO SOCIAL
Fecha de Aprobación:
26/08/2024


Tema:
AUTORIZACIONES

Resumen:
CONVALIDAR LO REALIZADO HASTA LA FECHA POR EL PROGRAMA ABC OPORTUNIDAD TRABAJO Y AUTORIZAR AL DEPARTAMENTO DE DESARROLLO SOCIAL, A INCORPORAR A PARTIR DE LA 5TA EDICIÓN DEL PROGRAMA -ASÍ COMO LAS QUE EVENTUALMENTE SE DESARROLLEN EN EL FUTURO- POSTULANTES DE LOS CUPOS ANTES MENCIONADOS QUE EXPRESEN SU INTERÉS DE PARTICIPAR A TRAVÉS DE LA DERIVACIÓN DE ORGANIZACIONES SOCIALES Y DE LAS UNIDADES DE LA INTENDENCIA.-

Montevideo, 26 de Agosto de 2024.-
 

                VISTO: que por Resolución Nº 4411/20 de fecha 9 de diciembre de 2020, se crea el Plan ABC, Apoyo Básico a la Ciudadanía, como respuesta integral y transitoria a la situación de emergencia socio económica, priorizando las condiciones de vida de mujeres con hijos a su cargo, adultos mayores, personas sin redes de apoyo, personas sin ingresos estables y formales;

                RESULTANDO: 1o.) que el mercado laboral no logra cubrir la demanda de puestos de trabajos formales y el número de personas en seguro de desempleo sobre todo en situación de vulnerabilidad social;

2o.) que esta Intendencia ha desarrollado varias ediciones del Programa ABC Oportunidad Trabajo donde proporcionó empleo transitorio a más de 4500 (cuatro mil quinientos) participantes mediante el desarrollo de tareas de valor local en lugares que al momento no son abarcadas por esta Intendencia y/o por los Municipios;

3o.) que desde la 2º edición las personas participantes convocadas fueron de la lista de prelación resultante del llamado aprobado por Resolución Nº 3165/21 del 26 de agosto de 2021;

4o.) que al igual que en las ediciones anteriores se previó la inclusión de los cupos: 12 % (doce por ciento) para personas afrodescendientes, 8 % (ocho por ciento) para personas con discapacidad, 4 % (cuatro por ciento) para personas trans, 2 % (dos por ciento) para personas en situación de calle, 2 % (dos por ciento) para mujeres víctimas de violencia basada en género derivadas de las Comuna Mujer, 2 % (dos por ciento) de mujeres trabajadoras sexuales que estén habilitadas por el Ministerio de Salud Pública, 2 % (dos por ciento) de personas privadas de libertad y/o recientemente liberadas y también el 1 % (uno por ciento) de población migrante que posea cédula de identidad uruguaya, así como paridad de género;

5o.) que desde la cuarta edición del Programa están participando jóvenes en etapa de egreso del sistema del Instituto del Niño y Adolescente del Uruguay (INAU) y desde la quinta edición personas con medidas transitorias del Instituto Nacional de Inclusión Social Adolescente (INISA) con el fin de contar con una experiencia de capacitación y una experiencia socio laboral para contribuir con sus necesarios procesos de autonomía;

                CONSIDERANDO: 1o.) que se han agotado los cupos antes mencionados en la lista de prelación quedando únicamente participantes del cupo general;

2o.) que se estarán realizando nuevas ediciones del Programa ABC Oportunidad Trabajo debiéndose cubrir todos los cupos;

3o.) que se reconoce la necesidad de contar con participantes de los cupos 12 % (doce por ciento) para personas afrodescendientes, 8% (ocho por ciento) para personas con discapacidad, 4 % (cuatro por ciento) para personas trans, 2 % (dos por ciento) para personas en situación de calle, 2 % (dos por ciento) para mujeres víctimas de violencia basada en género derivadas de las Comuna Mujer, 2 % (dos por ciento) de mujeres trabajadoras sexuales y personas que ofrecen servicios sexuales, 2 % (dos por ciento) de personas privadas de libertad y/o recientemente liberadas (DINALI e INISA), el 1 % (uno por ciento) de población migrante, y también 1% (uno por ciento) de jóvenes en situación de egreso de INAU, de así como paridad de género;

4o.) que la Dirección General del Departamento de Desarrollo Social entiende oportuno dictar resolución al respecto;

EL INTENDENTE DE MONTEVIDEO

RESUELVE:

1.- Convalidar lo realizado hasta la fecha por el Programa ABC Oportunidad Trabajo y autorizar al Departamento de Desarrollo Social, como excepción a lo dispuesto por las Resoluciones Nros. 3165/21 y 2817/22 de fechas 26 de agosto de 2021 y 11 de julio de 2022 respectivamente, a incorporar a partir de la 5ta edición del Programa -así como las que eventualmente se desarrollen en el futuro- postulantes de los cupos antes mencionados que expresen su interés de participar a través de la derivación de organizaciones sociales y de las unidades de esta Intendencia.-

2.- Autorizar la realización de un sorteo con los inscriptos derivados a cada cupo y posteriormente validar la lista de prelación que surja de cada uno.-

3.- Comuníquese a todos los Departamentos, a la Prosecretaría General, a todos los Municipios, a las Divisiones de Políticas Sociales, de Asesoría Jurídica y de Asesoría de Desarrollo Municipal y Participación, a las Secretarías de la División Políticas Sociales, a la Asesoría de Igualdad de Género, a la Gerencia de Compras, a la Unidad de Auditoría Interna, a la Unidad de Gestión Presupuestal (DS) y pase al Departamento de Gestión Humana y Recursos Materiales a sus efectos.-

MAURICIO EMILIO ZUNINO CANEPA, INTENDENTE DE MONTEVIDEO.-

OLGA BEATRIZ OTEGUI PINTOS, SECRETARIA GENERAL.-