Resolución N° 123/24/5000
Nro de Expediente:
2024-5112-98-000004
 
GESTION HUMANA Y RECURSOS MATERIALES
Fecha de Aprobación:
19/2/2024


Tema:
LLAMADOS

Resumen:
Se autoriza a la División Gestión y Desarrollo de Personas a realizar el llamado a concurso abierto de oposición y méritos N° 1535 - P/24.-

Montevideo, 19 de Febrero de 2024.-
 
        VISTO: las presentes actuaciones promovidas por la División Gestión y Desarrollo de Personas;
        RESULTANDO: 1º.) que la Unidad Selección y Carrera Funcional en coordinación con el Servicio de Planeamiento Estratégico de Gestión Humana solicitan la aprobación de un llamado a concurso abierto de oposición y méritos y de sus bases completas, con la finalidad de confeccionar una lista de prelación para cubrir futuros cargos de ingreso a la Carrera 5204 – DOCTOR/A EN MEDICINA – especialidad MEDICINA FAMILIAR Y COMUNITARIA, perteneciente al Escalafón Profesional y Científico, Subescalafón Profesional y Científico, Nivel de Carrera V, con destino al Departamento de Desarrollo Social, División Salud, Servicio de Atención a la Salud;
        2º.) que se elevan las bases completas del llamado y la nómina de personas que integrarán el Tribunal del concurso;
        CONSIDERANDO: 1º.) lo dispuesto en el Decreto 28.387, sus resoluciones reglamentarias y el reglamento de concursos vigente;
        2°.) las facultades delegadas por Resolución Nº 0013/21 de fecha 7 de enero de 2021;
        LA DIRECCIÓN GENERAL DEL DEPARTAMENTO DE
        GESTIÓN HUMANA Y RECURSOS MATERIALES
        RESUELVE:
        1º.- Autorizar a la División Gestión y Desarrollo de Personas, Unidad Selección y Carrera Funcional, a realizar un llamado a concurso abierto de oposición y méritos y de sus bases completas, con la finalidad de confeccionar una lista de prelación para cubrir futuros cargos de ingreso a la Carrera 5204 – DOCTOR/A EN MEDICINA – especialidad MEDICINA FAMILIAR Y COMUNITARIA, perteneciente al Escalafón Profesional y Científico, Subescalafón Profesional y Científico, Nivel de Carrera V, con destino al Departamento de Desarrollo Social, División Salud, Servicio de Atención a la Salud;
        2º.- Aprobar las siguientes bases de llamado a concurso abierto de oposición y méritos:
          BASES DE LLAMADO A CONCURSO ABIERTO N° 1535 - P/24
          La Intendencia de Montevideo llama a concurso abierto de oposición y méritos, con la finalidad de confeccionar una lista de prelación para cubrir futuros cargos de ingreso a la Carrera 5204 – DOCTOR/A EN MEDICINA – especialidad MEDICINA FAMILIAR Y COMUNITARIA, perteneciente al Escalafón Profesional y Científico, Subescalafón Profesional y Científico, Nivel de Carrera V, con destino al Departamento de Desarrollo Social, División Salud, Servicio de Atención a la Salud.
          DEDICACIÓN HORARIA:
          30 (treinta) horas semanales en régimen de 6 (seis) horas diarias. Los horarios serán determinados por la Administración según los requerimientos de la tarea, la que puede incluir en su desarrollo, sábados, domingos y feriados (laborables y no laborables).
          REMUNERACIÓN:
          Sueldo base: $ 85.342,oo (pesos uruguayos ochenta y cinco mil trescientos cuarenta y dos) - correspondiente al Grado SIR 14 (vigencia 1º de octubre de 2023), más los beneficios sociales e incrementos salariales que se otorguen a los funcionarios/as de la Intendencia de Montevideo.
          NATURALEZA DEL CARGO:
          Se trata del ingreso a un cargo de presupuesto amparado en el Art. D.30 del Digesto Departamental a través de un contrato inicial por un período de prueba de 6 (seis) meses, sujeto a evaluación de desempeño, con posibilidad de recontratación anual. La Administración podrá renovar dicho contrato, si la evaluación es satisfactoria.
