Resolución N° 1869/00/2000
Nro de Expediente:
9922-000494-00
 
RECURSOS FINANCIEROS
Fecha de Aprobación:
27/7/2000


Tema:
EXONERACIONES - MULTAS Y RECARGOS

Resumen:
Se declara exonerada a la Embajada de Portugal del pago de la multa y recargos emergentes de la deuda que mantiene con esta Comuna, por concepto de Tasa General Municipal respecto del inmueble de su propiedad padrón No. 30.194, ubicado en la Avenida Francisco Soca No. 1128, sede de la Cancillería, por el período 1/7/97 - 30/6/99, al amparo del art. 25 del Decreto No. 27.803.-


Montevideo, 27 de Julio de 2000.-
 
        VISTO: la gestión de la Embajada de Portugal, solicitando exoneración de pago de multa y recargos emergentes de la deuda que por concepto de Tasa General Municipal mantiene con esta Comuna, respecto del inmueble de su propiedad padrón No. 30.194, ubicado en la Avenida Francisco Soca No. 1128, apartamento No. 701, sede de la Cancillería;
        RESULTANDO: 1o.) que la gestionante expresa que en el período comprendido entre el 1/7/97 y 1/6/99 no recibieron las facturas referentes a la Tasa General Municipal;
        2o.) que el Servicio de Gestión de Cobro de Morosos informa que las cuentas de la Embajada de Portugal estuvieron codificadas como organismos públicos hasta el mes de junio de 1999, por lo que hasta esa fecha no se enviaron facturas. Asiste razón a la gestionante en cuanto no tomó conocimiento de la deuda anterior lo que le impidió pagar sin multa ni recargos, por lo que correspondería aplicar el art. 25 del decreto No. 27.803;
        CONSIDERANDO: 1o.) que la Dirección de la División Administración Fiscal expresa que se trata de una clara situación en que se ha incurrido en error por parte de la Administración, correspondiendo la aplicación del Art. 25o. del Decreto No. 27.803, respecto de la deuda correspondiente al período 1/7/97 - 30/6/99. La variación del IPC se aplicará desde el origen de la deuda hasta la fecha de aprobación de la presente resolución;



        2o.) que el Director General del Departamento de Recursos Financieros comparte lo informado precedentemente;
        EL DIRECTOR GENERAL DEL DEPARTAMENTO DE RECURSOS FINANCIEROS
        RESUELVE:
        1o.- Declarar exonerada a la Embajada de Portugal del pago de la multa y recargos emergentes de la deuda que mantiene con esta Comuna, por concepto de Tasa General Municipal respecto del inmueble de su propiedad padrón No. 30.194, ubicado en la Avenida Francisco Soca No. 1128, apartamento 701, sede de la Cancillería, por el período 1/7/97 - 30/6/99, al amparo del art. 25 del Decreto No. 27.803.-
        2o.- Disponer que las sumas adeudadas se reajustarán por el Indice de Precios al Consumo (IPC), desde el mes de julio de 1997 y hasta la fecha de aprobación de la presente resolución.-
        3o.- Establecer un plazo de 30 días a partir de la fecha de notificación de la presente Resolución para hacer efectivo el pago de lo adeudado o celebrar convenio de pago. Pasado este plazo la deuda generará la multa y recargos establecidos por la normativa vigente.-
        4o.- Pase al Servicio de Ingresos Inmobiliarios para su cumplimiento.-

Cr. ALFREDO ASTI, Director General del Departamento de Recursos Financieros.-