Resolución N° 393/13/4000
Nro de Expediente:
1060-004305-13
 
ACONDICIONAMIENTO URBANO
Fecha de Aprobación:
30/8/2013


Tema:
MULTAS

Resumen:
Se aplica una multa de 3 U.R. a Stiler S.A., por falta total de señalización electrónica en acera, en una intervención frente al Nº 1015 de la calle Rosalía de Castro.-

Montevideo, 30 de Agosto de 2013.-
 
        VISTO: la infracción cometida por la empresa Stiler S.A., RUT 210129280011, mientras efectuaba trabajos en la vía pública frente al Nº 1015 de la calle Rosalía de Castro;
        RESULTANDO: 1º) que la Unidad de Control y Coordinación de Redes de Infraestructura Urbana informa que: a) dicha empresa infringió lo dispuesto en Art. D.2229.3 del Título III "De las Remociones en la Vía Pública", del Volumen VII "De las Obras" del Digesto, por falta total de señalización electrónica en acera, en una superficie de 1 m2 y b) se ha procedido a la notificación pertinente, no presentándose descargos;
        2º) que de acuerdo con lo establecido por Art. D.2241.4 del citado cuerpo normativo, corresponde aplicar una multa de 3 U.R.;
        CONSIDERANDO: que por Resolución Nº 3092/10 del 12/VII/10, la Sra. Intendenta de Montevideo delegó en la Dirección General del Departamento de Acondicionamiento Urbano, la facultad de aplicar multas hasta un monto de 55 U.R.;
        LA DIRECCION GENERAL DEL DEPARTAMENTO
        DE ACONDICIONAMIENTO URBANO
        EN EJERCICIO DE FACULTADES DELEGADAS
        RESUELVE:
        1º.- Aplicar una multa de 3 U.R. (tres unidades reajustables) a la empresa Stiler S.A., RUT 210129280011, con domicilio en la calle Misiones Nº 1466, por las razones mencionadas en la parte expositiva de la presente resolución.-
        2º.- Intimar a la infractora el cumplimiento de las normas establecidas en la Ordenanza bajo apercibimiento de que, en caso de omisión se aplicarán nuevas y más severas sanciones.-
        3º.- Comuníquese a la Unidad Multas del Servicio Gestión de Contribuyentes, al Registro de Empresas Contratistas de Obras en la Vía Pública de la División Vialidad y pase a la Unidad de Control y Coordinación de Redes de Infraestructura Urbana, quién remitirá al Servicio de Expedición y Correo los formularios impresos de acuerdo a lo determinado por el Art. R.97 del Volumen II del Digesto a los efectos de notificar el acto administrativo a la infractora, advirtiéndole que dispone de un plazo de 30 (treinta) días a contar de la fecha de notificación de la presente resolución para el pago de la multa, bajo apercibimiento de que, en caso de omisión, se iniciará acción judicial para el cobro de la misma.-

Eleonora Bianchi Caserta, Directora General .-