Resolución N° 207/16/4000
Nro de Expediente:
4006-000567-16
 
ACONDICIONAMIENTO URBANO
Fecha de Aprobación:
4/5/2016


Tema:
NECROPOLIS

Resumen:
Se establece que se informe a los adjudicatarios de locales funerarios se retirarán de los cementerios los recipientes donde se colocan flores.-

Montevideo, 4 de Mayo de 2016.-
 
        VISTO: la situación planteada a través del Servicio de Salubridad Pública de la División Salud en relación a la existencia de larvas del mosquito Aedes Aegiptis en los cementerios de Montevideo;
        RESULTANDO: 1º) que se han tomado medidas por parte de varios Servicios de la Intendencia para evitar su proliferación y en la semana de turismo se realizaron tareas de limpieza, colocación de arena en recipientes, entre otras;
        2º) que no obstante no se logró el resultado esperado, entre otros factores debido a las inclemencias climáticas en el mes de abril y los recipientes donde se colocó arena se encuentran anegados con una superficie de agua limpia propicia a la existencia de larvas de mosquitos, por lo que como medida precautoria y por razones de emergencia y salubridad pública, se propicia eliminar de los cementerios los recipientes donde se colocan flores (jarrones, floreros, macetas);;
        3º) que paralelamente el Servicio de Salubridad Pública implementará la colocación de larvicidas en los espejos de agua de los cementerios (fuentes, piletas) que no puedan ser retirados ni desagotados y continuará realizando las fumigaciones según procedimientos habituales y tomando las medidas técnicas que correspondan en los cementerios para controlar la proliferación de larvas;
        CONSIDERANDO: lo dispuesto en el Volumen VI “Higiene y Asistencia Social”, Título VII “De la lucha contra insectos y roedores”, Capítulo I “De la lucha contra el mosquito” y en la Resolución Nº



        2264/97 del 24/VI/97;
        LA DIRECCION GENERAL DEL DEPARTAMENTO
        DE ACONDICIONAMIENTO URBANO
        RESUELVE:
        1º.- Establecer que se informe a los adjudicatarios de locales funerarios que por razones de interés público se retirarán de los cementerios los recipientes donde se colocan flores (jarrones, floreros, macetas) otorgando un plazo hasta el 16/V/16 inclusive, a quienes se presenten para hacerlo personalmente.
        2º.- Disponer que los elementos antes referidos que se mantengan vencida dicha fecha, serán retirados por funcionarios de esta Intendencia.
        3º. Comuníquese a los Departamentos de Secretaría General y Desarrollo Social, a las Divisiones Salud, Asesoría de Desarrollo Municipal y Participación, a todos los Municipios y pase al Servicio Fúnebre y Necrópolis para implementar las medidas y demás efectos.-

Arqta. Silvana Pissano, Directora General.-