Resolución N° 566/13
Nro de Expediente:
5420-000104-11
 
ASESORIA JURIDICA
Fecha de Aprobación:
4/2/2013


Tema:
VARIOS

Resumen:
Se enajena por título compraventa y modo tradición a los Sres. Constanza Eliana Anzola Cardozo, y Adrián Maximiliano Saraleguy Salgado, la vivienda propiedad de esta Intendencia padrón Nº 43.071/013, ubicada en la calle Pasaje Dos No. 4572, Apto. 013 del Barrio La Paloma.-

Montevideo, 4 de Febrero de 2013.-
 
          VISTO: estas actuaciones relacionadas con la adjudicación de la vivienda propiedad de esta Intendencia padrón Nº 43.071/013, ubicada en la calle Pasaje Dos No. 4572, Apto. 013 del Barrio La Paloma, a los señores Constanza Eliana Anzola Cardozo y Adrián Maximiliano Saraleguy Salgado;
          RESULTANDO: 1o.) que la vivienda fue adjudicada al Sr. Luis Néstor Núñez Rivero por Resolución No. 6559/91, de 4 de noviembre de 1991;
          2o.) que el 24 de agosto de 2007 se dictó Sentencia No. 21/2007, rescindiendo la adjudicación del bien al Sr. Luis Néstor Núñez Rivero;
          3o.) que los Sres. Constanza Eliana Anzola Cardozo y Adrián Maximiliano Saraleguy Salgado han presentado documentación que acredita su calidad de ocupantes con fecha anterior a 30 de junio de 2007, de acuerdo a lo previsto por el Decreto No. 32.947;
          4o.) que el Servicio de Catastro y Avalúo con fecha 22 de febrero de 2011, ha establecido el valor de tasación de la vivienda en UR 309 (trescientas nueve Unidades Reajustables);
          5o.) que los Sres. Constanza Eliana Anzola Cardozo y Adrián Maximiliano Saraleguy Salgado han prestado su conformidad con la tasación, manifestando que abonarán el precio en 180 cuotas, declarando no ser funcionarios de esta Intendencia y no poseer otra vivienda;
          CONSIDERANDO: 1o.) que en virtud de encontrarse la vivienda en situación de ser escriturada, el Servicio de Escribanía informa que correspondería dictar una resolución de venta respecto de la vivienda que se trata, a favor de las citadas personas;
          2o.) que la División Asesoría Jurídica informa que procede proveer de conformidad;
          LA INTENDENTA DE MONTEVIDEO
          RESUELVE:
          1.- Enajenar por título compraventa y modo tradición a los Sres. Constanza Eliana Anzola Cardozo, C.I. 4.509.540-2 y Adrián Maximiliano Saraleguy Salgado, C.I. 2.022.843-4, la vivienda propiedad de esta Intendencia padrón Nº 43.071/013, ubicada en la calle Pasaje Dos No. 4572, Apto. 013 del Barrio La Paloma.-
          2.- El precio de venta del inmueble se fija en U.R. 309 (Unidades Reajustables trescientas nueve) pagadero en 180 cuotas mensuales, iguales y consecutivas, venciendo la primera de ellas el último día hábil del mes siguiente a la notificación.-
          3.- El saldo de precio de la Compraventa se garantizará mediante hipoteca.-
          4.- Pase al Servicio de Escribanía a sus efectos.-
ANA OLIVERA, Intendenta de Montevideo.-
DR. JORGE RODRIGUEZ, Secretario General (I).-