| Resolución N° 178/19/8000 | Nro de Expediente:
2019-8014-98-000081 |
| CULTURA | Fecha de Aprobación:
29/3/2019 |
Tema:
APROBAR
Resumen:
Aprobar los modelos de textos para las contrataciones artísticas que se desarrollarán en la Semana Criolla del Prado a partir de la 94ª Edición.-
Montevideo, 29 de Marzo de 2019.- |
VISTO: las presentes actuaciones relacionadas con la aprobación de los modelos de textos para las contrataciones artísticas de la Semana Criolla del Prado, que entrarán en vigencia a partir de la 94ª edición, a llevarse a cabo del 14 al 21 de abril de 2019;
RESULTANDO: que la Gerencia de Festejos y Espectáculos eleva tres modelos para las referidas contrataciones artísticas: "Artistas por Intermedio de Cooperativas de Artistas", "Artistas Empresas" y "Representantes Artísticos", a los cuales la Asesoría Jurídica le realiza el contralor jurídico formal correspondiente sin observaciones que formular;
CONSIDERANDO: que por Resolución
Nº 3254/16 de 9 de julio de 2015 el Sr. Intendente de Montevideo delegó en la Directora General del Departamento de Cultura, la facultad -entre otras- de efectuar las contrataciones de personal ad - hoc para las Semanas de Carnaval y Criolla, con comunicación inmediata al Sr. Intendente de Montevideo;LA DIRECCIÓN GENERAL DEL DEPARTAMENTO DE CULTURA
EN EJERCICIO DE FACULTADES DELEGADAS
RESUELVE: 1.- Aprobar el texto de los siguientes modelos para las diferentes contrataciones artísticas de la Semana Criolla del Prado, que entrarán en vigencia a partir de la 94ª edición, a llevarse a cabo del 14 al 21 de abril de 2019:Artistas por intermedio de Cooperativas de Artistas CONTRATO DE ARRENDAMIENTO DE OBRA: En Montevideo, a los ….. días del mes de …... de........., POR UNA PARTE: la Intendencia de Montevideo, con domicilio en la calle 18 de julio 1360 de esta ciudad, RUT Nº 211763350018, en adelante “IdeM”, representada por ........ y POR OTRA PARTE: el/la Sr. /Sra…., C.I. Nº …....., con domicilio en la calle...... de esta ciudad, en adelante la arrendadora, convienen en celebrar el siguiente contrato de arrendamiento de obra:
PRIMERO: ANTECEDENTES: I) Es política cultural de la IdeM impulsar las diversas manifestaciones artísticas de calidad, en el entendido de que las mismas enriquecen la sensibilidad, promueven la sociabilidad y brindan diversión y disfrute a las/os ciudadanas/os. II) En este marco y con motivo de la celebración de la ........Semana Criolla que se realizará en el predio de la Rural del Prado de Montevideo entre el ........y el ....... de ........de...... y al amparo de lo dispuesto en el Art. 33 literal C, numeral 4 del TOCAF, la IdeM considera de sumo interés e impacto cultural la presentación del espectáculo que brinda el Sr./la Sra. ................................................................................
SEGUNDO: OBJETO: Por el presente, la IdeM contrata bajo el régimen de arrendamiento de obra a la arrendadora, para presentar el espectáculo denominado ….......... a desarrollarse el día ….. de …... del año....... a la hora...... en el escenario ….... ubicado en el predio de la Rural del Prado, el que tendrá una duración de ........... minutos.
TERCERO: OBLIGACIONES DE LA ARRENDADORA: La arrendadora se compromete a:
1) Realizar la actuación artística de acuerdo a los términos del presente contrato, el día y la hora acordada en la cláusula segunda;
2) Cumplir con el montaje y ensayos necesarios para el normal desarrollo de la actuación;
3) Presentar la planilla técnica de requerimientos para el montaje del espectáculo y planilla con el/los nombre/s del/de los artista/s que actuará/n en el escenario, conjuntamente con la previsión de los horarios que fueran necesarios;
4) Dar comienzo del espectáculo a la hora establecida puntualmente. De producirse demoras superiores a diez minutos, atribuibles a la voluntad de la arrendadora, la IdeM establecerá multas de 5 UR (cinco Unidades Reajustables), por cada diez minutos de atraso;
5) Disponer de toda la información para la promoción correspondiente al espectáculo en los plazos solicitados por la IdeM; y
6) Autorizar que su nombre e imagen sean asociados a la celebración de la........ Semana Criolla, lo que implica además disposición para brindar notas de prensa y participar en el lanzamiento oficial del evento.
