Resolución N° 2496/23
Nro de Expediente:
2023-1009-98-000164
 
SECRETARIA GENERAL
Fecha de Aprobación:
29/05/2023


Tema:
CONVENIOS/CONTRATOS

Resumen:
CONVENIO. SE APRUEBA EL TEXTO DEL CONVENIO ESPECÍFICO A SUSCRIBIR ENTRE ESTA INTENDENCIA Y LA UNIVERSIDAD DE LA REPÚBLICA, INSTITUTO SUPERIOR DE EDUCACIÓN FÍSICA CON EL FIN DE IMPLEMENTAR UN DOCUMENTO ENTRE AMBAS INSTITUCIONES, RELATIVO A LA SISTEMATIZACIÓN DE LAS EXPERIENCIAS DEL TRABAJO REALIZADO EN EL MARCO DE LAS PASANTÍAS REMUNERADAS DE LOS ESTUDIANTES DE LA LICENCIATURA DE ISEF EN LA SECRETARÍA DE EDUCACIÓN FÍSICA, DEPORTE Y RECREACIÓN DE ESTA INTENDENCIA.-

Montevideo, 29 de Mayo de 2023.-
 

                         VISTO: estas actuaciones relacionadas con el convenio específico a suscribir entre esta Intendencia y la Universidad de la República -Instituto Superior de Educación Física;

                         RESULTANDO: 1o.) que el objeto de dicho convenio consiste en la implementación de un documento/informe elaborado por un equipo de trabajo conformado entre ambas instituciones, relativo a la sistematización de las experiencias del trabajo realizado en el marco de las pasantías remuneradas de los estudiantes de la licenciatura de ISEF en la Secretaría de Educación Física, Deporte y Recreación dependiente de la División Asesoría de Desarrollo Municipal y Participación;

2o.) que la Intendencia se compromete a transferir la suma total de $ 965.422,oo correspondiente al rubro sueldos para la contratación de dos docentes grado 2, con una carga de 20 horas semanales, por un año, para conformar el mencionado equipo de trabajo;

3o.) que el Equipo Técnico Contralor de Contratos de la Unidad Asesoría efectuó el control jurídico formal que le compete realizando algunas puntualizaciones que son recogidas en el texto a aprobar;

4o.) que se generó la solicitud de pedido FI Nº 127186 por la suma de referencia correspondiente a la primera, segunda y tercera partida estipuladas en el referido convenio;

5o.) que el 17/5/23 la mencionada División remite las actuaciones para el dictado de la correspondiente resolución;

6o.) que la Dirección General del Departamento de Secretaría General de conformidad eleva las actuaciones;

                         CONSIDERANDO: 1o.) que a los efectos de la firma del contrato se entiende conveniente hacer uso del mecanismo previsto en el Art. 280 de la Constitución de la República;

2o.) lo previsto en el Artículo 33, literal D), numeral 1) del Texto Ordenado de la Contabilidad y Administración Financiera del Estado (TOCAF);

3o.) que se entiende pertinente dictar resolución en tal sentido;



LA INTENDENTA DE MONTEVIDEO

RESUELVE:

1. Aprobar el texto del convenio específico a suscribir entre esta Intendencia y la Universidad de la República, Instituto Superior de Educación Física, en los siguientes términos:

 

CONVENIO ESPECÍFICO ENTRE LA UNIVERSIDAD DE LA REPÚBLICA, INSTITUTO SUPERIOR DE EDUCACIÓN FÍSICA Y LA INTENDENCIA DE MONTEVIDEO:

En Montevideo, a los … días del mes de ............. de dos mil veintitrés, comparecen: POR UNA PARTE: La INTENDENCIA DE MONTEVIDEO (en adelante IdeM), con domicilio en la Avenida 18 de Julio Nº 1360 de esta ciudad , RUT 211763350018, representada en este acto por …………… , en su calidad de ….. y POR OTRA PARTE: La UNIVERSIDAD DE LA REPÚBLICA , representada en este acto por ….., en su calidad de …. , RUT 214393430017, con domicilio en la Av. 18 de julio Nº 1824 de la ciudad de Montevideo, (en adelante UdelaR ), quienes celebran el presente convenio: CLÁUSULA PRIMERA: ANTECEDENTES: 1) El 26 de diciembre del 2008 fue aprobado un convenio de cooperación institucional entre la Udelar y la IdeM cuyo objeto refiere a - La realización de pasantías por parte de estudiantes de la UdelaR dentro de las dependencias de la IdeM siendo sus objetivos fundamentales: a) Mejorar la capacitación y competencias de los estudiantes, adquiriendo experiencia mediante el desempeño de actividades que en lo posible, tengan vinculación con la profesión para la que se preparan, y que al mismo tiempo sean de utilidad para la IdeM; b) Contribuir a resolver dificultades económicas de los beneficiarios, a través de un estipendio por las actividades desarrolladas por éstos .2) En este marco y considerando el informe elaborado por la Secretaría de Educación Física, Deporte y Recreación de la IdeM (SEFD y R) y la Dirección de ISEF sobre las acciones para desarrollar un programa de pasantías remuneradas en el área de la educación física en la IdeM, la Comisión Directiva del Instituto Superior de Educación Física resolvió: continuar con la implementación del programa de pasantías remuneradas en Convenio con la IdeM, Resolución Nº 2 del 29 de julio de 2022 y mediante el asesoramiento de una Comisión Asesora realizó un llamado para la provisión de 32 (treinta y dos) pasantías remuneradas a estudiantes de la Licenciatura en Educación Física, para desempeñar tareas en la Secretaría de Educación Física, Deporte y Recreación de la IdeM a partir de la fecha de toma de posesión, antecedentes que lucen en el distribuido N° 932/22. 3) A su vez se vienen desarrollando diferentes acciones con el objeto de generar, impulsar y/o resignificar los procesos de desarrollo territoriales entre la IdeM y el INSTITUTO SUPERIOR DE EDUCACIÓN FÍSICA, mediante propuestas académicas que vinculan el Programa ABC de la IdeM con el ISEF. CLÁUSULA SEGUNDA: OBJETO: El objeto del presente acuerdo consiste en la implementación de un documento/informe elaborado entre ambas instituciones, relativo a la sistematización de las experiencias del trabajo realizado en el marco de las pasantías remuneradas de los estudiantes de la licenciatura de ISEF insertos en el equipo de trabajo de la Secretaría de Educación Física, Deporte y Recreación de la IdeM. CLÁUSULA TERCERA: DE SU IMPLEMENTACIÓN: 3.1 Equipo de trabajo. a) Ambas instituciones conformarán un equipo de trabajo cuyo cometido será realizar el relevamiento, sistematización, documentación y elaboración de un documento referente a las experiencias de las pasantías remuneradas de los estudiantes de la licenciatura de Educación Física de ISEF .b) Dicho equipo estará constituido por 2 (dos) docentes grado 2 del Instituto Superior de Educación Física y un representante del equipo de trabajo de la Secretaría de Educación Física, Deporte y Recreación de la IdeM. c) El mismo contará con la participación de los equipos técnicos y académicos de comunicación, tanto de ISEF como de la IdeM. 3.2 Informe final. a) El producto resultante del trabajo realizado podrá tener formato de libro, librillo o compendio y contar con la complementación de un registro audiovisual y/ o fotográfico. En caso de ser difundido este último se deberá contar con la debida autorización de quien aparezca en imagen o sonido. b) El mismo tendrá las finalidades de alcanzar una mayor difusión del trabajo realizado tanto por la IdeM como