Resolución N° 2257/14
Nro de Expediente:
4340-000148-14
 
DESARROLLO SOCIAL
Fecha de Aprobación:
2/6/2014


Tema:
CONVENIOS

Resumen:
Aprobar el texto de un convenio a firmarse con el Centro de Almaceneros, Minoristas y Baristas del Uruguay, con el objetivo de apoyar el desarrollo del Programa de Educación Alimentaria Cocina Uruguay, mediante la compra de insumos alimentarios para el desarrollo de las actividades educativas en la unidad cocina móvil y fija a almacenes o comercios afiliados a CAMBADU en el área metropolitana, para el desarrollo de los cursos de impartidas capacitación y para el desarrollo de actividades de presentación de programa y testeo de nuevas recetas.-

Montevideo, 2 de Junio de 2014.-
 
        VISTO: que el Servicio de Proyectos y Programas Sociales, inicia estas actuaciones tendientes a lograr un acuerdo promoviendo la firma de un convenio con el Centro de Almaceneros, Minoristas y Baristas del Uruguay (CAMBADU);
        RESULTANDO: 1o.) que a través de dicho instrumento se persigue apoyar el desarrollo del Programa de Educación Alimentaria Cocina Uruguay, mediante la compra de insumos alimentarios para el desarrollo de las actividades educativas en la unidad cocina móvil y fija a almacenes o comercios afiliados a CAMBADU en el área metropolitana, para el desarrollo de los cursos impartidos de capacitación y para el desarrollo de actividades de presentación de programa y testeo de nuevas recetas;
        2o.) que el Programa "Cocina Uruguay" se trata de un emprendimiento socio-educativo coordinado con el Servicio Social de la Industria de Brasil (SESI) por el que se prevé llevar la unidad de cocina móvil a distintas zonas del departamento de Montevideo, en procura de lograr una mejor y más saludable elaboración de alimentos y la creación de hábitos de alimentación saludables en la población;
        CONSIDERANDO: 1o.) que la División Asesoría Jurídica introduce modificaciones en el texto propuesto que fueron recogidas en el presente;
        2o.) que a los efectos de dotar de mayor agilidad al sistema asegurando su ejercicio eficiente se entiende



