Resolución N° 1392/19
Nro de Expediente:
2016-6437-98-000267
 
PLANIFICACION
Fecha de Aprobación:
18/3/2019


Tema:
ESTUDIO DE IMPACTO TERRITORIAL

Resumen:
Aprobar el Estudio de Impacto Territorial de la empresa Mulcon S.A., autorizando con carácter temporal la implantación del emprendimiento, con apartamientos normativos, ubicado en los bienes inmuebles empadronados con los Nºs 140.629, 140630 y 140631, con frente a Camino Sanfuentes Nº 3500, dentro de los límites del C.C.Z Nº 17, Municipio A.-

Montevideo, 18 de Marzo de 2019.-
 
          VISTO: las presentes actuaciones relacionadas con la solicitud de aprobación del Estudio de Impacto Territorial de la empresa Mulcon S.A., con destino depósito logístico para contenedores a cielo abierto, sito en Cno. Sanfuentes 3500, padrones Nºs 140.629, 140.630 y 140.631, dentro de los límites del CCZ Nº 17, Municipio A;
          RESULTANDO: 1º) que la Unidad de Estudios de Impacto Territorial sugiere viabilizar la solicitud que motiva estas actuaciones, informando lo siguiente:
          a) se evalúa la implantación de un establecimiento que enmarca su operación en el rubro logística, donde se realizarán tareas de acopio, mantenimiento, acondicionamiento, reparación y lavado (sin materia orgánica) de contenedores;
          b) el emprendimiento cuenta como antecedente con Información “I2” suburbana, en expediente Nº 2016-6410-98-000282;
          c) se propone la construcción de tres cuerpos edilicios (galpones) destinados a mantenimiento y oficinas junto con tres áreas de acopio de contenedores, playa de estacionamiento para carga y un área de estacionamiento vehicular;
          d) el proyecto presenta un área total a construir de 1.610 m2 (674 m2 en planta baja y 936 m2 en otros niveles) y un área a utilizar a cielo abierto de 14.755 m2;
          e) las construcciones alcanzarán los 10,60 m de altura;
          f) la empresa Mulcon S.A se proyecta como depósito logístico para contenedores a cielo abierto, por lo cual se considera que las áreas utilizadas para circulaciones no pueden ser discriminadas de las superficies correspondientes a carga y descarga, contabilizándose estas dentro de las superficies utilizadas para la actividad;
          g) el predio se ubica en suelo categorizado como Suburbano No Habitacional (área diferenciada Rincón del Cerro Oeste) en el ámbito del APT 28 (Sur de Unidad Agroalimentaria-B) donde, para el desarrollo de sectores y su recategorización a Suelo Suburbano No Habitacional Intensivo, corresponde la elaboración de un Programa de Actuación Integrada;
          h) Aspectos territoriales
          De acuerdo a las Directrices Departamentales el predio se ubica en Suelo Suburbano No Habitacional, área diferenciada Rincón del Cerro Oeste. APT28 Rincón del Cerro y Norte de Casabó B.
          Parámetros Urbanísticos
          En lo que respecta a parámetros de ocupación del suelo y edificabilidad, a los padrones Nº 140.629, 140.630 y 140.631 le corresponden los siguientes:
          Retiro Frontal de la Edificación: 15 metros a partir de la linea de ensanche.
          Altura de la Edificación: 7 metros.
          Padrón Nº 140.631
          Padrones Nº 140.629 y 140.630
          FOS
          30 % - máx. 1000 m2
          20 % - máx. 3000 m2
          FIS
          38 % - máx. 1250 m2
          25 % - máx. 3900 m2
          Retiro Perimetral
          6 m
          3 m

          Afectaciones
          Los padrones se encuentran afectados por el ensanche a 30 metros de Camino Sanfuentes, que se determina por paralelas a 15 metros para cada lado del eje del Camino.
          Propuesta del proyecto
          La propuesta consiste en la construcción de: 2 talleres de mantenimiento de contenedores, 1 oficina, 1 estacionamiento, 3 áreas de acopio de contenedores y la playa de estacionamiento para carga y descarga.
          Evaluación de áreas
          Superficie a Utilizar