por el ISEF y generar un antecedente de trabajo académico entre ambas instituciones. c) Para la concreción de dichos fines se llevarán adelante las siguientes acciones: - Relevamiento de los informes anuales de los pasantes. - Registro fotográfico y/ o audiovisual de las experiencias. - Técnicas cuantitativas y cualitativas. (Entrevista en profundidad, Encuesta, Focus Groups Observación / Observación participante, formularios encuestas - Entrevistas de campo a los beneficiarios de dichas prácticas). - Reuniones de trabajo. Entre otras. d) De la propiedad intelectual. Las cuestiones relativas a la propiedad intelectual, incluidos los derechos de autor y otros resultantes de actividades llevadas a cabo en el ámbito del presente instrumento, así como la eventual explotación económica, serán objeto de instrumento(s) jurídico(s) propio(s), observada la legislación y normas pasibles de aplicación a la materia. En los términos de la legislación vigente, quedan asegurados al (a los) autor(es), persona(s) física(s), los derechos morales sobre la(s) obra(s) que se crear(en), así como queda ajustado que frente a los eventuales derechos patrimoniales el (los) autor(es) celebrará(n) con los partícipes, en el momento oportuno, un Contrato de Cesión de Derechos de Autor. CLÁUSULA CUARTA: OBLIGACIONES DE LAS PARTES I) OBLIGACIONES DE ISEF: 1) Contratar 2 (dos) docentes Grado 2, con una carga de 20 (veinte) horas semanales. 2) Gestionar los insumos y herramientas necesarias para la implementación del documento. 3) Realizar las tareas de difusión y administración de este. 4) Asignar los fondos transferidos por parte de la IdeM al destino acordado en el presente convenio. 5) Supervisar los fondos transferidos por parte de la IdeM al destino acordado en el presente convenio. 6) RENDICIÓN DE CUENTAS: El ISEF deberá rendir cuentas con una periodicidad no mayor a 3 (tres) meses y dentro de los 10 (diez) días siguientes a la finalización de cada trimestre. Dicha rendición deberá efectuarse de conformidad con los modelos de "Informe de Revisión Limitada" y "Declaración Jurada de los Representantes Legales de las Organizaciones" que fueran aprobados por Resolución Nº 4401/13 de 30 de setiembre de 2013, de conformidad con lo dispuesto por la Resolución Nº 2554/14 de 23 de junio de 2014, que establece la obligatoriedad del Pronunciamiento Nº 20 del Colegio de Contadores, Economistas y Administradores del Uruguay, para todas las rendiciones de cuentas que se presenten ante la IdeM por las organizaciones que vayan a realizar convenios o a recibir donaciones modales. Exhibir los siguientes documentos a requerimiento de la IdeM si correspondiere: 1) Certificado que acredite situación regular de pago de las contribuciones a la Seguridad Social a la entidad previsional que corresponda (Art. 663 de la Ley Nº 16.170, de 28 de diciembre de 1990). 2) Constancia del Banco de Seguros del Estado que acredite la existencia del seguro de accidentes de trabajo y enfermedades profesionales. 3) Planilla de Control de Trabajo, recibo de haberes salariales y en su caso, convenio colectivo aplicable. 4) Datos personales de los participantes comprendidos en la ejecución del modo impuesto por la IdeM .II) OBLIGACIONES DE LA IdeM: La IdeM se compromete a: a) Transferir a la Udelar la suma de $ 965.422,oo (pesos uruguayos novecientos sesenta y cinco mil cuatrocientos veintidós), correspondiente al rubro sueldos para la contratación de  2 (dos) docentes Grado 2, 20 hs. Udelar y será abonada de la siguiente manera:- Una primera partida de $ 482.711,oo (pesos uruguayos cuatrocientos ochenta y dos mil setecientos once) al mes de la firma del presente convenio.- Una segunda entrega de $ 289.627,oo (pesos uruguayos doscientos ochenta y nueve mil seiscientos veintisiete) a los 4 (cuatro) meses de la fecha señalada anteriormente.