        conveniente hacer uso del mecanismo previsto en el artículo 280 de la Constitución de la República;
        LA INTENDENTA DE MONTEVIDEO
        RESUELVE:
        1.- Aprobar el texto de un convenio a firmarse con el Centro de Almaceneros, Minoristas y Baristas del Uruguay, en los siguientes términos: CONVENIO: En Montevideo, el .........de .............de dos mil catorce, POR UNA PARTE, la Intendencia de Montevideo, en adelante IdeM, representada en este acto por ….... inscripta en el Registro Único Tributario con el No. 211.763.350.018, con domicilio en esta ciudad en la Av. 18 de Julio No. 1360 y POR OTRA PARTE: el Centro de Almaceneros, Minoristas y Baristas del Uruguay, en adelante CAMBADU, inscripto en el Registro Único Tributario con el No. ........., representado por …., con domicilio en esta ciudad en …........, convienen en celebrar lo siguiente: PRIMERO: ANTECEDENTES: El programa de Educación Alimentaria denominado “Cocina Uruguay”, se lleva a distintas zonas de Montevideo por medio de una unidad de cocina móvil. Asimismo este programa tiene una Unidad educativa fija sito en el Mercado Agrícola de la IdeM, para dar cumplimiento a sus objetivos. Las metas de esta Administración con el desarrollo de este programa es procurar y difundir a toda la población una sana elaboración de los alimentos, así como la creación de hábitos de alimentación saludables. Este desarrollo se logra con la participación de todos los actores de la sociedad, desde la actividad pública y la privada, participando y colaborando con este programa. Es en este sentido que las partes resuelven firmar el presente convenio.- SEGUNDO: OBJETO: El presente convenio tiene por objeto apoyar el desarrollo del Programa de Educación Alimentaria Cocina Uruguay, mediante la compra de insumos alimentarios para el desarrollo de las actividades educativas en la unidad cocina móvil y fija a almacenes o comercios afiliados a CAMBADU en el área metropolitana, para el desarrollo de los cursos impartidos de capacitación y para el desarrollo de actividades de presentación del programa y testeo de nuevas recetas.- TERCERO: OBLIGACIONES DE CAMBADU: CAMBADU se obliga: a) transferir a la IdeM los alimentos necesarios para la realización de los cursos semanales en 2 (dos) turnos de hasta 70 (setenta) personas para la Unidad Móvil de Cocina Uruguay, y diferentes modalidades de cursos, charlas y jornadas semanales de hasta 120 (ciento veinte) personas para el aula fija de Cocina Uruguay, sita en el Mercado Agrícola; b) transferir a la IdeM los alimentos necesarios para realizar presentaciones con degustaciones, testeo de recetas para incorporar al recetario y capacitación de los funcionarios auxiliares de cocina y nutricionistas que integren el equipo docente operativo en ambas unidades. CAMBADU proveerá mercadería por un valor de hasta $ 8.000,oo (pesos uruguayos ocho mil) que se ajustará por IPC semestralmente, abastecido por los establecimientos asociados a este; c) proporcionar, en caso de ser necesario, un lugar de estacionamiento para la Unidad Cocina Móvil en el Parque Social, sito en Av. Dr. Luis A. de Herrera 4196.- CUARTO: OBLIGACIONES DE la IdeM: La IdeM se compromete a: 1) recepcionar los insumos necesarios para el Programa de Educación Alimentaria Cocina Uruguay los que se han adquirido en centros o comercios afiliados a CAMBADU, dentro de la zona metropolitana, y fueran seleccionados de un listado proporcionado por la institución mencionada, de acuerdo al lugar donde se encuentre la unidad cocina móvil, así como en la Unidad fija educativa según corresponda; 2) dictar hasta 3 (tres) cursos teórico práctico de 10 (diez) horas de duración, de los cuales 2 (dos) de ellos serán desarrollados por la unidad Cocina Móvil y 1 (uno) por la Unidad Fija ubicado en el Mercado Agrícola sito en la calle José L. Terra No. 2220, los que deberán efectuarse en forma gratuita en un lugar adecuado dentro de la zona metropolitana de esta ciudad, para apoyar actividades de responsabilidad social que CAMBADU quiera realizar; 3) exhibir en un lugar destacado del exterior de la unidad Cocina Móvil y fija, el logotipo de CAMBADU, como también en toda difusión que se realice, al igual que el conjunto de los patrocinantes y 4) mantener la presencia de la marca o logotipo de CAMBADU en la presentación del Proyecto ante la prensa.- QUINTO: PLAZO: El presente convenio entrará en vigencia a partir de la fecha de su firma y hasta el 30 de junio de 2015. El mismo podrá prorrogarse automáticamente por plazos anuales, sin perjuicio de lo cual cualquiera de las partes, con una antelación de 60 (sesenta) días a la finalización de cada plazo considerado, podrá comunicar a la otra su voluntad de no continuar con el mismo. SEXTO: RESCISIÓN: El incumplimiento de todas o cualquiera de las obligaciones a cargo de CAMBADU, dará lugar al inicio, previa constatación del mismo, de los trámites tendientes a la rescisión de este convenio por parte de la IdeM. Se considerará que CAMBADU ha incurrido en incumplimiento que amerite la rescisión, cuando notificada por escrito de la constatación del mismo, dentro del plazo de 10 (diez) días siguientes no lo rectificara a satisfacción de la IdeM, salvo que la conducta verificada implique una acción u omisión no susceptible de rectificación. Serán de aplicación las normas que regulan la sustanciación del procedimiento administrativo en la IdeM, que CAMBADU declara conocer y aceptar.- SÉPTIMO: MORA AUTOMÁTICA: La mora se producirá de pleno derecho, sin necesidad de acto judicial o extrajudicial alguno, por el solo vencimiento de los términos establecidos, así como por la realización u omisión de cualquier acto o hecho que se traduzca en hacer o no hacer algo contrario a lo estipulado.- OCTAVO: DOMICILIOS ESPECIALES: Las partes constituyen domicilios especiales a todos los efectos de este convenio en los indicados como respectivamente suyos en la comparecencia.- NOVENO: COMUNICACIONES: Cualquier notificación o intimación que deban realizarse las partes, se tendrá por válidamente efectuada si es hecha a los domicilios constituidos en este documento, por medio de telegrama colacionado o cualquier otro medio que diera certeza de su realización.- DÉCIMO: REPRESENTACIÓN: CAMBADU acredita la representación invocada según certificado notarial expedido el día .................... por el Escribano ............ y exhibido en este acto. En prueba de conformidad se firman cuatro ejemplares del mismo tenor en el lugar y fecha arriba indicados.-
        2o.- Delegar en la Dirección General del Departamento de Desarrollo Social la facultad de firmar el convenio que por el numeral anterior se aprueba.-
        3o.- Comuníquese a las Divisiones Comunicación y Políticas Sociales, Salud y a la Asesoría Jurídica, al Servicio de Escribanía y pase al Servicio de Proyectos y Programas Sociales a sus efectos.-
ANA OLIVERA, Intendenta de Montevideo.-
RICARDO PRATO, Secretario General.-