CUARTO: OBLIGACIONES DE LA IdeM: La IdeM asume las siguientes obligaciones:
1) Abonar a la cooperativa de artistas que indique y sea socio/a la/el artista la suma de $ …....(pesos uruguayos …........) líquidos, más los aportes sociales correspondientes. Dicha suma se abonará de la siguiente manera: el 50% (cincuenta por ciento) en forma previa a la actuación, al menos
5 (cinco) días hábiles antes de la misma y el restante 50% (cincuenta por ciento) en un plazo máximo de 5 (cinco) días hábiles posteriores a la finalización de la actuación;
2) Aportar las/los técnicas/os necesarias/os (audio, iluminación y maquinaria) al momento de la actuación correspondiente;
3) Hacerse cargo del diseño e impresión de los materiales de comunicación de la actuación de los artistas que participarán en la..........Semana Criolla.
QUINTO: La relación que se asume por el presente contrato, no constituye ni supone relación funcional de especie alguna, encontrándose al margen del Estatuto del Funcionario Público de la Intendencia, no gozando por lo tanto de los beneficios acordados por éste.
SEXTO: DEL PERSONAL: La IdeM proporcionará el personal necesario idóneo para la realización del espectáculo (técnicas/os de escenario), dentro del horario previsto de la actuación. Se admitirá la intervención de terceros en casos de excepción, previa aprobación técnica requerida y autorizada con la debida anticipación.
SÉPTIMO: CONSTANCIA: La arrendadora declara estar inscripta en el Registro Nacional de Artistas y Actividades Conexas creado por Ley
Nº 18.384 de fecha 17 de octubre de 2008 y cumplir con todas sus obligaciones, además de las previstas en su Decreto Reglamentario
Nº 266/009 de fecha 3 de junio de 2009.
OCTAVO: CANCELACIÓN: La IdeM tendrá derecho a cancelar este contrato a su discreción, en cualquier momento si:
a) Se hubiere producido una violación por parte de la arrendadora de las condiciones establecidas por este contrato;
b) Cuando existan inclemencias climáticas que impidan la realización del espectáculo, por motivos de seguridad para las/os artistas, técnicas/os, o público asistente y/o pueda provocarse alguna clase de daño al equipamiento instalado;
c) Por causas ajenas a la voluntad de la IdeM que impidan la realización de la Semana Criolla;
La arrendadora será notificada con expresión de causa y fundamentos por escrito.
NOVENO: MORA AUTOMÁTICA: Se pacta la mora de pleno derecho, sin necesidad de interpelación judicial o extrajudicial alguna, por el simple hecho de hacer o no hacer algo contrario a lo estipulado.
DÉCIMO: RESCISIÓN: El incumplimiento de todas o cualesquiera de las obligaciones a cargo de la arrendadora podrá dar lugar al inicio, previa a su constatación, a los trámites tendientes a la rescisión del contrato por parte de la IdeM. Sin perjuicio de ello, en caso de no presentación del espectáculo o cancelación del mismo por causa imputable a la arrendadora, ésta se hará pasible de una multa equivalente al 50% del precio previsto en la cláusula cuarto, sin perjuicio que además deberá restituir la totalidad de lo abonado en forma previa a la actuación. Serán de aplicación las normas que regulan la sustanciación del procedimiento administrativo en la IdeM, que la arrendadora declara conocer y aceptar.
UNDÉCIMO: DOMICILIOS ESPECIALES: Las partes constituyen domicilios especiales a todos los efectos de este contrato, en los indicados como respectivamente suyos en la comparecencia.
DECIMOSEGUNDO: COMUNICACIONES: Cualquier notificación que deban realizarse las partes, se tendrá por válidamente efectuada, si la misma es hecha a los domicilios constituidos en este documento por medio de carta con aviso de retorno, fax, telegrama colacionado o cualquier otro medio que diera certeza a su realización.
