Resolución N° 260/00/3000
Nro de Expediente:
3200-001514-00
 
DESCENTRALIZACION
Fecha de Aprobación:
9/3/2000


Tema:
MULTAS - INSPECCION GENERAL

Resumen:
Aplicar multa a la firma CONCERT ZYX S.R.L.

Montevideo, 9 de Marzo de 2000.-
 
        VISTO: estos las presentes actuaciones relacionadas con el espectáculo realizado en el Velódromo Municipal, sito en Dr. Américo Ricaldoni s/n del que es responsable la empresa CONCERT ZYX S.R.L., R.U. C. 21. 3788080010, con domicilio a los efectos legales en la calle Jackson No. 1072;
        RESULTANDO: 1o) que con fecha 12/XII/99, al realizase un control con referencia a la hora del comienzo del espectáculo, se impartió la orden por parte de los inspectores allí ubicados, de dar puerta para el ingreso del público, incumpliendo con la misma, configurándose resistencia a la inspección en el local de referencia, de acuerdo a lo dispuesto por el Art. 24, del Decreto No. 21.626 de fecha 23 de abril de 1984;
        2o) que por la infracción constatada y de acuerdo a los Artículos 3o., Inc. 15 y 24o del Decreto No. 21.626 de fecha 23 de abril de 1984, el Servicio Central de Inspección General sugiere la aplicación de una multa de U.R. 54 a la firma titular de obrados;
        3o) que la División Administraciones Locales se muestra de conformidad;
        CONSIDERANDO: 1o) que la normativa vigente fija en unidades Reajustables los montos de las multas que se apliquen por transgredir las ordenanzas departamentales, hasta el máximo legal vigente;
        2o) que por Resolución No. 581/95 del 20/II/95 el Sr. Intendente Municipal delegó en el Director General del Departamento de Descentralización la facultad de aplicar multas hasta un monto de 55 U.R.;
        LA DIRECCION GENERAL DEL DEPARTAMENTO
        DE DESCENTRALIZACION
        EN EJERCICIO DE FACULTADES DELEGADAS
        RESUELVE:
        1.- Aplicar una multa de U.R. 54 ( Unidades Reajustables cincuenta y cuatro) a la empresa CONCERT ZYX S.R.L., R.U.C. 21.3788080010, con domicilio a los efectos legales en la calle Jackson No. 1072, por los motivos expresados en la parte expositiva de la presente Resolución.-
        2.- Disponer que transcurrido el plazo de 30 (treinta) días, si la multa permaneciera impaga, el Servicio Central de Inspección General informará a la Unidad Multas del Servicio Gestión de Cobro de Morosos a los efectos de gestionar el cobro.-
        3.- En caso de que el depósito resultare insuficiente el Servicio Central de Inspección General informará al Departamento de Recursos Financieros, a los efectos de gestionar el cobro de la diferencia.
        4.- Pase al Servicio Central de Inspección General para su notificación y demás efectos.-

PROF. ANA MARIA OLIVERA,, Directora General del Departamento de Descentralización.-