          En caso de resultar ganador/a un/a funcionario/a de la Intendencia de Montevideo si su función es de contrato, previo a la toma de posesión deberá renunciar a dicha función; si es presupuestado/a de esta Intendencia, no perderá su condición de prespuestado/a, de acuerdo al Art. D.83.3.1. del Volumen III del Digesto. Esto se viabiliza mediante la transformación del cargo presupuestal del/la funcionario/a vencedor/a en aquel por el que concursó, por tanto es material y jurídicamente imposible el mantenimiento del cargo anterior si este fuese docente y pasible de acumulación.
          FUNCIONES Y RESPONSABILIDADES DEL CARGO:
          El/La DOCTOR/A EN MEDICINA – especialidad MEDICINA FAMILIAR Y COMUNITARIA, está incluido dentro del Escalafón Profesional y Científico, el cual comprende ocupaciones en las que predominan las siguientes características:
          Comprende actividades complejas cuyo desarrollo requiera un alto nivel de conocimientos que se adquieren en el nivel superior universitario y habiliten aplicar, con enfoques integradores y amplio margen de autonomía, conceptos y teorías científicas, transmitir conocimientos y aumentar su acervo por medio de la investigación.
          DESCRIPCIÓN DE TAREAS:
          - Realiza las tareas a que lo habilita su título profesional en el marco de la repartición a la que pertenece, como por ejemplo:
          - Aplica conocimientos científicos para el diagnóstico, tratamiento, y prevención de las enfermedades físicas y mentales de pacientes ambulatorios en las policlínicas de la IdeM.
          - Integra equipos interdisciplinarios de profesionales de la salud, realizando actividades docente asistenciales de promoción de la salud integral de la población.
          - Realiza vigilancia epidemiológica.
          - Efectúa visitas domiciliarias en situaciones críticas socio-sanitarias.
          - Informa exámenes clínicos.
          - Elabora estadísticas sobre el estado sanitario de los usuarios.
          - Participa activamente en la coordinación con el M.S.P. en distintas áreas de actividad, en particular, en la elaboración y aplicación de decretos y reglamentos para salvaguardar y promover la salud de la comunidad y en la organización de los sistemas locales de salud.
          - Realiza el control psicofísico de determinados grupos de conductores.
          - Realiza atención integral en el primer nivel de atención a las personas no importando su edad, sexo, raza o religión así como a las familias y su acompañamiento cuando corresponde a través de las redes sociales del territorio donde ejerce.
          - Utiliza herramientas de promoción y prevención a través de programas específicos y de educación para la salud establecidas en lo nacional y municipal, y los enfoques de riesgo para la realización del diagnóstico precoz.
          - Trabaja en equipos multidisciplinarios.
          - Promueve el uso racional de los recursos.
          - Asesora en todos los temas de su profesión.
          - Tareas específicas de la Especialidad Medicina Familiar y Comunitaria.
          - Utiliza, mantiene y conserva: las herramientas, útiles, instrumentos, máquinas, equipos propios de su trabajo, equipamiento personal y su ámbito de trabajo ya sean instalaciones fijas, transitorias y/o vehículos, así como las zonas definidas para uso exclusivo del personal, en condiciones de orden e higiene de acuerdo a las normas generales y/o procedimientos de seguridad específicos. Hace uso adecuado de los materiales, dispone y retira los materiales sobrantes y desechos producto del proceso de trabajo, según los protocolos y/o procedimientos establecidos.
          REQUISITOS OBLIGATORIOS:
          - Título de Médico de Medicina Familiar y Comunitaria, expedido, revalidado o reconocido por la Universidad de la República, ó
          - Título de Doctor/a en Medicina, expedido por la Universidad de la República, cursando el 3er. año de Residencia o del Posgrado de la Especialidad en Medicina Familiar y Comunitaria, con el primer y segundo año aprobado, que deben incluir la Prueba Clínica aprobada de Primer y Segundo año, con documentación probatoria, ó
          - Título Universitario equivalente de 4 o más años de duración, expedido por Instituciones privadas avalado mediante Decreto de Reconocimiento del M.E.C. más Maestría en Medicina Familiar y Comunitaria expedido por la Universidad de Montevideo.
          - Acreditar inscripción vigente en el Colegio Médico del Uruguay (Ley N.º 18.591).
          - Ser ciudadano natural o legal (Art. 76 de la Constitución de la República).
          - Ser mayor de 18 (dieciocho) años de edad al momento de la inscripción.
          - Cédula de Identidad vigente.
          - Para el cupo Afrodescendiente, declaración jurada Ley Nro. 19.122.
