Resolución N° 634/15/1000
Nro de Expediente:
5220-029046-15
 
SECRETARIA GENERAL
Fecha de Aprobación:
6/8/2015


Tema:
MULTAS

Resumen:
Se deja sin efecto la Resolución No. 507/15/1000 de 2 de julio de 2015, por la que se aplicó una multa de UR 15 a la empresa Hotel Embajador SA, RUT 21 0997770015, responsable del local destinado a Hotel ubicado en San José 1212.-

Montevideo, 6 de Agosto de 2015.-
 
        VISTO: que por Resolución No. 507/15/1000 de 2 de julio de 2015, se dispuso aplicar una multa de UR 15 a la empresa Hotel Embajador SA, RUT 21 0997770015, responsable del local destinado a Hotel ubicado en San José 1212, por no presentar la habilitación de la Dirección Nacional de Bomberos;
        RESULTANDO: 1o.) que el Sector de Hoteles, Pensiones, Inquilinatos y Afines del Servicio Central de Inspección General solicita dejar sin efecto la multa impuesta al referido local, ya que la documentación que se omitió presentar estaba con plazo vigente;
        2o.) que el 16/7/15 el precitado Servicio eleva las actuaciones para el dictado de la correspondiente resolución;
        CONSIDERANDO: que la Prosecretaría General se manifiesta de conformidad;
        EL SECRETARIO GENERAL DE LA
        INTENDENCIA DE MONTEVIDEO
        RESUELVE:
        1.- Dejar sin efecto la Resolución No. 507/15/1000 de 2 de julio de 2015, por la que se aplicó una multa de UR 15 (unidades reajustables quince) a la empresa Hotel Embajador SA, RUT 21 0997770015, responsable del local destinado a Hotel ubicado en San José 1212, por los motivos expresados en la parte expositiva de la presente Resolución.-
        2.- Comuníquese al Municipio B, a los Servicios Gestión de Contribuyentes, Centro Comunal Zonal No. 1 y pase al Servicio Central de Inspección


        General -para la notificación correspondiente- y demás efectos.-

FERNANDO NOPITSCH, Secretario General.-