VISTO: estos obrados relacionados con el predio propiedad de la Intendencia empadronado con el Nº 431.183 (antes 430.229 parte) ubicado con frente a la calle Cristóbal Cayetano de Herrera entre las calles Isidro Pérez de Roxas y Tomás Texera;
RESULTANDO: 1º) que el Servicio de Tierras y Viviendas informa que: a) la Cooperativa de Viviendas Vaimaca custodió el padrón otorgado durante 20 años sin poder construir sus casas; b) la construcción de todas las viviendas fue incluido en el plan nacional de relocalizaciones, estando prevista su adjudicación; c) a pesar de ahora ser parte del convenio con el Ministerio de Vivienda y Ordenamiento Territorial, el grupo de familias sigue funcionando socialmente como cooperativa; d) por todo lo anterior y en virtud de la cercanía de la mudanza, se propicia la adjudicación de las viviendas correspondientes en calidad de comodato precario;
2º) que la División Tierras y Hábitat presta su conformidad;
CONSIDERANDO: que la Dirección General del Departamento de Desarrollo Urbano entiende que, teniendo en cuenta lo dispuesto por la Resolución Nº 3390/19 del 15/VII/19, es pertinente la adjudicación del inmueble en las condiciones aconsejadas;
LA INTENDENTA DE MONTEVIDEO
RESUELVE:
1º.- Autorizar la suscripción de 17 (diesisiete) contratos de comodato precario de acuerdo al texto aprobado por Resolución Nº 3390/19 del 15/VII/19, a celebrarse entre esta Intendencia y las familias de la Cooperativa Vaimaca por las viviendas ubicadas en el predio propiedad de la Intendencia empadronado con el Nº 431.183 (antes 430.229 parte) ubicado con frente a la calle Cristóbal Cayetano de Herrera entre Isidro Pérez de Roxas y Tomás Texera de acuerdo al siguiente detalle:
TITULARES |
CÉDULA DE IDENTIDAD |
DIRECCIÓN |
Mónica Patricia Villa Enrique |
3.168.103-3 |
Cristóbal Cayetano de Herrera Nº 1151 |
Natalia Romina Álvarez |
5.251.031-2 |
Cristóbal Cayetano de Herrera Nº 1155 |
Micaela Rodríguez
Javier Nicolás Pereira Villa
|
5.266.636-4
5.161.259-3
|
Cristóbal Cayetano de Herrera Nº 1159 |
Martín Nicolás Álvarez |
5.191.347-4 |
Cristóbal Cayetano de Herrera Nº 1161 |
Mariana Florencia Villa Enrique |
4.837.548-3 |
Cristóbal Cayetano de Herrera Nº 1167/01 |
Lorena Tatiana Cachez Rodríguez
Andrea Yoselín Javier Rodríguez
|
5.500.293-9
5.148.965-1
|
Cristóbal Cayetano de Herrera Nº 1167/02 |
Rosario Milagros Rodríguez |
3.351.582-8 |
Cristóbal Cayetano de Herrera Nº 1167/03 |
Elizabeth Iris Costa Peñalba |
4.154.993-2 |
Cristóbal Cayetano de Herrera Nº 1167/04 |
Tatiana Yoselin González Celis |
5.003.739-2 |
Cristóbal Cayetano de Herrera Nº 1167/05 |
Miriam De Longo Sosa
Robert Wally Rodríguez
|
1.342.124-7
2.825.998-0
|
Cristóbal Cayetano de Herrera Nº 1167/06 |
Nadia Karen Villa Enrique
Marcelo Pérez Sosa
|
4.381.627-4
2.729.930-1
|
Cristóbal Cayetano de Herrera Nº 1167/07 |
Rodolfo Villa Enrique |
4.381.628-0 |
Cristóbal Cayetano de Herrera Nº 1167/08 |
María Belén Pereira Villa |
5.467.388-3 |
Cristóbal Cayetano de Herrera Nº 1175 |
Merisa Fiorella Echevarría Suárez
Rafael Fabio Cáceres González
|
5.523.677-3
5.336.317-8
|
Cristóbal Cayetano de Herrera Nº 1179 |
Andrea Casabonne Rodríguez
José María Magallanes Castelló
|
5.121.225-0
4.424.377-5
|
Cristóbal Cayetano de Herrera Nº 1183 |
Jennifer Gutiérrez
José Eduardo Camacho
|
4.384.227-7
4.887.855-4
|
Cristóbal Cayetano de Herrera Nº 1187 |
María Eugenia Villa Enrique
Diego Martín Rodríguez
|
4.837.543-3
4.389.974-1
|
Cristóbal Cayetano de Herrera Nº 1191 |
2º.- Establecer que el Servicio de Tierras y Viviendas deberá indicar en la notificación correspondiente, en caso de ser necesario, el estado del inmueble en inventario que se firmará por separado de ese acto.-
3º.- Comuníquese al Municipio G, al Servicio Centro Comunal Zonal Nº 13, a la División Tierras y Hábitat y pase al Servicio de Tierras y Viviendas a los efectos de la regularización de los servicios básicos del inmueble. |