De conformidad y para constancia, se firman dos ejemplares de un mismo tenor, en el lugar y fecha indicados en el acápite.-Artistas empresa CONTRATO DE ARRENDAMIENTO DE OBRA: En Montevideo, a los ….. días del mes de …... de 2019, POR UNA PARTE: la Intendencia de Montevideo, con domicilio en la calle 18 de julio 1360 de esta ciudad, RUT Nº 211763350018, en adelante “IdeM”, representada por ......... y POR OTRA PARTE: el/la Sr. /Sra…., C.I. Nº …....., con domicilio en la calle...... de esta ciudad, en adelante la arrendadora, convienen en celebrar el siguiente contrato de arrendamiento de obra:
PRIMERO: ANTECEDENTES: I) Es política cultural de la IdeM impulsar las diversas manifestaciones artísticas de calidad, en el entendido de que las mismas enriquecen la sensibilidad, promueven la sociabilidad y brindan diversión y disfrute a los ciudadanos. II) En este marco y con motivo de la celebración de la.......Semana Criolla que se realizará en el predio de la Rural del Prado de Montevideo entre el .....y el .....de.......de........ y al amparo de lo dispuesto en el Art. 33 literal C, numeral 4 del TOCAF, la IdeM considera de sumo interés e impacto cultural la presentación del espectáculo que brinda el Sr./ la Sra.....................................................................
SEGUNDO: OBJETO: Por el presente, la IdeM contrata bajo el régimen de arrendamiento de obra a la arrendadora, para presentar el espectáculo denominado ….......... a desarrollarse el día ….. de …... del año........ a la hora...... en el escenario ….... ubicado en el predio de la Rural del Prado, el que tendrá una duración de ........... minutos.
TERCERO:OBLIGACIONES DE LA ARRENDADORA: La arrendadora se compromete a:
1) Realizar la actuación artística de acuerdo a los términos del presente contrato, el día y la hora acordada en la cláusula segunda;
2) Cumplir con el montaje y ensayos necesarios para el normal desarrollo de la actuación;
3) Presentar la planilla técnica de requerimientos para el montaje del espectáculo y planilla con el/los nombre/s del/de los artista/s que actuará/n en el escenario, conjuntamente con la previsión de los horarios que fueran necesarios;
4) Dar comienzo del espectáculo a la hora establecida puntualmente. De producirse demoras superiores a diez minutos, atribuibles a la voluntad de la arrendadora, la IdeM establecerá multas de 5 UR (cinco Unidades Reajustables), por cada diez minutos de atraso;
5) Disponer de toda la información para la promoción correspondiente al espectáculo en los plazos solicitados por la IdeM;
6) Autorizar que su nombre e imagen sean utilizados en vinculación a la celebración de la........Semana Criolla, lo que implica además disposición para brindar notas de prensa y participar en el lanzamiento oficial del evento.
CUARTO: OBLIGACIONES DE LA IdeM: La IdeM asume las siguientes obligaciones:
1) Abonar a la arrendadora la suma de $ …....(pesos uruguayos …........). Dicha suma se abonará en un plazo máximo de 5 (cinco) días hábiles posteriores a la finalización de la actuación;
2) Aportar las/os técnicas/os necesarios (audio, iluminación y maquinaria) al momento de la actuación correspondiente;
3) Hacerse cargo del diseño e impresión de los materiales de comunicación de la actuación de las/os artistas que participarán en la ........Semana Criolla.
QUINTO: La relación que se asume por el presente contrato, no constituye ni supone relación funcional de especie alguna, encontrándose al margen del Estatuto del Funcionario Público de la Intendencia, no gozando por lo tanto de los beneficios acordados por éste.
SEXTO: DEL PERSONAL: La IdeM proporcionará el personal necesario idóneo para la realización del espectáculo (técnicas/os de escenario), dentro del horario previsto de la actuación. Se admitirá la intervención de terceros, en casos de excepción, previa aprobación técnica requerida y autorizada con la debida anticipación.
SÉPTIMO: CONSTANCIA: La arrendadora declara estar inscripta en el Registro Nacional de Artistas y Actividades Conexas creado por Ley
Nº 18.384 de fecha 17 de octubre de 2008 y cumplir con todas sus obligaciones, además de las previstas en su Decreto Reglamentario
Nº 266/009 de fecha 3 de junio de 2009.
