Resolución N° 1724/00/3000
Nro de Expediente:
3220-006658-00
 
DESCENTRALIZACION
Fecha de Aprobación:
7/12/2000


Tema:
MULTAS HABILITACION

Resumen:
Aplicar una multa de U.R. 7,9152, a la firma Mephis S.R.L., propietaria del establecimiento destinado a gastronomía, sito en la calle Bartolomé Mitre No. 1326.-

Montevideo, 7 de Diciembre de 2000.-
 
        VISTO: estos obrados relacionados con el establecimiento destinado a gastronomía, sito en la calle Bartolomé Mitre No. 1326, propiedad de la firma Mephisto S.R.L., R.U.C. 21.416358.0017, cuyo representante legal es el Sr. Aníbal Humberto Sardi Lozano, C.I. No. 3.899.340-7;
        RESULTANDO: 1o.) que dicho establecimiento está instalado en un edificio de propiedad horizontal;
        2o.) que el Servicio Centro Comunal Zonal No. 1 informa que pese a las intimaciones efectuadas no se procedió a regularizar la situación en relación a la presentación de: a) certificado firmado por la co-propiedad autorizando el pasaje del ducto de ventilación de cocina por ducto del edificio, b) del croquis de corte transversal por el mismo, c) del certificado de habilitación expedido por Servicio de Instalaciones Mecánicas y Eléctricas, por lo que correspondería aplicar una multa de U.R. 7,9152, según lo que establece el Decreto No. 21.626 del 23/IV/84, Sección XIII, Art. 14, numeral 4;
        CONSIDERANDO: que por Resolución No. 2.478/00 del 17/VII/00 el Sr. Intendente Municipal delegó en el Director General del Departamento de Descentralización la facultad de aplicar multas





        hasta un monto de U.R.55;
        LA DIRECCION GENERAL DEL DEPARTAMENTO
        DE DESCENTRALIZACION
        EN EJERCICIO DE FACULTADES DELEGADAS
        RESUELVE:
        1.- Aplicar una multa de U.R. 7,9152 (unidades reajustables siete con nueve mil ciento cincuenta y dos diezmilésimas) a la firma Mephisto S.R.L., R.U.C. 21.416358.0017, propietaria del establecimiento destinado a gastronomía, sito en la calle Bartolomé Mitre No. 1326, cuyo representante legal es el Sr. Aníbal Humberto Sardi Lozano, C.I. No. 3.899.340-7, por las razones mencionadas en la parte expositiva de la presente resolución.-
        2.- Intimar el cumplimiento de lo exigido como asimismo el pago de la suma adeudada dentro del plazo de 30 (treinta) días, a contar de la fecha de la notificación, la que deberá ser abonada en la Unidad Multas del Servicio Gestión de Cobro de Morosos, bajo apercibimiento de que en caso de omisión se aplicarán nuevas y más severas sanciones y se iniciará acción judicial para el cobro de la multa.-
        2.- Comuníquese a la Unidad Multas del Servicio de Gestión de Cobro de Morosos, a los Servicios Centro Comunal Zonal No. 1 y Central de Inspección General para notificación a la firma interesada y pase al Departamento de Descentralización.-

PROF. ANA MARIA OLIVERA , Directora General (I) del Departamento de Descentralización.-