          - Para el cupo Personas con Discapacidad, constancia de estar inscripto/a en el Registro Nacional de Personas con Discapacidad – MIDES. Ley Nro 19.684 Reglam. Decreto 104-019.
          - Para el cupo Personas Trans, tarjeta Uruguay MIDES o acreditar cambio de nombre y sexo registral o haber iniciado dicho trámite. Ley Nro. 19.684.
          - No haber sido destituido/a previamente de un organismo público en los términos del artículo 4 de la Ley Nº 18.172 del 31.08.07 en redacción dada por el artículo 10 de la Ley Nº 19.149 del 24.10.13.
          - Para profesionales con contrataciones de funciones y/o arrendamiento de servicios de esta Intendencia, contrato de arrendamiento que lo vincula a la IdeM.
          - La participación en el concurso de oposición y méritos estará sujeta al cumplimiento de la totalidad de los Requisitos Obligatorios y la presentación de toda la documentación requerida en estas bases.
          INSCRIPCIÓN Y SELECCIÓN DE LOS/AS ASPIRANTES:
          Los/as aspirantes deberán inscribirse exclusivamente a través de la Página Web de la IdeM. https://montevideo.gub.uy/institucional/oferta-laboral, en fecha y horario a determinar.
          Deberán seleccionar su inscripción en base a:
          1) CUPO GENERAL
          2) CUPO AFRODESCENDIENTE (Ley Nº 19.122)
          3) CUPO PERSONAS CON DISCAPACIDAD (Ley Nº 18.651)
          4) CUPO TRANS (Ley Nº 19.684)
          5) PASANTES/ BECARIOS
          Sera de aplicación al presente concurso lo establecido por las Leyes 19.122, 19.684 y 18.651, en cumplimiento de lo dispuesto por las citadas disposiciones legales se comunica que las convocatorias para ingreso que se realicen para ocupar los cargos a cubrir se llevarán a cabo prescindiendo de la posición que ocupe el postulante del cupo especial en la lista única de prelación definitiva. Entre los/as postulantes a un mismo cupo especial será convocado el/los mejor/es ubicado/os en la lista única de prelación definitiva.
          Para los cupos amparados por las leyes 19.122, 18.651 y 19.684, de corresponder, la persona estará habilitada a inscribirse en más de uno.
          El/la postulante será responsable por la veracidad de los datos ingresados en la inscripción. Cumplida ésta, se deberá imprimir la constancia de inscripción correspondiente la cual será solicitada en la instancia de Acreditación de Comprobantes de Requisitos Obligatorios.
          El/la postulante deberá proporcionar domicilio constituido en el Departamento de Montevideo, Nº de teléfono (fijo y/o celular) y correo electrónico.
          Alentamos a postularse a todas las personas que cumplan con los requisitos y condiciones del presente llamado, independientemente de su edad, género, raza, creencia, y sin otra distinción que las de sus talentos y virtudes.
          SORTEO:
          - Si el número de inscriptos/as al CUPO GENERAL supera los/as 100 (cien) aspirantes, se realizará una preselección de los/as mismos/as mediante sorteo.
          - Si el número de inscriptos/as al CUPO AFRODESCENDIENTE supera los/as 8 (ocho) aspirantes, se realizará una preselección de los/as mismos/as mediante sorteo.
          - Si el número de inscriptos/as al CUPO PERSONAS CON DISCAPACIDAD supera los/as 4 (cuatro) aspirantes, se realizará una preselección de los/as mismos/as mediante sorteo.
          - Si el número de inscriptos/as al CUPO TRANS supera los/as 2 (dos) aspirantes, se realizará una preselección de los/as mismos/as mediante sorteo.
          - Si el número de inscriptos al CUPO BECARIO/PASANTE supera los/as 10 (diez) se realizará una preselección de los/as mismos/as mediante sorteo.
          REALIZACIÓN DEL SORTEO Y PUBLICACIÓN DEL RESULTADO:
          - El sorteo se realizará ante Escribano Público, en fecha y horario a determinar, la cual se informará por intermedio de la página Web de la IdeM.
          - El resultado será publicado por el mismo medio, a partir de los 2 (dos) días hábiles posteriores a su realización.
