Resolución N° 4005/01
Nro de Expediente:
3390-003102-00
 
ACONDICIONAMIENTO URBANO
Fecha de Aprobación:
22/10/2001


Tema:
MULTAS

Resumen:
Multa 65,3004 U.R., obras sin permiso Bulgaria Nº 4147, Oscar Duilio Migues Varela.-

Montevideo, 22 de Octubre de 2001.-
 
        VISTO: estos obrados relacionados con las obras realizadas sin el correspondiente permiso municipal en el inmueble empadronado con el Nº 146.672, sito en la calle Bulgaria Nº 4147, propiedad del Sr. Oscar Duilio Migues Varela, C.I. Nº 1:688.814-7;
        RESULTANDO: que el Servicio de Contralor de la Edificación informa que: a) corresponde aplicar una multa de 65,3004 U.R., según lo que establece el literal A, numeral 4, Art. 15º del Decreto No. 21.626 promulgado el 23/IV/84 y b) si no da cumplimiento a los requisitos exigidos dentro de un plazo de 120 días calendario se aplicará una multa de 32,6502 U.R.;
        CONSIDERANDO: que en aplicación a lo preceptuado por Resolución Nº 477/87 del 22/I/87, ratificada por Resolución Nº 2.244/94 del 5/VII/94, corresponde que las multas hasta 70 U.R. sean aplicadas por este Ejecutivo Comunal;
        EL INTENDENTE MUNICIPAL DE MONTEVIDEO
        RESUELVE:
        1º.- Aplicar una multa de 65,3004 U.R. (sesenta y cinco unidades reajustables con tres mil cuatro diezmilésimas) al Sr. Oscar Duilio Migues Varela C.I. Nº 1:688.814-7, propietario del inmueble empadronado con el Nº 146.672 sito en la calle Bulgaria Nº 4147, con domicilio en la calle Carabelas Nº 3107, por las razones mencionadas en la parte expositiva de la presente resolución.-
        2º.- Advertir al infractor que si no da cumplimiento a los requisitos exigidos dentro de un plazo de 120 (ciento veinte) días calendario se aplicará una multa de 32,6502 U.R. (treinta y dos unidades reajustables con seis mil quinientas dos diezmilésimas).-
        3º.- Comuníquese al Servicio Gestión de Contribuyentes y pase a la División Espacios Públicos y Edificaciones, quién remitirá al Servicio Central de Inspección General los formularios impresos de acuerdo a lo determinado por el Art. R.98 del Volumen II del Digesto Municipal a los efectos de notificar el acto administrativo al infractor, advirtiéndole que dispone de un plazo de 30 (treinta) días a contar de la fecha de notificación de la presente resolución para el pago de la multa, bajo apercibimiento de que, en caso de omisión, se iniciará acción judicial para el cobro de la misma.-
ARQ. MARIANO ARANA, Intendente Municipal.-
DRA. MARIA JULIA MUÑOZ, Secretaria General.-