Resolución N° 2089/01
Nro de Expediente:
1001-015550-00
 
JURIDICO
Fecha de Aprobación:
11/6/2001


Tema:
RECURSOS

Resumen:
No hacer lugar al recurso de apelación en subsidio, interpuesto por el Sr. Alem García, contra la Resolución de fecha 28 de junio de 2000, dictada por la Dirección de la División Tránsito y Transporte.-

Montevideo, 11 de Junio de 2001.-
 
        VISTO: los recursos de reposición y apelación en subsidio, interpuestos por el Sr. Alem García, contra la Resolución de fecha 28 de junio de 2000, dictada por la Dirección de la División Tránsito y Transporte;
        RESULTANDO: 1º) que por dicho acto no se hizo lugar a la petición del reclamante en el sentido que se le devolviera la libreta correspondiente al vehículo Matrícula B.533.416, que le fuera retenida por personal de inspección, por haber cometido una infracción de tránsito que fue sancionada por Intervenido Nº 517.977 de fecha 20 de mayo de 2000;
        2º) que el recurrente sostiene que no cometió la aludida infracción, dado que la luz del semáforo se encendió al tiempo que iniciaba el cruce y que no detuvo la marcha entonces, para evitar la eventualidad de un accidente;
        CONSIDERANDO: 1o.) que la División Tránsito y Transporte desestimó el recurso de reposición interpuesto (fs. 11);
        2o.) que el accionamiento adolece de defectos formales, en cuanto se denomina erróneamente como "recursos de revocación y jerárquico";
        3o.) que el informe de fs. 12 comparte lo expresado por la Comisión Asesora de Apelaciones de Multas (fs. 11), que a su vez se remite a los informes obrantes, que concluyen que la infracción constatada fue el cruce con el semáforo en luz roja, aclarando detalles de visibilidad y entorno, por lo cual estima también que debe desestimarse la impugnación interpuesta;
        4o.) que por lo expuesto, el Departamento Jurídico entiende pertinente el dictado de resolución en el sentido que se indica;
        EL INTENDENTE MUNICIPAL DE MONTEVIDEO
        RESUELVE:
        1º.- No hacer lugar al recurso de apelación en subsidio, interpuesto por el Sr. Alem García, contra la Resolución de fecha 28 de junio de 2000, dictada por la Dirección de la División Tránsito y Transporte.-
        2º.- La División Tránsito y Transporte remitirá testimonio de la referida multa, con la constancia de que se trata de un acto administrativo firme, al Departamento de Recursos Financieros, para gestionar el cobro ejecutivo de la misma.-
        3º.- Pase, por su orden, al Servicio Central de Inspección General, para la notificación correspondiente; y a la División Tránsito y Transporte, a los fines previstos en el numeral anterior.-
ARQ. MARIANO ARANA, Intendente Municipal.-
DRA. MARIA JULIA MUÑOZ, Secretaria General.-