          - Serán eximidos de la preselección por sorteo e ingresaran al proceso de selección del concurso:
          . Los/las funcionarios/as de la Intendencia que revistan en cargos presupuestales, en carácter de contratados para proveer futuros cargos de presupuesto o en funciones de contrato, habiendo sido designados en todos los casos como resultado de un concurso, que cumplan con los requisitos obligatorios y cuenten con una antigüedad mínima de 1 (un) año en el cargo. En tales casos será requisito indispensable el no poseer evaluaciones o calificaciones menores a 70 (setenta) puntos, ni haber sido objeto de sanciones de suspensión sin goce de sueldo que excedan de los 10 (diez) días, en el año previo la fecha de cierre de la inscripción respectiva.
          . Los profesionales que se encuentren prestando funciones en la Intendencia a la fecha de cierre de inscripción del llamado, que cuenten con una antigüedad mínima de 4 (cuatro) años y su vinculación lo sea a través de contrataciones de funciones y/o arrendamiento de servicios.
          . Los/as ciudadanos/as inscriptos que se desempeñen o hayan desempeñado en carácter de becarios y/o pasantes, que cumplan con los requisitos obligatorios y acumulativamente con las siguientes condiciones: a) Hayan desarrollado su beca o pasantía en los últimos 5 (cinco) años, a la fecha de cierre de inscripción del llamado. b) Dicha pasantía o beca haya tenido una duración de al menos 1 (un) año. c) Que la pasantía o beca haya caducado automáticamente por la pérdida de la calidad de estudiante, o por una sanción administrativa, o por inasistencias, o por comportamiento irregular, o por notoria mala conducta o ineptitud en el cumplimiento de sus funciones. Integrarán un cupo especial que los eximirá de la preselección por sorteo e ingresarán al proceso de selección del concurso, siempre que el número de postulantes no supere el cupo establecido en éstas bases. De superarse dicho cupo se realizará una preselección de los mismos mediante sorteo.
          ACREDITACIÓN DE COMPROBANTES DE REQUISITOS OBLIGATORIOS:
          Los ciudadanos/as convocados/as deberán presentar los comprobantes que acrediten los requisitos obligatorios en la fecha y hora a determinar, la cuál se informará a través de la página web.
          QUIENES NO CUMPLAN CON TODOS LOS REQUISITOS DEL LLAMADO O NO SE PRESENTEN DENTRO DEL PLAZO PREVISTO, QUEDARÁN ELIMINADOS DEL CONCURSO.
          LA ADMINISTRACIÓN PODRÁ OPTAR ENTRE DAR INICIO AL CONCURSO CON LOS/AS POSTULANTES QUE ACREDITARON LOS REQUISITOS OBLIGATORIOS, SIN NECESIDAD DE COMPLETAR LOS CUPOS INDICADOS, O BIEN REALIZAR POSTERIORES INSTANCIAS DE CITACIÓN.
          COMUNICACIÓN:
          Las comunicaciones y notificaciones relacionadas con las distintas instancias del concurso se realizarán a través de la página web de la Intendencia de Montevideo: https://montevideo.gub.uy/institucional/oferta-laboral siendo éste el único medio válido. Será de estricta responsabilidad de los/as postulantes mantenerse informados/as al respecto.
          Sin perjuicio de ello, cuando deban efectuarse convocatorias personales a los/as postulantes, la Intendencia de Montevideo estará facultada a utilizar la comunicación telefónica y/o electrónica conforme a los datos proporcionados por el interesado. La Intendencia de Montevideo no será responsable en caso de que el mensaje no llegue al destinatario/a por cualquier circunstancia.
          CONCURSO DE OPOSICIÓN Y MÉRITOS:
          El concurso de oposición y méritos se realizará en base a los siguientes componentes, con la puntuación máxima que se establece:
          Puntos
          Pruebas
          Méritos
          Total
          50
          50
          100
          a) PRUEBAS:
          El puntaje máximo es de 100 (cien) puntos que ponderará como el 50% (cincuenta por ciento) del puntaje total.
          El Tribunal determinará oportunamente la/s prueba/s a realizar por los postulantes, los puntajes máximos y la bibliografía en caso de que estime pertinente.
          Cada una de las pruebas posee carácter eliminatorio. El puntaje mínimo de aprobación de cada prueba es del 70% (setenta por ciento) del puntaje máximo previsto.
          QUIEN NO SE PRESENTE A ALGUNA DE LAS PRUEBAS ESTABLECIDAS QUEDARÁ AUTOMÁTICAMENTE ELIMINADO/A DEL CONCURSO.
          b) MÉRITOS:
          Quienes hayan alcanzado o superado el puntaje mínimo en cada una de las pruebas previstas, pasarán a la instancia de evaluación de Méritos.
