Resolución N° 1812/13
Nro de Expediente:
2230-056686-11
 
RECURSOS FINANCIEROS
Fecha de Aprobación:
6/5/2013


Tema:
EXONERACIONES - CONTRIBUCION INMOBILIARIA

Resumen:
Se declara exonerado del pago del 100% del impuesto de Contribución Inmobiliaria al inmueble padrón No. 401.763, ubicado en la calle Nariño No. 2275, propiedad del Fideicomiso NARIÑO, al amparo de lo establecido en el Decreto No. 32.583 de fecha 17/07/2008, por los ejercicios 2013 a 2016 inclusive, dejando de percibir anualmente esta Intendencia la suma aproximada de $ 6.813,00.

Montevideo, 6 de Mayo de 2013.-
 
        VISTO: la gestión del Sr. Juan Almandós Perdomo, en su calidad de fiduciario del Fideicomiso NARIÑO, solicitando exoneración de pago del impuesto de Contribución Inmobiliaria que grava al inmueble padrón No. 401.763, ubicado en la calle Nariño No. 2275;
        RESULTANDO: 1o.) que el gestionante presenta fotocopia del Permiso de Construcción aprobado el 27/12/2011, iniciando las obras dentro de los plazos establecidos sin sufrir ninguna paralización mayor a 30 días, estando comprendido dentro del período de aplicación establecido en el Decreto Nº 32.583 de fecha 17/07/2008;
        2o.) que el Servicio de Ingresos Inmobiliarios informa que corresponde promover resolución declarando exonerado al referido padrón del pago del 100% del impuesto de Contribución Inmobiliaria, al amparo del Decreto No. 32.583, por los ejercicios 2013 a 2016, por lo que la Intendencia dejará de percibir anualmente la suma aproximada de $ 6.813,00;
        3o.) que la División Administración de Ingresos comparte lo informado precedentemente;
        CONSIDERANDO: que la Dirección General del Departamento de Recursos Financieros entiende procedente acceder a lo solicitado al amparo del Decreto No. 32.583;
        LA INTENDENTA DE MONTEVIDEO
        RESUELVE:
        1o.- Declarar exonerado del pago del 100% (cien por ciento) del impuesto de Contribución Inmobiliaria al inmueble padrón No. 401.763, ubicado en la calle Nariño No. 2275, propiedad del Fideicomiso NARIÑO. -
        2o.- Dicha exención se concede al amparo de lo establecido en el Decreto No. 32.583 de fecha 17/07/2008, por los ejercicios 2013 a 2016 inclusive, dejando de percibir anualmente esta Intendencia la suma aproximada de $ 6.813,00 (pesos uruguayos seis mil ochocientos trece).-
        3o.- Pase al Servicio de Ingresos Inmobiliarios para notificación del interesado y demás efectos.-
ANA OLIVERA, Intendenta de Montevideo.-
RICARDO PRATO, Secretario General.-