Resolución N° 524/22/5000
Nro de Expediente:
2022-5140-98-000126
 
GESTION HUMANA Y RECURSOS MATERIALES
Fecha de Aprobación:
11/7/2022


Tema:
RECURSOS

Resumen:
No hacer lugar al recurso de reposición interpuesto por ciudadana Sra. Flavia Sosa.-

Montevideo, 11 de Julio de 2022.-
 
        VISTO: los recursos de reposición y apelación en subsidio, interpuestos por la ciudadana Sra. Flavia Sosa contra la decisión emitida por la Unidad de Selección y Carrera Funcional, en el correo electrónico de 20 de junio de 2022, de no validar su inscripción al concurso abierto Nº 1379-P/22, por no tener título de doctora en derecho/abogada expedido por la Universidad de la República;
        RESULTANDO: que la citada ciudadana en sus agravios, señala que las bases del llamado no disponen expresamente que ese requisito deba estar configurado al momento de la inscripción, y que lo razonable es que su exigibilidad sea al momento de la designación;
        CONSIDERANDO: 1º.) que el Equipo Técnico Asesoría Jurídica del Departamento de Gestión Humana y Recursos Materiales informa que los recursos fueron interpuestos dentro del plazo establecido en los artículos 317 de la Constitución de la República y 4o. de la Ley No. 15.869, de 22 junio de 1987, cumpliendo con los requisitos de firma letrada y reposición del timbre profesional correspondiente;
        2º.) que en el aspecto sustancial, se expresa que por Resolución Nº 411/22/5000 de fecha 3 de junio de 2022, se modificó el Numeral 2o. de la Resolución Nº 307/22/5000, de 4 de mayo de 2022, que aprobó las bases del citado concurso y estableció expresamente en el ítem acreditación de comprobantes de requisitos obligatorios, que los postulantes debían presentar el Título de Doctor/a en Derecho o Abogado/a;
        3º.) que por lo expuesto, se concluye que el cumplimiento de los requisitos obligatorios debe configurarse a la fecha de inscripción del concurso y se aconseja no hacer lugar al recurso de reposición interpuesto, franqueando el recurso de apelación en subsidio ante la Sra. Intendenta, a cuyos efectos se remitirán las actuaciones a la División Asesoría Jurídica;
        4º.) que se estima procedente el dictado de resolución manteniendo la resolución impugnada, desestimando el recurso de reposición y franqueando el de apelación en subsidio ante la Sra. Intendenta;
        LA DIRECCIÓN GENERAL DEL DEPARTAMENTO DE
        GESTIÓN HUMANA Y RECURSOS MATERIALES
        RESUELVE:
        1º.- No hacer lugar al recurso de reposición interpuesto por ciudadana Sra. Flavia Sosa, CI Nº 4.342.453, contra la decisión emitida por la Unidad de Selección y Carrera Funcional, de no validar su inscripción al concurso abierto Nº 1379-P/22.-
        2º.- Franquear el recurso de apelación en subsidio ante la Sra. Intendenta, remitiendo las actuaciones a consideración de la División Asesoría Jurídica.-
        3º.- Pase a la División Asesoría Jurídica.-

Sr. Jorge MESA, Director General del Departamento de Gestión Humana y Recursos Materiales..-