          Padrón
          Nº 140.629
          Nº 140.630
          Nº 140.631
          Superficie total padrones
          Superficie predial (m2)catastro
          10.462
          10.462
          3.635
          24.559
          libre de afectaciones
          10.114
          10.130
          3.504,8
          23.748,8
          construida (m2)
          pb
          0
          0
          0
          otros niveles
          0
          0
          0
          a construir (m2)
          pb
          674
          0
          674
          otros niveles
          936
          0
          936
          FOS (%)
          6,66
          0
          ---
          carga y descarga (m2)
          1948
          2.145
          554,5
          4.647,5
          estaciona-
          miento
          m2
          100
          0
          0
          100
          cantidad
          7
          0
          0
          7
          circulaciones
          1.948
          2.145
          554,5
          4.647,5
          acopio (m2)
          1.680
          2.640
          1.040
          5.360
          Total de superficie impermeable pb
          6.350
          6.930
          2.149
          15.429
          FIS %
          63
          68
          61
          65
          Resumen de superficie total a utilizar (m2)
          A construír
          A cielo abierto
          Total del emprendimiento
          1.610
          14.755
          16.365

          i) Datos de la Actividad
          La empresa ocupa 18 puestos de trabajo, y el volumen de público es de aproximadamente 12 personas.
          El horario es de 7:00 a 19:00 hs, siendo a las 7:00 hs la apertura al público.
          La carga y descarga se realiza dentro del predio entre las 7:00 y las 19:00 hs.
          j) Análisis de la propuesta
          Aspectos territoriales
          Las construcciones que se indican a demoler son una vivienda en el padrón Nº 140.630 y otras en el padrón Nº 140.629.
          El FOS en los 3 padrones está por debajo del exigido por norma, en tanto que el FIS fue superado en un 25 % en el padrón Nº 140.629, 30% en el padrón Nº 140.630 y 36 % en el Nº 140.631.
          Las edificaciones no superan los 10,60 metros, estando por lo tanto dentro de la norma.
          Visto que el predio se encuentra en Suelo Suburbano No Habitacional, a transformarse en No Habitacional Intensivo, la Comisión de Estudios de Impacto estableció que únicamente se aceptarían ocupaciones mayores a las vigentes, siempre que la empresa cumpliera con los deberes de cesión de áreas para obras de infraestructuras.
          La empresa Mulcon S.A formalizó mediante declaración jurada la cesión a título gratuito a esta Intendencia de la superficie afectada por ensanche de Camino Sanfuentes.
          La mencionada cesión de ensanche, formará parte de la equidistribución de cargas y beneficios asociados al padrón por situarse en suelo transformable.
          Con respecto a los parámetros ambientales (grados de peligrosidad e insalubridad), se considera admisible dentro de actividades que no son molestas, ni insalubres ni peligrosas.
          Este destino y su actividad pueden considerarse compatibles, pudiendo coexistir con el uso preferente del área en la medida que se ajuste a las normas mediante las concreción de las medidas de mitigación propuestas.
          Aspectos ambientales
          Dado que el predio supera el Factor de Impermeabilización de Suelos dado por normativa, se presentó un estudio de medidas de control de escurrimiento de caudal pluvial, que deberá ser presentado por expediente en el Servicio de Estudios y Proyectos de Saneamiento.
          Se informó que se realiza el lavado de los contenedores standard y refrigerados, estando previsto que el efluente vaya a cámara séptica de sedimentación de sólidos.
          k) el Estudio de Impacto Territorial es compatible con el entorno receptor, según lo dispuesto en el Art. D.223.368 del Volumen IV del Digesto y responde a términos de implantación y viabilidad de uso en relación a los componentes físico- químico, biótico, socioeconómicos y urbanístico del entorno, de acuerdo a lo establecido en los Arts. D.223.390 y D.223 391 del Volumen IV del Digesto;
          l) por todo lo anteriormente expresado, podría autorizarse la solicitud con caracter temporal;
          2º) que la División Planificación Territorial comparte lo informado precedentemente por la Unidad de Impacto Territorial y promueve el dictado de resolución:
          a) autorizando en carácter temporal la implantación del emprendimiento destinado a depósito de contenedores, mantenimiento y reparación, actividades de transporte, almacenamiento y logística, ubicado en Cno. San Fuentes No. 3500, padrones Nº 140.29, Nº 140.630 y Nº 140.631, de la empresa Mulcon S.A., con una superficie total utilizada de 16.365 m² (1.610 m² de área cubierta y 14.755 m² de área a cielo abierto) en los términos y condiciones establecidas;
          b) admitiendo, con carácter precario y revocable:
          - un Porcentaje de Impermeabilización del Suelo del 63% en el padrón Nº 140.629 (excediendo un 38% el admitido por norma);
          - un Porcentaje de Impermeabilización del Suelo del 68% en el padrón Nº 140.630 (excediendo un 43% el admitido por norma);
          - un Porcentaje de Impermeabilización del Suelo del 61% en el padrón Nº 140.631 (excediendo un 23% el admitido por norma);
          - una ocupación del retiro frontal de 9 m² con construcciones correspondientes a garita de acceso;
          3º) que el Municipio A se manifiesta de acuerdo con lo informado por la Unidad de Estudios de Impacto Territorial;
          CONSIDERANDO: 1º) lo establecido en los Arts D.223.368, D.223.390 y D.223.391 del Volumen IV del Digesto;
          2º) que el Departamento de Planificación estima conveniente se dicte resolución en el sentido indicado;
          EL INTENDENTE DE MONTEVIDEO
          RESUELVE:

          1º. Aprobar el Estudio de Impacto Territorial de la empresa Mulcon S.A., con destino depósito logístico para contenedores a cielo abierto, sito en Cno. Sanfuentes Nº 3500, padrones Nºs 140.629, 140.630 y 140.631, dentro de los límites del CCZ Nº 17, Municipio A, con una superficie total utilizada de 16.365 m² (1.610 m² de área cubierta y 14.755 m² de área a cielo abierto).-
          2º. Admitir desde el punto de vista urbanístico, con carácter precario y revocable, los siguientes apartamientos normativos:
          a) la superación del F.I.S. autorizado en un 38 %, alcanzando el 63 % en el padrón Nº 140.629;
          b) la superación del F.I.S. autorizado en un 43 %, alcanzando el 68 % en el padrón Nº 140.630;
          c) la superación del F.I.S. autorizado en un 23%, alcanzando el 61% en el padrón Nº 140.631;
          d) la ocupación del retiro frontal de 9 m² con construcciones correspondientes a garita de acceso.-
          3º. Establecer que la presente autorización quedará sujeta al cumplimiento de las siguientes condiciones:
          a) que en el futuro no se podrán realizar ampliaciones ni de locales, ni de áreas pavimentadas, que superen los índices máximos autorizados;
          b) el cumplimiento con toda normativa específica referente a la actividad y su emplazamiento;
          c) la no utilización en ningún caso de los retiros frontales y laterales para depósito a cielo abierto;
          d) se deberá ajustar a lo dispuesto en el Volumen V del Digesto Departamental, referente a la normativa de cargas;
          e) se deberán mantener los tipos y las frecuencias de los vehículos asociados al emprendimiento, ajustándose en todo momento a la normativa vigente de cargas;
          f) las tareas de carga y descarga, espera y estacionamiento de vehículos asociados al emprendimiento, se realicen dentro del predio, sin afectar la vía pública;
          g) se deberá contar con estacionamiento interno para todos los vehículos involucrados en el emprendimiento;
          h) se deberá ajustar a toda normativa vigente en materia ambiental tanto a nivel departamental como nacional;
          i) no se podrá realizar el lavado de camiones dentro del predio;
          j) se deberá tratar como residuo peligroso todo desecho que haya estado en contacto con hidrocarburos;
          k) las cenizas, polvos, olores, ruidos, gases, materiales de desecho, vibraciones, etc., provenientes de las operaciones que se realicen dentro del predio, deberán limitarse al propio local.-
          4º. Establecer que, previo a la solicitud del permiso de construcción, se deberá presentar ante la Unidad de Residuos Sólidos Industriales y Suelo, el Plan de Gestión de Residuos para los que se generen durante la obra.-
          5º Establecer que previo a la solicitud de la habilitación comercial, el emprendimiento deberá tener:
          a) la aprobación por parte del Servicio de Estudios y Proyectos de Saneamiento del correspondiente proyecto para el control de escurrimiento, derivado de la superación del FIS normativo;
          b) la aprobación del Plan de Gestión de Residuos generados por la actividad, por parte de la autoridad competente a nivel departamental y nacional;
          c) implementado el proyecto paisajístico propuesto a fs. 53 del paquete de obrados;
          d) la aprobación por parte del Servicio de Estudios y Proyectos Viales del proyecto para la construcción de la vereda pavimentada en todo el frente del predio, de al menos 2 metros de ancho;
          6º. Establecer que a efectos de futuras gestiones únicamente serán válidos los gráficos visados técnicamente de fs. 10 a 12 del paquete de obrados.-
          7º. Establecer que el Estudio de Impacto Territorial que motiva estas actuaciones tendrá una vigencia máxima de 2 (dos) años a partir de la fecha de su aprobación, debiendo iniciarse la Habilitación Comercial y/o Permiso de Construcción durante el período de validez; en caso contrario, el presente Estudio de Impacto Territorial solo será considerado como antecedente.-
          8º. Comuníquese a los Departamentos de Desarrollo Urbano, Movilidad y Desarrollo Ambiental; al Municipio A; a la División Planificación Territorial; a los Servicios Contralor de la Edificación, Estudios y Proyectos de Sanemiento y C.C.Z Nº 17; a la Unidad Plan de Ordenamiento Territorial y pase por su orden a la Oficina Central del Departamento de Planificación para la liquidación de las reposiciones administrativas correspondientes y a la Unidad de Estudios de Impacto Territorial a sus efectos.-
JUAN CANESSA, Intendente de Montevideo (I).-
FERNANDO NOPITSCH, Secretario General.-