OCTAVO: CANCELACIÓN: La IdeM tendrá derecho a cancelar este contrato a su discreción, en cualquier momento, si:
a) Se hubiere producido una violación por parte de la arrendadora de las condiciones establecidas por este contrato;
b) Cuando existan inclemencias climáticas que impidan la realización del espectáculo, por motivos de seguridad para l/asos artistas, técnic/asos, o público asistente y/o pueda provocarse alguna clase de daño al equipamiento instalado;
c) Por causas ajenas a la voluntad de la IdeM que impidan la realización de la Semana Criolla;
La arrendadora será notificada con expresión de causa y fundamentos por escrito.
NOVENO: MORA AUTOMÁTICA: Se pacta la mora de pleno derecho, sin necesidad de interpelación judicial o extrajudicial alguna, por el simple hecho de hacer, o no hacer algo contrario a lo estipulado.
DÉCIMO: RESCISIÓN: El incumplimiento de todas o cualesquiera de las obligaciones a cargo de la arrendadora podrá dar lugar al inicio, previa su constatación, a los trámites tendientes a la rescisión del contrato por parte de la IdeM. Sin perjuicio de ello, en caso de no presentación del espectáculo o cancelación del mismo por causa imputable a la arrendadora, ésta se hará pasible de una multa equivalente al 50% del precio previsto en la cláusula cuarto. Serán de aplicación las normas que regulan la sustanciación del procedimiento administrativo en la IdeM, que la arrendadora declara conocer y aceptar.
UNDÉCIMO: DOMICILIOS ESPECIALES: Las partes constituyen domicilios especiales a todos los efectos de este contrato, en los indicados como respectivamente suyos en la comparecencia.
DECIMOSEGUNDO: COMUNICACIONES: Cualquier notificación que deban realizarse las partes, se tendrá por válidamente efectuada, si la misma es hecha a los domicilios constituidos en este documento por medio de carta con aviso de retorno, fax, telegrama colacionado o cualquier otro medio que diera certeza a su realización.
De conformidad y para constancia, se firman dos ejemplares de un mismo tenor, en el lugar y fecha indicados en el acápite.-Representantes artísticos CONTRATO DE ARRENDAMIENTO DE OBRA: En Montevideo, a los ….. días del mes de …... de........., POR UNA PARTE: la Intendencia de Montevideo, con domicilio en la calle 18 de julio 1360 de esta ciudad, RUT Nº 211763350018, en adelante “IdeM”, representada por ...... , y POR OTRA PARTE: el/la Sr. /Sra…., C.I. Nº …....., con domicilio en la calle...... de esta ciudad, (en adelante la arrendadora), convienen en celebrar el siguiente contrato de arrendamiento de obra:
PRIMERO: ANTECEDENTES: I) Es política cultural de la IdeM impulsar las diversas manifestaciones artísticas de calidad, en el entendido de que las mismas enriquecen la sensibilidad, promueven la sociabilidad y brindan diversión y disfrute a los ciudadanos. II) En este marco y con motivo de la celebración de la .......Semana Criolla que se realizará en el predio de la Rural del Prado de Montevideo entre el ...... y el .......de ........ del año....... al amparo de lo dispuesto en el Art. 33 literal C, numeral 4 del TOCAF, la IdeM considera de sumo interés e impacto cultural la presentación del espectáculo que brinda el Sr./la Sra. ….................................................................................
SEGUNDO: OBJETO: Por el presente, la IdeM contrata los servicios del Sr./Sra…............, quien en su calidad de representante artístico de ....................., se compromete a que dicho artista efectúe bajo el régimen de arrendamiento de obra la presentación del espectáculo denominado ….......... a desarrollarse el día ….. de …... del ....... a la hora...... en el escenario ….... ubicado en el predio de la Rural del Prado, el que tendrá una duración mínima de ........... minutos.
TERCERO:OBLIGACIONES DE LA ARRENDADORA: La arrendadora se compromete a:
1) Que la/el artista que representa realice la actuación artística de acuerdo a los términos del presente contrato, el día y la hora acordada en la cláusula segunda;
2) Cumplir con el montaje y ensayos necesarios para el normal desarrollo de la actuación;
3) Presentar la planilla técnica de requerimientos para el montaje del espectáculo y planilla con el/los nombre/s del/de los artista/s que actuará/n en el escenario, conjuntamente con la previsión de los horarios que fueran necesarios;
4) Que el artista que representa comience el espectáculo a la hora establecida puntualmente. De producirse demoras superiores a diez minutos, atribuibles a la voluntad de la arrendadora, la IdeM establecerá multas de 5 UR (cinco Unidades Reajustables), por cada diez minutos de atraso;
5) Disponer de toda la información para la promoción correspondiente al espectáculo en los plazos solicitados por la IdeM;
6) Autorizar que el nombre e imagen del/ de la artista sean utilizados en vinculación a la celebración de la........Semana Criolla, lo que implica además disposición para brindar notas de prensa y participar en el lanzamiento oficial del evento.