          El puntaje máximo es de 100 (cien) puntos, que ponderará como el 50% (cincuenta por ciento) del puntaje total.
          PRESENTACIÓN DE CARPETA DE MÉRITOS:
          La Unidad Selección y Carrera Funcional, dictará y comunicará oportunamente el cronograma para la presentación de la misma que deberá contener:
          Declaración Jurada: completa y firmada.
          Currículum Vitae: con foto, datos personales y detalle de estudios, experiencia laboral y otros méritos, con los anexos que corresponda.
          Copia de la documentación que acreditan los méritos declarados. La experiencia laboral se debe especificar con el tipo de tareas realizadas, el grado de participación, fecha y duración de los trabajos y actividades declaradas.
          Todo mérito declarado que no esté debidamente certificado no podrá ser puntuado por el Tribunal actuante.
          FACTORES Y PONDERACIÓN DE LOS MÉRITOS:
          - Serán factores computables para el capítulo de méritos, los que a continuación se establece, con las respectivas ponderaciones máximas calculadas sobre la base de 100 (cien) puntos.
          - Se puntuarán exclusivamente los méritos debidamente documentados que tengan relación con el cargo que se concursa.
          - Es importante que los documentos sean presentados tomando en cuenta el cuadro de factores que figura a continuación.
          Factores
          Puntaje Máximo
          1 – FORMACIÓN (relativa al cargo que se concursa)
          1.1 -Educación formal
          25
          1.2-Postgrados, Especializaciones, Cursos de Capacitación, Asistencia a congresos, Seminarios y Talleres. Cursos relativos a la función pública impartidos por la IdeM u otros Organismos públicos (incluye escolaridad). Becas y Misiones de Estudio.
          25
          Sub-Total Formación
          50
          2 – EXPERIENCIA
          2.1-Actividad en la Adm. Pública (incluye Intendencia de Montevideo o Privada, forma de acceso y trabajos realizados.
          23
          2.2- Pasantias, zafrales y convenios, actividad docente, actuación en proyectos, consultorías o comisiones técnicas. Publicaciones, ponencias, trabajos presentados.
          15
          2.3-Calificación General (para el caso de ser funcionario de la IM y haber obtenido un puntaje en la última Calificación igual o superior a 50pts)
          12 (*)
          Sub-Total Experiencia
          50
          Total
          100
          (*) En caso de presentarse funcionarios/as de la Intendencia de Montevideo, el puntaje correspondiente a Calificación General a adjudicar será, de forma tal que quien tenga mayor calificación se le asigne 12 (doce) puntos y a los restantes la proporcionalidad utilizando regla de 3 (tres).
          EL PUNTAJE MÍNIMO DE APROBACIÓN DEL LLAMADO ES DE 55 (cincuenta y cinco) PUNTOS (sobre la base de 100 puntos).
          RESULTADO FINAL DEL CONCURSO:
          - Se confeccionará una única lista de prelación la cual contendrá la totalidad de los cupos, ordenada de mayor a menor, según el puntaje total (Pruebas + Méritos) obtenido por los/as participantes que hayan alcanzado o superado los puntajes mínimos establecidos en estas bases y alternando los correspondientes cupos en cumplimiento con las leyes 19.122, 18.651 y 19.684.
          - De originarse un empate entre 2 (dos) o más postulantes, se procederá a ordenar dichas posiciones de mayor a menor de acuerdo con el puntaje obtenido en la instancia pruebas.
          - De registrarse también un empate en la instancia mencionada, se tomará en cuenta el mayor puntaje del ítem formación entre los postulantes implicados, con el único cometido de desempatar y otorgar las posiciones que correspondan en la Lista de Prelación.
          - La lista de prelación tendrá una vigencia de un 1 (un) año a partir de la resolución final del concurso, siendo de absoluta responsabilidad de los postulantes comunicar cualquier cambio en sus datos personales (teléfono fijo, celular, domicilio y correo electrónico), ante la eventualidad de una posible convocatoria.
          - Una vez establecida la lista de prelación, los convocados por parte de la administración, deberán superar las instancias de evaluación Psicolaboral y de corresponder evaluación Médica, de acuerdo con lo previsto en el Art.D.33 del Digesto.
