Resolución N° 2402/00
Nro de Expediente:
4113-020890-99
 
ACONDICIONAMIENTO URBANO
Fecha de Aprobación:
10/7/2000


Tema:
PERMISOS DE CONSTRUCCION

Resumen:
Admitir condicionado mantenimiento obras Bvar. Gral. Artigas Nº 4056 y Francisco Estole s/n.-

Montevideo, 10 de Julio de 2000.-
 
        VISTO: que por Permiso de Construcción Nº 4113-020890-99, se solicita regularizar las construcciones existentes en el predio empadronado con el Nº 410.887, sito con frentes al Bvar. Gral. Artigas Nº 4056 y la calle Francisco Estole s/n, según gráficos del Arq. Nelson Trias;
        RESULTANDO: 1º) que la Comisión Especial Permanente del Prado informa que: a) el predio está ubicado en la esquina de las mencionadas calles estando afectados ambos frentes por el retiro vigente de la zona de 4 mts.; b) las construcciones invaden el retiro frontal vigente por el Bvar. Gral. Artigas y teniendo en cuenta que éste ha sido respetado por el resto de las construcciones del tramo podrá ser solo aceptado con carácter precario y revocable, para no crear antecedente válido en futuras ampliaciones de la vivienda; c) por la calle Francisco Estole las construcciones se encuentran alineadas al borde del predio aceptando ésta como válida dado que es la dominante del tramo y d) como observaciones se debe adecuar la altura de los cercos a la reglamentación vigente y la necesidad de revestir la totalidad de la fachada frentista a la calle Francisco Estole, con material cerámico a efectos de obtener una imagen unitaria;
        2°) que el Servicio de Contralor de Edificaciones informa que comparte el criterio expuesto por la mencionada Comisión, por lo que puede accederse a lo solicitado con carácter temporal;
        3º) que la División Espacios Públicos y Edificaciones propicia autorizar el mantenimiento de las construcciones existentes con carácter precario y revocable y en forma condicionada al cumplimiento de los requerimientos establecidos por la citada Comisión;
        CONSIDERANDO: que el Departamento de Acondicionamiento Urbano entiende que corresponde proceder de conformidad;
        EL INTENDENTE MUNICIPAL DE MONTEVIDEO
        RESUELVE:
        1º.- No hacer lugar a la regularización de las construcciones existentes en el predio empadronado con el Nº 410.887, sito con frentes al Bvar. Gral. Artigas Nº 4056 y la calle Francisco Estole s/n, que según gráficos del Arq. Nelson Trias, del Permiso de Construcción Nº 4113-020890-99, ocupan zona de retiro frontal.-
        2º.- Tolerar su mantenimiento con carácter precario y revocable, condicionado a que se debe adecuar la altura de los cercos a la reglamentación vigente y la necesidad de revestir la totalidad de la fachada frentista a la calle Francisco Estole, con material cerámico a efectos de obtener una imagen unitaria.-
        3º.- Disponer que el Servicio de Contralor de Edificaciones deje constancia en forma destacada en los gráficos y junto al sello de aprobación del mencionado Permiso de Construcción de lo resuelto en los numerales 1º y 2º del presente acto administrativo.-
        4º.- Comuníquese a los Departamentos de Descentralización, para conocimiento de la autoridad local competente, de Recursos Financieros, a la Comisión Especial Permanente del Prado y pase al Servicio de Contralor de Edificaciones.-
ALBERTO ROSSELLI, Intendente Municipal.-
DRA. MARIA JULIA MUÑOZ, Secretaria General.-