Resolución N° 349/15/6300
Nro de Expediente:
4455-002835-15
 
DESARROLLO AMBIENTAL
Fecha de Aprobación:
26/11/2015


Tema:
MULTAS

Resumen:
Se aplica de UR 20 a la empresa Malvasio Correa Néstor Daniel, RUT No. 212434190019, sita en la calle Alejandro Fiol de Pereda No. 1191.

Montevideo, 26 de Noviembre de 2015.-
 
        VISTO: las presentes actuaciones relacionadas con la empresa Malvasio Correa Néstor Daniel, RUT No. 212434190019, sita en la calle Alejandro Fiol de Pereda No. 1191, dentro de los límites del Municipio C, correspondiente al Servicio Centro Comunal Zonal No. 16;
        RESULTANDO: 1o.) que con fecha 11 de agosto de 2015 la Unidad Guardia Ambiental dependiente de la División Limpieza intimó a la referida firma por volcar residuos dentro del contenedor que está ubicado en la misma acera, según registro fotográfico de fs. 3 y a que presente la Declaración Jurada de Gestión de Residuos Sólidos No Domiciliarios, (Boleta No. 1363);
        2o.) que con fecha 28 de agosto del corriente año se dio cumplimiento a lo dispuesto en el Art. R.69 del Volumen II del Digesto, dándole vista del contenido del expediente a la mencionada empresa, por el término de 10 (diez) días hábiles a partir de su notificación, previo a la aplicación de sanciones que pudieran corresponder;
        CONSIDERANDO: 1o.) que con fecha 6 de noviembre de 2015 el Servicio de Planificación, Administración y Apoyo informa que dicha firma no ha presentado la declaración (DGRSND) y por lo tanto se sugiere que se aplique una multa de UR 20 (unidades reajustables veinte) al amparo del Art. 2, del Decreto No. 35.337 de la Junta Departamental de Montevideo de fecha 11 de diciembre de 2014, donde se establece: "La no presentación de la Declaración Jurada de Generación de Residuos Sólidos No Domiciliarios (DGRSND) ante la Oficina Comercial dependiente de la División Limpieza, acarreará una multa que se graduará entre 20 UR y el máximo legal (350 UR)";
        2o.) que según Resolución No. 3248/15, de fecha 9 de julio de 2015, el Intendente de Montevideo delegó en el Director General del Departamento de Desarrollo Ambiental, la facultad de aplicar
        multas hasta un monto de 55 UR;
        EL DIRECTOR GENERAL DEL DEPARTAMENTO
        DE DESARROLLO AMBIENTAL
        EN EJERCICIO DE FACULTADES DELEGADAS
        RESUELVE:
        1o.-Aplicar una multa de UR 20 (unidades reajustables veinte) a la empresa Malvasio Correa Néstor Daniel, RUT No. 212434190019, sita en la calle Alejandro Fiol de Pereda No. 1191, por las razones indicadas en la parte expositiva de la presente Resolución.
        2o.-Comuníquese al Muncipio C, al Servicio Gestión de Contribuyentes y pase a la División Limpieza para la notificación de la empresa infractora, a la que se le hará saber en dicho acto, que dispone de un plazo de 30 (treinta) días a partir de la notificación, para el pago de la sanción impuesta, bajo apercibimiento que en caso de incumplimiento se ejecutará el cobro mediante acción judicial.

Oscar Curutchet, Director General del Departamento de Desarrollo Ambiental..-