- Una última entrega de $ 193.084,oo (pesos uruguayos ciento noventa y tres mil ochenta y cuatro)  1 (un) mes antes de la finalización del plazo del presente convenio. Las sumas de dinero serán depositadas en la cuenta corriente del …. Nº ….. perteneciente a la UDELAR, en las oportunidades señaladas. b) Poner a disposición los recursos materiales y técnicos necesarios para la implementación y difusión de dicho documento. CLÁUSULA QUINTA: PLAZO: El presente convenio entrará en vigencia a partir de su suscripción y tendrá vigencia por el plazo de 1 (un) año. CLÁUSULA SEXTA:DENUNCIAS – Los incumplimientos a lo acordado en el presente Convenio podrán ser denunciados por cualquiera de las partes, debiendo realizarse comunicación escrita previa con antelación no inferior a los 30 (treinta) días, por cualquier medio de notificación fehaciente. Las denuncias no suspenderán en sí mismas el desarrollo de las actividades y programas que ya se hubieran acordado, continuando hasta su total conclusión, salvo que expresamente se determine lo contrario por parte de los representantes de las partes contratantes. CLÁUSULA SÉPTIMA: RESOLUCIÓN DE CONFLICTOS – Toda diferencia que resultare de la interpretación o aplicación del presente convenio se resolverá por la vía de la negociación directa entre los representantes de ambas Instituciones. CLÁUSULA OCTAVA: MORA AUTOMÁTICA: La mora se producirá de pleno derecho, sin necesidad de acto judicial o extrajudicial alguno, por el solo vencimiento de los términos establecidos, así como por la realización u omisión de cualquier acto o hecho que se traduzca en hacer o no hacer algo contrario a lo estipulado. CLÁUSULA NOVENA:RESCISIÓN: El incumplimiento de todas o cualquiera de las obligaciones a cargo de las partes, dará lugar al inicio, previa su constatación, de los trámites tendientes a la rescisión de este convenio por la parte cumplidora. Se considerará que se ha incurrido en incumplimiento que amerite la rescisión del convenio cuando, notificada por escrito de la constatación, dentro del plazo de 10 (diez) días siguientes, la parte incumplidora no lo rectificara a satisfacción de la otra parte, salvo que la conducta verificada implique una acción u omisión no susceptible de rectificación. En caso de incumplimiento de laguna de las partes, serán de aplicación las normas que regulan la sustanciación del procedimiento administrativo en la IdeM, que la ISEF declara conocer y aceptar. CLÁUSULA DÉCIMO :- INDIVISIBILIDAD: Las partes acuerdan la indivisibilidad del objeto de las obligaciones contraídas en el presente contrato hasta la total extinción de estas. CLÁUSULA DECIMOPRIMERO: DOMICILIO/COMUNICACIONES.- Las partes constituyen domicilio a los efectos de este convenio en los indicados en la comparecencia. Las partes reconocen la eficacia del telegrama colacionado con aviso de retorno como medio auténtico de notificación, sin perjuicio de poder utilizar otro medio idóneo dispuesto por las leyes a tales efectos. Y para constancia las partes suscriben 2 (dos) ejemplares del mismo tener en el lugar y fecha indicados en el acápite.-

2. Establecer que la erogación de $ 965.422,oo (pesos uruguayos novecientos sesenta y cinco mil cuatrocientos veintidós) se atenderá de acuerdo con lo solicitud de pedido FI Nº 127186, correspondiente a la primera, segunda y tercera partida establecida en el referido convenio.-

3. Delegar en la Dirección General del Departamento de Secretaría General la facultad de suscribir el convenio que se aprueba por el numeral 1o.).-

4. Comuníquese a la Universidad de la República, a las Divisiones Asesoría Jurídica, Asesoría de Desarrollo Municipal y Participación, a la Secretaría de Educación Física, Deporte y Recreación y pase por su orden a Contaduría General para su intervención y a los Servicios de Escribanía y de Relaciones Públicas para coordinar la formalización del presente convenio específico y demás efectos.-

 

 

 

OLGA BEATRIZ OTEGUI PINTOS, SECRETARIA GENERAL.-

ANA CAROLINA COSSE GARRIDO, INTENDENTA DE MONTEVIDEO.-