          - Las mismas tendrán carácter eliminatorio, y se realizarán a los convocados frente a cada necesidad de la Administración respetando rigurosamente la ubicación en la Lista de Prelación. En el caso de resultar algún convocado eliminado se llamará a evaluación a igual número de la lista de prelación.
          Evaluación Psicolaboral:
          La evaluación psicolaboral se realizará según el siguiente perfil:
          -Habilidad Emocional.
          -Muy Buen Relacionamiento.
          -Muy Buena Comunicación.
          - Proactividad.
          - Buena capacidad para la Planificación y Organización.
          - Pensamiento Analítico y Sistémico.
          - Vocación de Servicio.
          - Trabajo en Equipo.
          - Apego a las Normas Ético Laborales.
          Evaluación Médica:
          - Será evaluada a través de la presentación del Control de Salud (ex carné de salud) vigente expedido por instituciones habilitados por el Ministerio de Salud Pública.
          - Será seleccionado quien habiendo sido convocado/a para la realización de la evaluación psicolaboral y médica (de corresponder) haya aprobado ambas instancias.
          DISPOSICIONES GENERALES:
          - Una vez publicados los resultados de pruebas y/o de méritos, el concursante tendrá un plazo de 5 (cinco) días hábiles para solicitar la devolución correspondiente.
          - No podrán ingresar los/as ciudadanos/as que sean titulares de otros cargos públicos remunerados, o perciban pasividades u otras prestaciones, cuya acumulación no está permitida por las leyes vigentes y quienes hayan sido destituidos previamente de un organismo público en los términos del artículo 4 de la ley 18.172 del 31.08.07 en redacción dada por el artículo 10 de la ley 19.149 del 24.10.13.
          - La aceptación conlleva el deber de desempeñar el cargo al cual se accede, en el destino que le asigne la Administración.
          - Quienes resulten seleccionados, tendrán un plazo máximo de 5 (cinco) días hábiles a partir de la fecha de notificación de la resolución que establezca su nombramiento, para comunicarse con el Servicio Administración de Gestión Humana y manifestar su voluntad de aceptar dicho nombramiento (Art. R.160.1.3 Vol. III Digesto). La notificación se realizará al correo electrónico proporcionado por el/la postulante al momento de la inscripción.
          - Al momento de la toma de posesión del cargo se deberá presentar ante el Servicio Administración de Gestión Humana, el Certificado de Antecedentes Judiciales, el Certificado de Delitos Sexuales expedidos por la Dirección Nacional de Policía Técnica del Ministerio del Interior (Mercado Agrícola), Jura de la Bandera.
          - La Unidad Selección y Carrera Funcional devolverá las Carpetas de Méritos a quienes no integren la lista de prelación, dentro de los 3 (tres) meses siguientes a la fecha de aprobación de la Resolución Final del llamado. El concursante interesado en su retiro deberá solicitarlo en dicho plazo, y en caso de no hacerlo las carpetas serán desechadas.
          - Las carpetas de Méritos de quienes integren la lista de prelación se conservarán en virtud de una posible convocatoria a suplentes mientras tenga vigencia la lista de prelación.
          INTEGRACIÓN DEL TRIBUNAL:
          La selección de los/as aspirantes estará a cargo de un tribunal, el que estará integrado por:
          Presidente: Dr. Gustavo Milano CI Nº 1.541.208
          2do. Miembro: Dra. Maria Elvira Fernández CI Nº 1.718.282
          3er. Miembro: Dr. Giorgetto Galdi CI Nº 2.829.614
          1era. Suplente: Dra. Natalia Llaguno CI Nº 3.353.385
          Veedor: A ser designado por A.D.E.O.M.
          Veedor suplente: A ser designado por A.D.E.O.M.
        3°.- Encomendar a la Unidad Selección y Carrera Funcional la determinación de las fechas de publicación de bases, inscripción al concurso, así como de presentación de la Carpeta de Méritos.
        4°.- Comuníquese a todos los Departamentos, a todos los Municipios, a las Divisiones Asesoría de Desarrollo Municipal y Participación y Gestión y Desarrollo de Personas, a los Servicios Planeamiento Estratégico de Gestión Humana y de Administración de Gestión Humana, y pase a la Unidad Selección y Carrera Funcional a sus efectos.-

Sr. Jorge MESA, Director General del Departamento de Gestión Humana y Recursos Materiales..-