Resolución N° 800/00/4000
Nro de Expediente:
4117-010739-98
 
ACONDICIONAMIENTO URBANO
Fecha de Aprobación:
16/6/2000


Tema:
RATIFICACIONES

Resumen:
Ratificar Decreto Nº 29.074 del 1/VI/00, multa de 74,2050 U.R., Sr. Ruben Raviales Varela, obras pendientes regularización, Avda. José Irureta Goyena Nº 2906.-

Montevideo, 16 de Junio de 2000.-
 
        VISTO: la facultad otorgada a esta Intendencia Municipal por Decreto de la Junta Departamental de Montevideo Nº 29.074 del 1/VI/00, promulgado por Resolución Nº 1.999/00 del 12/VI/00;
        RESULTANDO: que el Departamento de Acondicionamiento Urbano entiende que los motivos que originaron la correspondiente solicitud, mantienen su vigencia y oportunidad;
        CONSIDERANDO: que por Resolución Nº 580/95 del 20/II/95, el Sr. Intendente Municipal delegó en el Director General del Departamento de Acondicionamiento Urbano la facultad de dictar resoluciones cuyo objeto hubiera sido previamente autorizado o facultado por la Junta Departamental de Montevideo, mediante decretos que oportunamente se hubiesen promulgado por este Ejecutivo;
        EL DIRECTOR GENERAL DEL DEPARTAMENTO
        DE ACONDICIONAMIENTO URBANO
        EN EJERCICIO DE FACULTADES DELEGADAS
        RESUELVE:
        1º.- Imponer una multa de 74,2050 U.R. (setenta y cuatro unidades reajustables con dos mil cincuenta diezmilésimas) al Sr. Rubens Raviales Varela, C.I. Nº 1:219.958-8, propietario del inmueble sito en la Avda. José Irureta Goyena Nº 2906, con domicilio en la calle Pamplona Nº 2854, de acuerdo con lo que establece el numeral 2, literal C del Art. 15º, Sección II del Decreto Nº 21.626 promulgado el 23/IV/84, actualizado en sus montos por Resolución Nº 5.830 de 14/VII/88.-
        2º.- Advertir al infractor que si no da cumplimiento a los requisitos exigidos dentro de un plazo de 120 (ciento veinte) días calendario se aplicará una multa de 92,7562 U.R. (noventa y dos unidades reajustables con siete mil quinientas sesenta y dos diezmilésimas).-
        3º.- Comuníquese al Servicio Gestión de Cobro de Morosos y pase a la División Espacios Públicos y Edificaciones, quién remitirá al Servicio Central de Inspección General los formularios impresos de acuerdo a lo determinado por el Art. R.98 del Volumen II del Digesto Municipal a los efectos de notificar el acto administrativo al infractor, advirtiéndole que dispone de un plazo de 30 (treinta) días a contar de la fecha de notificación de la presente resolución para el pago de la multa, bajo apercibimiento de que, en caso de omisión, se iniciará acción judicial para el cobro de la misma.-

ING. ALBERTO ORTEGA, Director General .-