Resolución N° 114/01
Nro de Expediente:
3360-005552-99
 
DESCENTRALIZACION
Fecha de Aprobación:
8/1/2001


Tema:
MULTA POR ESTABLECIMIENTO CLANDESTINO DE SUINOS

Resumen:
Aplicar multa al Sr. Juan Machín, con domicilio en la calle Real No. 4937/39, por criadero de cerdo ubicado en la zona suburbana.-

Montevideo, 8 de Enero de 2001.-
 
      VISTO: las presentes actuaciones relacionadas con el criadero de suinos clandestinos, sito en la finca de la calle Real entre los Nros. 4937 y 4939, propiedad del Sr. Juan Machín, C.I. 1.649.332, con igual domicilio a los efectos legales en la calle Real No. 4934;
      RESULTANDO: 1o.) que ante la denuncia de vecinos y en reiteradas inspecciones realizadas por los funcionarios inspectores del citado Servicio, se pudo constatar que se encuentra ubicado en zona suburbana y que la situación imperante se ha visto agravada tratándose de un foco insalubre que altera las condiciones higiénico- sanitarias de una zona densamente poblada;
      2o.) que dicho Servicio realizó intimaciones de larga data a su propietario, a fin de proceder al retiro de los suinos, así como la remoción de las instalaciones;
      3o.) que de acuerdo a lo dispuesto en la Resolución No. 249/91, de 17/VI/91, dictada por la Comisión Especial Ejecutiva para la Lucha Contra el Cólera, se procedió a la incautación de 21 ( veintiún ) suinos los cuales fueron transportados al Frigorífico Ottonello Hnos S.A., sito en Cno. Melilla No 10.270, Km. 20.0500, quien abonó por los mismos la suma de $ 18.878,40 ( pesos uruguayos dieciocho mil ochocientos setenta y ocho con cuarenta centésimos) según cheque No. 877840 del Banco de Boston, a nombre de la Intendencia Municipal de Montevideo, expedido el día 24/XI/00, el que fue depositado en la cuenta de ingreso Extrapresupuestal No. 107.00537, incautación de suinos en criaderos clandestinos, Código 925 ( Servicio de Salubridad Pública);
      4o.) que del importe de dicho cheque deberá descontarse la suma de $ 1.995,oo ( pesos uruguayos mil novecientos noventa y cinco) como resarcimiento para la Comuna por concepto de horas realizadas por funcionarios del Servicio de Salubridad Pública, según detalle que luce a fs. 93 de las presentes actuaciones;
      5o.) que asimismo deberá descontarse, de dicho cheque la suma total de $ 7.240,50 ( pesos uruguayos siete mil doscientos cuarenta con cincuenta centésimos) correspondientes a las horas extras realizadas por los funcionarios de la División Limpieza Urbana, cuyo detalle luce a fs. 1 del expediente 3360-005552-99, que corre agregado al presente acto administrativo;
      6o.) que asimismo, el Servicio interviniente expresa que correspondería la aplicación de una multa de U.R. 21,5920, 18 ( dieciocho) multas de U.R. 1,1336 c/u, y 3 ( tres) multas de 0,6468 c/u, al Sr. Juan Machín, de acuerdo a lo determinado en los Arts. D. 2119, D. 2121, D. 2129 y D. 2142 del Cap. IV, del Volumen VI Digesto Municipal, sanciones previstas en el Art. 7 numeral 4o. apartado A), inciso B) del Decreto No. 21.626;
      CONSIDERANDO: 1o.) que la Dirección General del Departamento de Descentralización estima que procede proveer de conformidad;
      EL INTENDENTE MUNICIPAL DE MONTEVIDEO
      RESUELVE:
      1.- Aplicar una multa de U.R. 21,5920 ( Unidades Reajustables veintiuna con cinco mil novecientas veinte diezmilésimas), 18 ( dieciocho) multas de U.R. 1,1336 ( Unidades Reajustables una con mil ciento treinta y seis diezmilésimas c/u) y 3 ( tres) multas de U.R. 0,6478 ( Unidades Reajustables cero con seis mil cuatrocientas setenta y ocho diezmilésimas) c/u, al Sr. Juan Machín, C.I. 1.649.332-4, con domicilio en la calle Real Nros. 4937/39, por infracción a los Arts. D. 2119, D. 2121, D. 2129 y D. 2142 del Cap. IV, del Vol, VI Digesto Municipal, sanciones previstas en el Art. 7o. numeral 4o., apartado A), Inciso B) del Decreto No. 21.626.-
      2.- Establecer que los gastos demandados por el operativo, el que asciende a la suma de $ 1.995,oo ( pesos uruguayos mil novecientos noventa y cinco) y $ 7.240,50 ( pesos uruguayos siete mil doscientos cuarenta con cincuenta centésimos), serán deducidos del cheque No. 877840 del Banco de Boston (Agencia Goes Gral. Flores No. 2966) del importe de $ 18.878,40 (dieciocho mil ochocientos setenta y ocho con cuarenta centésimos), depositados en la cuenta de ingresos Extrapresupuestal No. 107.00537, incautación de cerdos en criaderos clandestinos, Código 925 (Servicio Salubridad Pública).-
      3.- Comuníquese a la División Salud y Programas Sociales; Servicios Centro Comunal Zonal No. 14; Central de Inspección General para la notificación correspondiente; Unidad Multas del Servicio de Gestión Cobro de Morosos y pase - por su orden - al Servicio de Contabilidad General y al Servicio de Salubridad Pública.-
SR. ERNESTO DE LOS CAMPOS, Intendente Municipal (I).-
DRA. MARIA JULIA MUÑOZ, Secretaria General.-