Resolución N° 66/13/5500
Nro de Expediente:
4373-000354-13
 
DESARROLLO SOCIAL
Fecha de Aprobación:
8/4/2013


Tema:
CLAUSURA

Resumen:
Clausurar el establecimiento destinado a rotisería, propiedad de la firma Jenifer Vacani, R.U.T. 217050100014, sito en Avda. Agraciada No. 3778 Apto. A, por carecer de habilitación.-

Montevideo, 8 de Abril de 2013.-
 
        VISTO: las presentes actuaciones relacionadas con el funcionamiento del establecimiento destinado a rotisería, propiedad de la firma Jenifer Vacani, R.U.T. 217050100014, sito en Avda. Agraciada No. 3778 Apto. A;
        RESULTANDO: 1o.) que el Sector Tecnología e Higiene Alimentaria informa que en inspección realizada en el establecimiento de referencia con fecha 24/I/13, se pudo comprobar que el mismo carece de habilitación para su normal funcionamiento;
        2o.) que el Servicio de Regulación Alimentaria informa que, en reiteras oportunidades, se otorgó plazo a la infractora para que efectuara la habilitación correspondiente, siendo omiso, por lo que sugiere su inmediata clausura, hasta tanto regularice la situación;
        3o.) que la División Salud se manifiesta de conformidad;
        CONSIDERANDO: que por Resolución No. 3080/10, de 12/VII/10, la señora Intendenta delegó en esta Dirección General la facultad de impedir el funcionamiento de establecimientos comerciales e industriales cuando existieran razones urgentes de salubridad, fallas constructivas y otras transgresiones a la normativa departamental en vigencia, debidamente constatadas;
        LA DIRECTORA GENERAL (I) DEL DEPARTAMENTO
        DE DESARROLLO SOCIAL
        EN EJERCICIO DE FACULTADES DELEGADAS
        RESUELVE:
        1. Clausurar el establecimiento destinado a rotisería, propiedad de la firma Jenifer Vacani, R.U.T. 217050100014, sito en Avda. Agraciada No. 3778 A, por las razones mencionadas en la parte expositiva de la presente resolución.-
        2. Establecer que el Servicio Central de Inspección General, al hacer efectiva la clausura, notificará al interesado que una vez que hayan cesado las causas que la originaron podrá solicitar en el Servicio de Regulación Alimentaria, la reapertura de su comercio, el que no deberá ponerse en funcionamiento hasta que se dicte resolución rehabilitándolo, bajo apercibimiento de la aplicación de más severas sanciones.-
        3. Comuníquese a la Secretaría General para conocimiento de la Jefatura de Policía de Montevideo; a la División Salud, al Servicio Central de Inspección General (Unidad de Clausuras) para la notificación correspondiente, Unidad de Laboratorio de Bromatología y pase al de Regulación Alimentaria a sus efectos.-

PROF. MARÍA SARA RIBERO, Directora General del Departamento de Desarrollo Social.-