Resolución N° 2410/00
Nro de Expediente:
154117
 
ACTIVIDADES PRODUCTIVAS Y COMERCIALES
Fecha de Aprobación:
10/7/2000


Tema:
PERMISOS QUIOSCOS

Resumen:
Dejar sin efecto el permiso para funcionamiento del quiosco fijo ubicado en la ex-Terminal Cordón frente a la calle Arenal Grande, otorgado a favor del Sr. ALVARO GHIO CATENACCIO.

Montevideo, 10 de Julio de 2000.-
 
        VISTO: estas actuaciones relacionadas con la autorización de funcionamiento de un quiosco fijo, ubicado en la ex-Terminal Cordón frente a la calle Arenal Grande;
        RESULTANDO: 1o.) que por Resolución Nº 4957/96 de 22 de octubre de 1996, se otorgó el permiso de explotación del referido quiosco fijo al Sr. Alvaro Ghio Catenaccio;
        2o.) que a la fecha el permisario adeuda sus obligaciones desde el mes de julio de 1998, no habiendo comparecido a regularizar su situación a pesar de las reiteradas intimaciones efectuadas;
        3o.) que la Asesoría Jurídica del Departamento de Actividades Productivas y Comerciales informa que estudiadas las actuaciones, el permisario no aparece firmando ninguna de las citaciones e intimaciones practicadas, ni siquiera firma la notificación de la Resolución Nº 4957/96, por lo que aconseja el dictado de resolución propiciando el cese de actividades del quiosco referido, debiendo ser notificado por los procedimientos previstos en el Volumen II del Digesto Municipal;
        CONSIDERANDO: que en mérito a lo expuesto, la División Gestión Comercial eleva actuaciones solicitando el dictado de resolución en el sentido indicado;

        ATENTO: a lo dispuesto en la reglamentación de Quioscos aprobada por Resolución Nº 2383/95 de 10 de julio de 1995 y su modificativa Nº 2721/96 de 17 de junio de 1996;
        EL INTENDENTE MUNICIPAL DE MONTEVIDEO
        RESUELVE:
        1o.-Disponer el cese de actividades del quiosco fijo ubicado en la ex-Terminal Cordón frente a la calle Arenal Grande, otorgado a favor del Sr. ALVARO GHIO CATENACCIO, C.I. Nº 1.353.298-9.
        2o.-Intimar al referido permisario a regularizar su situación, en un plazo perentorio no mayor a diez días, a contar del siguiente a la notificación, bajo apercibimiento de disponer la cancelación definitiva de la habilitación respectiva.
        3o.-Comuníquese al Departamento de Descentralización; al Servicio Central de Inspección General y pase, para notificación del interesado a la División Gestión Comercial del Departamento de Actividades Productivas y Comerciales.
ALBERTO ROSSELLI, Intendente Municipal.-
DRA. MARIA JULIA MUÑOZ, Secretaria General.-