CUARTO: OBLIGACIONES DE LA IdeM: La IdeM asume las siguientes obligaciones:
1) Abonar a la arrendadora la suma de $ …....(pesos uruguayos …........). Dicha suma se abonará en un plazo máximo de 10 (diez) días hábiles posteriores a la finalización de la actuación;
2) Aportar las/os técnicas/os necesarios (audio, iluminación y maquinaria) al momento de la actuación correspondiente;
3) Hacerse cargo del diseño e impresión de los materiales de comunicación de la actuación de los artistas que participarán en la ......Semana Criolla.
QUINTO: La relación que se asume por el presente contrato, no constituye ni supone relación funcional de especie alguna, encontrándose al margen del Estatuto del Funcionario Público de la Intendencia, no gozando por lo tanto de los beneficios acordados por éste.
SEXTO: DEL PERSONAL: La IdeM proporcionará el personal necesario idóneo para la realización del espectáculo (técnicas/os de escenario), dentro del horario previsto de la actuación. Se admitirá la intervención de terceros, en casos de excepción, previa aprobación técnica requerida y autorizada con la debida anticipación.
SÉPTIMO: CONSTANCIA: La arrendadora declara que la/el artista que representa se encuentra inscripto en el Registro Nacional de Artistas y Actividades Conexas creado por Ley Nº 18.384 de fecha 17 de octubre de 2008 y que cumple con todas sus obligaciones, además de las previstas en su Decreto Reglamentario Nº 266/009 de fecha 3 de junio de 2009.
OCTAVO: CANCELACIÓN: La IdeM tendrá derecho a cancelar este contrato a su discreción, en cualquier momento, si:
a) Se hubiere producido una violación por parte de la arrendadora de las condiciones establecidas por este contrato;
b) Cuando existan inclemencias climáticas que impidan la realización del espectáculo, por motivos de seguridad para las/los artistas, técnicas/os, o público asistente y/o pueda provocarse alguna clase de daño al equipamiento instalado;
c) Por causas ajenas a la voluntad de la IdeM que impidan la realización de la Semana Criolla;
La arrendadora será notificada con expresión de causa y fundamentos por escrito.
NOVENO: MORA AUTOMÁTICA: Se pacta la mora de pleno derecho, sin necesidad de interpelación judicial o extrajudicial alguna, por el simple hecho de hacer, o no hacer algo contrario a lo estipulado.
DÉCIMO: RESCISIÓN: El incumplimiento de todas o cualesquiera de las obligaciones a cargo de la arrendadora podrá dar lugar al inicio, previa a su constatación, a los trámites tendientes a la rescisión del contrato por parte de la IdeM. Sin perjuicio de ello, en caso de no presentación del espectáculo o cancelación del mismo por causa imputable a la arrendadora, ésta se hará pasible de una multa equivalente al 50% del precio previsto en la cláusula cuarto. Serán de aplicación las normas que regulan la sustanciación del procedimiento administrativo en la IdeM, que la arrendadora declara conocer y aceptar.
UNDÉCIMO: DOMICILIOS ESPECIALES: Las partes constituyen domicilios especiales a todos los efectos de este contrato, en los indicados como respectivamente suyos en la comparecencia.
DECIMOSEGUNDO: COMUNICACIONES: Cualquier notificación que deban realizarse las partes, se tendrá por válidamente efectuada, si la misma es hecha a los domicilios constituidos en este documento por medio de carta con aviso de retorno, fax, telegrama colacionado o cualquier otro medio que diera certeza a su realización.
De conformidad y para constancia, se firman dos ejemplares de un mismo tenor, en el lugar y fecha indicados en el acápite.
3.- Comuníquese al Departamento de Secretaría General, a la Divisiones Asesoría Jurídica e Información y Comunicación; al Servicio de Escribanía, a la Unidad Festejos y Espectáculos y pase a la Gerencia de Festejos y Espectáculos.-
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| PROF. RAMIRO PALLARES, Director General (I) del Departamento de Cultura..- |
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