Resolución N° 1813/13
Nro de Expediente:
2230-027400-12
 
RECURSOS FINANCIEROS
Fecha de Aprobación:
6/5/2013


Tema:
EXONERACIONES - CONTRIBUCION INMOBILIARIA

Resumen:
Se remite a la Junta Departamental de Montevideo un Proyecto de Decreto facultando a esta Intendencia para exonerar a la Asociación Civil "Comisión de Fomento de la Unión", del pago del impuesto de Contribución Inmobiliaria que grava al inmueble de su propiedad padrón No. 70.494, ubicado en la calle Joanicó Nos. 3813/15, por los ejercicios 2010 a 2012 inclusive, por lo que esta Intendencia dejará de percibir anualmente la suma aproximada de $ 9.126,00.

Montevideo, 6 de Mayo de 2013.-
 
        VISTO: la gestión de la Asociación Civil"Comisión de Fomento de la Unión", solicitando exoneración de pago del impuesto de Contribución Inmobiliaria que grava al inmueble de su propiedad padrón No. 70.494, ubicado en la calle Joanicó Nos. 3813/15;
        RESULTANDO: 1o.) que la gestionante ya ha sido beneficiada con la franquicia fiscal por el período 2008 y 2009, según Decreto No. 33.274 de 11 de marzo de 2010;
        2o.) que el Servicio de Ingresos Inmobiliarios expresa que la situación de la gestionante permanece incambiada respecto a estos antecedentes citados, por lo que corresponde si la Superioridad lo estima conveniente seguir manteniendo el criterio exoneratorio, requiriendo en la especie la correspondiente anuencia de la Junta Departamental, por los ejercicios 2010 a 2012, dejando de percibir esta Intendencia la suma anual aproximada de $ 9.126,00;
        3o.) que la División Administración de Ingresos entiende procedente el envío al Legislativo Departamental de un Proyecto de Decreto para acceder a la exoneración solicitada;
        CONSIDERANDO: que la Dirección General del Departamento de Recursos Financieros provee de conformidad,

        previa anuencia de la Junta Departamental de Montevideo;
        LA INTENDENTA DE MONTEVIDEO
        RESUELVE:
        1o.- Remitir a la Junta Departamental de Montevideo el siguiente:
        PROYECTO DE DECRETO
        Artículo 1o.- Facúltase a la Intendencia de Montevideo para exonerar a la Asociación Civil "Comisión de Fomento de la Unión", del pago del impuesto de Contribución Inmobiliaria que grava al inmueble de su propiedad padrón No. 70.494, ubicado en la calle Joanicó Nos. 3813/15, por los ejercicios 2010 a 2012 inclusive, por lo que esta Intendencia dejará de percibir anualmente la suma aproximada de $ 9.126,00 (pesos uruguayos nueve mil ciento veintiséis).-
        Artículo 2o.- Comuníquese.-
        2o.- Pase a la Secretaría General para su remisión sin más trámite a la Junta Departamental de Montevideo.-
ANA OLIVERA, Intendenta de Montevideo.-
RICARDO PRATO, Secretario General.-