Resolución N° 4124/99
Nro de Expediente:
3120-000229-99
 
DESCENTRALIZACION
Fecha de Aprobación:
2/11/1999


Tema:
CONVENIOS

Resumen:
Convenio con el Instituto de Educación Popular El Abrojo y la Organización Social El Tejano, poner en funcionamiento los Centros Juveniles Mercado Victoria y La Tierrita, Servicio Centro Comunal Zonal No. 14

Montevideo, 2 de Noviembre de 1999.-
 
        VISTO: que la Comisión de Juventud gestiona la suscripción de un Convenio con el Instituto de Educación Popular El Abrojo y la Organización Social El Tejano;
        RESULTANDO: 1o) que el mismo es a los efectos de poner en funcionamiento y gestionar en forma conjunta los Centros Juveniles Mercado Victoria y La Tierrita, en la órbita del Servicio Centro Comunal Zonal No. 14;
        2o) que se efectuó solicitud SEFI No. 32318;
        CONSIDERANDO: 1o) que el Departamento de Descentralización se expresa de conformidad;
        2o) que a los efectos de dotar de mayor agilidad al sistema asegurando su ejercicio eficiente, se entiende conveniente hacer uso del mecanismo previsto en el Art. 280o. de la Constitución de la República;
        EL INTENDENTE MUNICIPAL DE MONTEVIDEO
        RESUELVE:
        1.- Aprobar el siguiente proyecto de Convenio con el Instituto de Educación Popular El Abrojo y la Organización Social El Tejano: CONVENIO: En Montevideo, a los días del mes de de mil novecientos noventa y nueve, POR UNA PARTE: la Intendencia Municipal de Montevideo, en adelante la Intendencia, representada por con domicilio en la Avda. 18 de Julio No. 1360; POR OTRA PARTE: el Instituto de Educación Popular El Abrojo, en adelante el Instituto, con personería jurídica No. 5174 registrada ante el Ministerio de Educación y Cultura, representado por con domicilio en la calle Maldonado No. 1162 y POR OTRA PARTE: la Organización Social El Tejano, en adelante El Tejano, con personería jurídica No. 7969 registrada en el Ministerio de Educación y Cultura, representada por con domicilio en la Avda. Dr. Carlos María Ramírez No. 867, convienen en celebrar lo siguiente: PRIMERO: OBJETO.- Las partes acuerdan poner en funcionamiento y gestionar en forma conjunta los Centros Juveniles Mercado Victoria y La Tierrita, en la órbita del Servicio Centro Comunal Zonal No. 14.- Asimismo, convienen que el Centro Juvenil es fundamentalmente para el uso activo y creativo del tiempo libre de los jóvenes de la zona.- Es un lugar de referencia, de encuentro entre iguales, para que a partir de sus motivaciones, necesidades y las ofertas que el propio Centro brinde, puedan proyectarse tanto a los jóvenes como a los adultos del barrio.- Es un espacio para el desarrollo de iniciativas propuestas por jóvenes de la zona y para la oferta de actividades y servicios para los mismos.- Los Centros Juveniles son partes constitutivas del Programa de Adolescentes de la Intendencia y por tal motivo, sus lineamientos programáticos, así como la planificación anual de actividades se ajustarán a los criterios de dicho programa.- SEGUNDO: PLAZO.- El presente Convenio comenzará a regir a partir de su firma y hasta el 31/XII/99, pudiendo renovarse automáticamente si a su vencimiento no es denunciado por ninguna de las partes.- TERCERO: APORTE DEL INSTITUTO Y EL TEJANO.- El Instituto y El Tejano designarán el personal técnico que trabajará en el Centro Juvenil.- Estará integrado por un Director/a del Centro y una pareja de educadores compuesta por una mujer y un hombre que cumplirán un horario de al menos cinco horas diarias durante cinco días a la semana.- Trabajarán bajo la supervisión directa de la Dirección Operativa del Programa de Adolescentes y deberán participar de las instancias de coordinación y formación que ésta determine.- CUARTO: APORTE DE LA INTENDENCIA.- La Intendencia transferirá a las Instituciones la suma de $ 63.000,oo (pesos uruguayos sesenta y tres mil) para el financiamiento de las distintas actividades que se llevarán adelante, con el control de la Comisión prevista en la Cláusula Quinta de este instrumento.- La transferencia se realizará en dos partidas iguales de $ 31.500,oo (pesos uruguayos treinta y un mil quinientos), una a la firma del presente Convenio y la segunda en el mes de noviembre.- De dicho monto se rendirán cuentas en la forma que se establece en la Cláusula Sexta.- La Intendencia aportará, a su vez, la infraestructura edilicia y el equipamiento correspondiente cuyo uso y administración se reglamentará por parte de la Comisión de Juventud de la Intendencia.- QUINTO: EVALUACION Y SEGUIMIENTO.- Se crea una Comisión de evaluación y seguimiento del presente Convenio, integrada por un representante del Instituto y El Tejano, uno del Servicio Centro Comunal Zonal No. 14, otro de la Comisión de Juventud de la Intendencia y un representante del Programa de Adolescentes.- La Institución y El Tejano deberán presentar un informe bimensual que contenga una evaluación de las actividades realizadas y la rendición de gastos correspondiente, reservándose la Intendencia el derecho de realizar auditorías e inspecciones cuando lo estime oportuno.- SEXTO: INCUMPLIMIENTO.- Cualquiera de las partes podrá rescindir este Convenio en caso de incumplimiento, así como desistir en forma unilateral con un preaviso de por lo menos 30 (treinta) días anteriores al vencimiento del plazo o su prórroga, aceptando las partes el telegrama colacionado como medio idóneo para realizar las comunicaciones.- Para constancia y como prueba de conformidad se firman dos ejemplares del mismo tenor en el lugar y fecha arriba indicados.-
        2.- Delegar en el Director General del Departamento de Descentralización la facultad de suscribir el Convenio que por el numeral anterior se aprueba.-
        3.- Comuníquese al Departamento de Recursos Financieros, a la División Promoción Social, a los Servicios de Relaciones Públicas y Comunicaciones, de Escribanía, a las Unidades de Convenios y de Apoyo y Asesoramiento del Departamento de Descentralización y pase por su orden al Servicio de Contabilidad General y a la Comisión de Juventud.-
ARQ. MARIANO ARANA, Intendente Municipal.-
DRA. MARIA JULIA MUÑOZ, Secretaria General.-